¡Este año hay cambios! Nos estamos acercando al periodo para presentar la declaración anual 2020 correspondiente al ejercicio 2019. ¿Cómo debo hacer mi declaración anual 2020? ¿Qué cambios se han introducido? ¿Qué pasos tengo que seguir? Acá les presento una pequeña guía con todos los pasos que tengo que seguir para presentar la declaración anual 2020.

Agrega tu duda en el foro y te ayudaremos >>> Al hacer la declaración pueden surgirnos muchas dudas, pero ¡no te apures! El equipo de Rankia está acá para ayudarte, sólo tendrás que agregar tu duda en el foro y te contestaremos lo antes posible.
Declaración de Impuestos SAT 2020
Si bien disponen de tiempo para presentar la declaración de anual SAT 2020, lo mejor es anticiparse y prepararla unos meses antes. En el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) disponen del formato de declaraciones anuales prellenadas.
Para realizar la declaración de impuestos SAT 2020 hay que presentar:
Declaración Anual SAT 2019 / Enero 2020
- Qué hay que declarar: La declaración mensual de honorarios, del IVA y del impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS)
- Cuándo: El 17 de Enero 2020
- Quiénes: Las empresas y las personas físicas.
Declaración Anual SAT 2019 / Marzo 2020
- Deberán tener actualizada la información y datos de ingresos y gastos para determinar el
- impuesto generado y luego presentar la declaración a pagar:
- Dicha información permitirá hacer la declaración anual 2019 que deben presentar en Marzo 2020, las empresas.
Vencimiento de Declaración Anual Personas Morales
- Declaración Anual personas morales de 2019.
- Presentarse a más tardar el 31 Marzo de 2020.
- Aplica para las Sociedades Cooperativas: De producción
Declaración Anual SAT 2019 / Abril 2020
- Mientras que la declaración anual 2019 para los demás contribuyentes será en Abril 2020.
Consejos para los Contribuyentes
- Los asalariados a la hora de deducir gastos, deben tener en cuenta los recibos de nómina, que no tengan errores o inconsistencias.
- Otro aspectos a verificar son que las facturas electrónicas tengan los datos correctos como ser: cantidad, nombre, dirección, Registro Federal de Contribuyentes y concepto. Así el SAT no les rechazará la solicitud de devolución de impuestos o los llame a cuentas.
- Si han detectado errores pueden antes que finalice el año solicitarle a su empleador o a los establecimientos en el que realizaron compras o pagos, que les corrijan la factura y que le emitan un nuevo comprobante fiscal digital por Internet.
- El SAT dispone de toda la información de facturas electrónicas solicitadas, dicha información deberá coincidir con la que presenten en la declaración de impuestos.
Novedades Fiscales para 2020
SAT cobrará más impuestos a ahorradores en 2020: Ya que la tasa de retención de ISR subirá a 1.45%; así los contribuyentes de menos ingresos serán los que paguen una tasa anual más alta.
A partir de los cambios a la Ley de Ingresos que recae en el ejercicio fiscal 2020 se aplicará el aumento pasando del 1.04% a 1.45% del Impuesto Sobre la Renta que deben retenerle los bancos a los ahorradores.
El Impuesto Sobre la Renta sube ante la baja de la tasa de referencia interbancaria en Septiembre 2019. Aunque la explicación de los legisladores el aumento se debe a la inflación y los rendimientos promedio de los instrumentos públicos y privados.
- La tasa para los que tienen ingresos menores será de 48%; castigando al contribuyente que menos gana al tener que pagar más impuestos.
- Los que ganan menos de 400 mil pesos no deben presentar la declaración anual, no pudiendo deducir el impuesto.
Estímulos Fiscales 2019/2020
El pasado 15 de Noviembre de 2018 se publicó el Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019. En el mismo se recopilan los estímulos fiscales aplicables en el año 2019 para el Impuesto sobre la Renta (ISR).
A continuación enumeramos estos estímulos para que no se pierdan ninguna novedad fiscal para 2019.
- Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes personas físicas y morales que perciban ingresos exclusivamente en la región fronteriza norte, consistente en aplicar un crédito fiscal equivalente a la tercera parte del impuesto sobre la renta causado en el ejercicio o en los pagos provisionales, contra el impuesto sobre la renta causado en el mismo ejercicio fiscal o en los pagos provisionales del mismo ejercicio, según corresponda, en la proporción que representen los ingresos totales de la citada región fronteriza norte, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal o en el periodo que corresponda a los pagos provisionales.
- Estímulo fiscal por los intereses pagados a residentes en el extranjero, provenientes de bonos emitidos por sociedades residentes en México, colocados entre el gran público inversionista
- Estímulo fiscal para las ganancias en la enajenación de acciones, emitidas por sociedades residentes en México, colocadas entre el gran público inversionista, obtenidas por personas físicas residentes en México y residentes en el extranjero.
1. ¿Debo presentar mi Declaración Anual?
- Salarios que obtengo por servicio subordinado
- Actividades profesionales
- Arrendamiento o uso de bienes inmuebles
- Obtención de intereses
- Obtención de premios
- Dividendos y ganancias repartidos por personas morales
- Enajenación de bienes
2. ¿Cuándo tengo que presentar mi Declaración Anual?

