¿Has oido hablar del Mecanismo Único de Supervisión (MUS)? ¿Sabes lo que es? El Mecanismo Único de Supervisión (MUS) es un sistema europeo de supervisión financiera, integrado por el Banco Central Europeo y por las autoridades nacionales competentes (ANC) de los países que forman parte de la zona euro. Este Mecanismo Único de Supervisión implica que los bancos centrales de cada país dejaron de controlar a los bancos que operaban en su territorio, para pasar a ser controladas principalmente por el Banco Central Europeo, aunque cuente con su colaboración.
Otros Estados miembros de la UE que también quieran cooperar en la supervisión de las entidades llevada a cabo por el Mecanismo Único de Supervisión pueden hacerlo, después de la celebración de un acuerdo previo. Además, pueden cooperar con la Autoridad Europea de Valores y Mercados, además de otras autoridades que constituyen el Sistema Europeo de Supervisión Financiera (SESF).
¿Cómo nace el Mecanismo Único de Supervisión (MUS) y por qué?
A mediados de 2012, la Unión Europea quiso instaurar un mecanismo único para toda la zona euro que mejorara la calidad de la supervisión bancaria. Este deseo se plasmó en el Reglamento nº 1024/2013, que es el que regula el Mecanismo Único de Supervisión (MUS), el cual entró en vigor el 4 de noviembre de 2014.
Los objetivos que persigue el Mecanismo Único de Supervisión (MUS) son integrar mucho más los mercados europeos y romper el vínculo entre el riesgo bancario y el riesgo de la deuda pública, para que la confianza de las entidades financieras no se rompa por el riesgo que pueda tener la deuda de un determinado país. Así, la implantación de este sistema supone que las entidades de cada país dejaron de estar supervisadas por sus propios órganos estatales para pasar a estar controladas por el Banco Central Europeo.
¿Qué entidades se encuentran bajo el control del Mecanismo Único de Supervisión (MUS)?
Bajo el Mecanismo Único de Supervisión (MUS) se encuentran controlados los ciento veintiocho bancos más grandes e importantes, entre los que se encuentran quince bancos españoles, como Banco Popular, Banco Santander, Bankia o La Caixa.
Además, ejerce supervisión directa en aquellas entidades o grupos que hayan solicitado o recibido ayuda por parte del Fondo Europeo de Estabilidad Financiera o del MEDE, mientras que en el resto de entidades ejerce una supervisión indirecta, consistente en la definición de una serie de criteros que deben seguir las autoridades nacionales.
¿Qué entidades quedan fuera del control del Mecanismo Único de Supervisión (MUS?
Las entidades que no están controladas por el BCE son las sociedades de garantía recíproca, los establecimientos financieros de crédito, las sociedades de tasación, las fundaciones de bancos y otras como la Sareb.
¿Qué medidas de supervisión lleva a cabo el BCE a partir del Mecanismo Único de Supervisión?
El BCE lleva a cabo, de forma general, a partir de la aprobación del Mecanismo Único de Supervisión, las funciones que corresponderían a la autoridad competente de cada país (los bancos centrales). Además realiza, entre otras, las siguientes funciones:
- Evaluar las notificaciones de adquisición y de venta de participaciones cualificadas en entidades de crédito.
- Velar por el cumplimiento de los requisitos que deben supervisar directamente los bancos centrales, que imponen restricciones y condiciones en la comercialización de ciertos productos y en la realización de algunas operaciones (fondos propios, titulización, limitación de grandes exposiciones, liquidez, apalancamiento...).
- Supervisar la implantación de estructuras sólidas de gobernanza como procesos de gestión de riesgo o requisitos de idoneidad de las personas responsables de la gestión de las entidades de crédito.
- Realizar revisiones supervisoras para determinar si las entidades de créditos y los fondos que tienen funcionan correstamente y tienen suficiente cobertura adecuada a su nivel de riesgo.
- Supervisar las matrices de entidades financieras establecidas en un Estado miembro.
- Realizar investigaciones generales cuando sea necesario, pudiendo requerir a las entidades la presentación de documentos o proceder a la revisión de los libros y registros de las mismas.
El BCE colabora con las autoridades centrales para la realización de algunas funciones pero él es el encargado del funcionamiento eficaz y coherente del Mecanismo Único de Supervisión.
En la práctica son equipos de supervisión o JST (joint supervisory team en inglés) los que se encargan del seguimiento de cada entidad. La mayoría de ellos suelen ser nacionales de cada país pero se tiende a homogeneizar los distintos equipos.
¿Cuánto cuesta mantener el Mecanismo Único de Supervisión (MUS) y quién lo financia?
El Mecanismo Único de Supervisión ha recibido once denuncias de infracciones cometidas por entidades de la zona euro desde que se puso en funcionamiento, cuyo coste de supervisión asciende a unos 160 millones de euros, que se distribuyen en 68,9 millones para salarios, 13,2 millones en alquiler y mantenimiento de edificios y 75 millones en gastos generales.
¿Quién paga todo este dinero? Pues, paradójicamente, lo hacen las propias entidades supervisadas, que han de pagar una tasa anual de supervisión para sufragar los gastos del MUS.
El Mecanismo Único de Supervisión como parte del proyecto de unión bancaria de la Unión Europea.
El Mecanismo Único de Supervisión forma parte del proyecto de unión bancaria de la Unión Europea, junto con el Mecanismo Único de Resolución y el sistema armonizado de garantías de depósitos, además de la implantación de un single rulebook (código normativo único).