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#2
Re: Venta parcial de finca rústica.
Eso depende de la superficie a vender.
Constituye una segregación de la finca matriz que la legislación limita a determinada superficie (2500 m2 o "unidad minima de cultivo" en Andalucía).
No obstante, incluso cumpliendo ese requisito, los Ayuntamientos tienen la potestad de otorgar o no la denominada "declaración de innecesariedad", es decir, que te lo permitan.
Sin el consentimiento del Ayuntamiento el notario no autorizará la escritura de venta ni el registrador inscribirá la compra.
Hay que tener mucho cuidado con estas operaciones de segregación.
Un saludo.
Constituye una segregación de la finca matriz que la legislación limita a determinada superficie (2500 m2 o "unidad minima de cultivo" en Andalucía).
No obstante, incluso cumpliendo ese requisito, los Ayuntamientos tienen la potestad de otorgar o no la denominada "declaración de innecesariedad", es decir, que te lo permitan.
Sin el consentimiento del Ayuntamiento el notario no autorizará la escritura de venta ni el registrador inscribirá la compra.
Hay que tener mucho cuidado con estas operaciones de segregación.
Un saludo.
#3
Re: Venta parcial de finca rústica.
Gracias por la respuesta.
La superficie que quiero vender sería aproximadamente de ese tamaño creo yo.
La finca entera tiene una superficie (cito textualmente) de 'una cuartera siete cuartanes dos picotines, equivalente a sesenta areas'. Tendré que traducir estas medidad tan exóticas a los comunes metros cuadrados....
Se trata de una finca que en su día compraron tres personas y cada una era propietaria de 'una tercera parte indivisa' de la finca y así es como consta en el registro.
Yo heredé una de esas 'tercera parte indivisa' y estoy mirando que tendría que hacer para poder vender mi tercera parte; si podría registrarla como una finca aparte e independiente de las otras dos terceras partes y que entidad me tendría que dar permiso para ello o que trámites habría que seguir para lograrlo.
Porque supongo 'una tercera parte indivisa' de una finca no es un bien vendible en si mismo.
La superficie que quiero vender sería aproximadamente de ese tamaño creo yo.
La finca entera tiene una superficie (cito textualmente) de 'una cuartera siete cuartanes dos picotines, equivalente a sesenta areas'. Tendré que traducir estas medidad tan exóticas a los comunes metros cuadrados....
Se trata de una finca que en su día compraron tres personas y cada una era propietaria de 'una tercera parte indivisa' de la finca y así es como consta en el registro.
Yo heredé una de esas 'tercera parte indivisa' y estoy mirando que tendría que hacer para poder vender mi tercera parte; si podría registrarla como una finca aparte e independiente de las otras dos terceras partes y que entidad me tendría que dar permiso para ello o que trámites habría que seguir para lograrlo.
Porque supongo 'una tercera parte indivisa' de una finca no es un bien vendible en si mismo.
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