PERSONAS FÍSICAS | Durante el mes de abril |
PERSONAS MORALES | Máximo 3 meses después del cierre del ejercicio |
3. ¿Qué pasos tengo que seguir para presentar mi Declaración Anual?
Bien, ahora que sé que debo presentarla, y cuándo debo hacerla, voy a averiguar, cómo presento mi declaración anual 2020. Resumo acá lo que tengo que hacer, en función de si soy una persona física o si soy una persona moral. Véase Declaración Anual para Asalariados: DAS Móvil
PERSONA FÍSICA | PERSONA MORAL |
|
|
4. ¿Y si soy una persona física cómo presento mi Declaración Anual?
En este caso la declaración anual 2020 que tendré que presentar será la simplificada. Vamos conocer y a ver a través de imágenes, cómo puedo hacer mi declaración.
1. Entrar en la página web del SAT y clicar en “trámites” (esquina superior izquierda).

2. Clicar en el apartado “declaraciones” (parte superior izquierda) y cuando se abre el desplegable clicaremos en “anuales”

3. Se nos abrirá otro desplegable y tendremos que clicar en “asalariados 2019”. En esta parte se ingresa con el RFC y la Contraseña o Fiel.

- Ingresos
- Retenciones
- Deducciones
4. Ingresos: en este apartado deberemos introducir todos los datos acerca de:
- Sueldos
- Salarios
- Asimilados de nuestra constancia
5. Egresos o deducciones personales: en esta parte pondré las deducciones personales (y primero comprobaré que cumplo con los requisitos de deducibilidad).
Estas deducciones y sus requisitos son:
DEDUCCIÓN | REQUISITOS | |
1 | Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios. |
|
2 | Gastos funerarios | Sólo la cantidad que NO exceda del salario mínimo general de su área geográfica elevado al año. |
3 | Primas por seguros de gastos médicos | Pueden ser tanto complementarios como independientes de los servicios de salud públicos. |
4 | Intereses reales |
|
5 | Donativos no onerosos ni remunerativos | El monto no debe exceder el 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta. |
6 | Aportaciones complementarias de retiro |
|
7 | Transportación escolar |
|
8 | El importe de los estímulos fiscales por: |
|
9 | Impuesto local sobre ingresos por salarios |
|
Declaración Anual 2020: Vídeo explicativo
5. ¡Me he equivocado! ¿Cómo puedo corregir mi declaración anual?
Con las prisas de última hora todos nos podemos equivocar a la hora de presentar nuestra declaración anual 2020. No se apuren Todo se puede solucionar: vamos a ver cómo podemos arreglarlo a través de unos sencillos pasos.
Para corregir las declaraciones se han creado las llamadas declaraciones complementarias. El Servicio de Administración Tributaria nos da hasta 3 posibilidades de presentación de estas declaraciones.
Hay 3 tipos de declaraciones complementarias: ¿en qué casos presento cada una?
- Modificación de la declaración
- Modificar información de una declaración previamente presentada
- Incorporar regímenes u obligaciones - Dejar sin efecto la declaración: con ella eliminamos en su totalidad una o varias declaraciones presentadas previamente.
- Declaración no presentada: sólo la podré presentar cuando hayamos dejado sin efecto una (o varias, en su caso) declaraciones anteriores.