CiC Iberbanco ofrece la cuenta remunerada "Livret a Sup" para residentes franceses y a no residentes. La remuneración de la cuenta es del 1,25% y no tiene comisiones por apertura, gestión y cancelación. Los clientes podrán disponer de un asesor trilingüe en cualquier gestión que quieran realizar a través de CIC Iberbanco.
CIC Iberbanco esta acogido al Fondo de Garantía Francés que garantiza 100.000 euros por titular en cada entidad. Las tres agencias de calificación americanas han calificado a CIC Iberbanco con A+, Aa3, A y la calificación es estable. CIC es la filial francesa del grupo Crédit Mutel-CIC que opera en Alemania (Targobank), Italia (Banca Popolare di Milano), Marruecos (BMCE Bank) y Túnez (Banque de Tunisie). Actualmente en España mantiene acuerdos con el Banco Popular.
Proceso de apertura de la Livret a Sup en CIC Iberbanco
CIC Iberbanco permite la apertura de la cuenta de forma a distancia, el proceso de apertura está totalmente en castellano. Tenemos 2 vías para ponernos en contacto con CIC:
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Llamar al 0 810 711 100
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Solicitar información mediante su formulario.
El comercial de CIC hablará en español por lo que no tendremos problemas a la hora de contratar la cuenta remunerada. Una vez solicitada la apertura de la cuenta nos enviarán por correo a nuestro domicilio, o dirección que hayamos dejado, los documentos necesarios para la apertura. Una vez rellenados todos los documentos será necesario añadir una fotocopia del DNI, copia de algún recibo del hogar y la última declaración de la renta, el finalmente enviar el paquete a Francia.
Por último debemos realizar una transferencia de 10 euros para abrir la cuenta, este requisito lo exigen otras entidades online en España por lo que no debemos preocuparnos.
Operativa de la Livret a Sup en CIC Iberbanco
Podemos realizar cualquier movimiento desde España, mediante su sistema de banca a distancia Filbanque. Al ser una cuenta destinada al ahorro los movimientos principales serán las transferencias a nuestra cuenta habitual. Podemos realizar las transferencias por 2 vías:
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Ordenar la transferencia mediante el teléfono de CIC Iberbanco
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Mediante la web de banca a distancia
Como hemos comentado en ambos casos podemos realizar toda la operativa en español. Las transferencias desde CIC a nuestra cuenta habitual o a otra cuenta no tienen coste si la ordenamos desde Filbanque. Los ingresos por transferencia desde nuestras cuentas tendrán coste dependiendo de las tarifas que tengamos en nuestro banco español, en cualquier caso CIC no cobra por ingresar nuestra transferencia.
¿Cómo disponemos de nuestros ahorros?
Al ser una cuenta remunerada podemos disponer de nuestros ahorros en cualquier momento, mediante transferencia desde CIC a nuestra cuenta habitual, como hemos dicho las transferencias no tienen coste.
Otra opción es retirar efectico en las oficinas de Banco Popular en España y Portugal y Targobank en España. La cantidad máxima que podemos extraer es de 3.000€, pero en esta ocasión tendremos que abonar una comisión de 12 euros.
¿Cuánto y dónde tengo que declarar los rendimientos de la Livret a Sup?
Este punto es la principal diferencia que podemos encontrar entre las cuentas remuneradas españolas y extranjeras. Desde CIC no se nos aplicará ninguna retención, la razón es que CIC les practica la retención a los residentes franceses, como un banco español a sus clientes españoles, seremos nosotros los encargados de declarar los rendimientos generados por la cuenta remunerada en el extranjero.
Al ser una cuenta extranjera Hacienda no incluirá los rendimientos en el borrador e la declaración de la renta, por lo que tendremos que modificar el borrador nosotros mismos para introducir los rendimientos.
Los residentes españoles con cuentas en el extranjero tienen la obligación de informar al Banco de España y Hacienda:
Obligaciones con el Banco de España
Dependiendo de la cantidad de las transacciones o los saldos de activos y pasivos durante el año anterior tenemos 3 periodicidades:
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Mensualmente y antes de los 20 días siguientes al fin del mes natural para transacciones o saldos superiores a 300 millones de euros.
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Trimestralmente y antes de los 20 días siguientes al fin del trimestre natural para transacciones o saldos entre 100 y 300 millones de euros
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Anualmente y antes de los primeros 20 días de enero para transacciones o saldos entre 1 y 100 millones de euros.
Para las transacciones o saldos por un importe menor a 1 millón de euros será el Banco de España el que decida si nos solicita la información.
Obligaciones con la Agencia Tributaria
Los españoles con cuentas en el extranjero tienen la obligación de presentar el
modelo 720 cuando supere los
50.000€ en el extranjero, en caso no contrario no tienen la obligación de informar a la Agencia Tributaria.