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Abusobancario

Se registró el 10/02/2010
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Abusobancario 06/03/10 16:10
Ha comentado en el artículo Defensor del cliente bancario: ¿Para qué sirve?
Por tu mensaje entiendo que habeis cometido el error más habitual cuando se trata con un banco... Continuamente te refieres a "llamadas", y faxes, que me temo que no tienen validez probatoria alguna; Si vas a juicio ¿cómo vas a demostrar todas esas llamadas?, ¿Y el fax? ¿tienes copia del contenido que se pueda aportar ante un juez?.- Ante un caso de estos lo mejor es presentarse en la sucursal con dos copias del escrito que queramos presentar y que nos sellen una, con fecha de entrada. Si no quieren hacerlo podeis pedir el libro de reclamaciones de la Comunidad Autónoma, que tienen obligación de tener a disposición del público. Me temo, además, que habeis dejado pasar demasiado tiempo, ya que desde noviembre hasta agosto no habeis realizado los pagos, pero no podeis demostrar que ha sido por culpa de la entidad, ya que ellos van a alegar que no han recibido ningún fax, ni mucho menos han tenido "conversaciones" con vosotros. Me extraña que durante tantos meses el banco no os haya requerido el pago. Yo me hubiera presentado en la sucursal, y si no me liquidan la deuda hubiera depositado en el juzgado la cantidad pendiente, notificándoles de forma fehaciente (burofax con certificación de contenido), que dichas cantidades estaban depositadas alli, pero no me cuadra que el banco no haya querido cobrar el crédito desde noviembre hasta el día de hoy. Tengo un blog dedicado a estos temas, que espero os pueda ser de utilidad; abusosbancarios.blogspot.com .-
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Abusobancario 01/03/10 16:33
Ha respondido al tema ¿Por qué nadie habla nunca de CETELEM?
Cetelem está ofreciendo quitas del 50% de la deuda vencida, pero eso sí, para conseguirlo hay que pasar por insultos, coacciones, llamadas a vecinos y familiares, etc... Tengo un blog sobre abusosbancarios.blogspot.com , que espero os pueda ser de utilidad.
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Abusobancario 27/02/10 11:06
Ha respondido al tema Reclamar comision por posicion deudora
Muy buena respuesta, pero puntualizaría algo. Creo que es la sucursal la que tendría que probar que ha efectuado la reclamación, y es imposible justificarlo con una llamada de teléfono. Una carta certificada es más discutible, pero es muy raro que un banco reclame un descubierto mediante carta certificada. Lo que suelen hacer es cargar la comisión y ya está. Yo he reclamado decenas de veces y siempre han devuelto todos los importes cobrados. A veces basta con un escrito al defensor del cliente, a veces hay que ir al Banco de España, y a veces al Juzgado de 1ª instancia, pero siempre lo han acabado devolviendo. Tengo un blog donde voy documentando las golfadas de los banco, que creo puede ser de utilidad; abusosbancarios.blogspot.com .
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Abusobancario 27/02/10 08:07
Ha respondido al tema Cancelar cuenta en el banco santander
Buenas tardes, creo que no sería buena idea mandar una carta certificada, ya que no se puede probar el contenido de la misma. Para que tenga efectividad tendrías que mandar un burofax con certificación de contenido, y el coste sube a unos 25 euros. El problema de dejar una cuenta a cero sin cancelarla es que el banco puede seguir cobrando comisiones de mantenimiento, tarjetas, descubierto, intereses, etc. Puede ocurrir que pasado un año te encuentres con que te meten en un registro de morosos por un saldo deudor en cuenta corriente. En mi blog abusosbancarios.blogspot.com trato de dar información sobre todas las malas prácticas bancarias, que son bastantes por desgracia... Además mucho cuidado con el Banco de Santander, que es líder en reclamaciones ante el Banco de España (...por algo será)
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Abusobancario 27/02/10 07:59
Ha respondido al tema Comision correo postal de ibanesto
¡Hola a todos! El Banco de España establece que las entidades bancarias no pueden cobrar por el envío del extracto mensual, pero sí por el envío de recibos de operaciones determinadas, por ejemplo una transferencia o un recibo. No se puede cobrar varias veces esta comisión si se envían varios documentos en un mismo envío, y el cobro de este gasto debe ser proporcional al coste del servicio. En cualquier caso este gasto debe estar recogido en el contrato de la cuenta o notificado al cliente. En mi blog abusosbancarios.blogspot.com amplío la información, que espero os pueda ser de utilidad.
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Abusobancario 27/02/10 07:52
Ha respondido al tema Cuenta corriente en oficina física sin comisiones ¿Existe?
Completamente de acuerdo con el anterior post, pero me gustaría matizar algo; no basta con "hablar con el director" antes de abrir una cuenta, sino exigirle en el contrato de apertura de la cuenta que refleje las comisiones que nos cobrará, y sobre todo las que no cobrará. Es una verguenza, pero con los bancos hay que dejarlo todo muy claro por escrito, si no te pasará siempre lo mismo que te pasó con Unicaja. Tengo un blog dedicado a los abusos bancarios, que creo te puede ser de utilidad; abusosbancarios.blogspot.com. Un saludo, Felipe Colón.
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Abusobancario 17/02/10 07:29
Ha respondido al tema Nueva sentencia contra las comisiones de descubierto
Buenas tardes, las comisiones de descubierto están expresamente prohibidas por la Ley de Crédito al Consumo, que establece que no se podrá cobrar más de 2,5 veces el interés legal del dinero (4% en la actualidad, lo que colocaría el máximo en un 10%).- Los bancos, en fraude de ley, cobran "gastos de reclamación", basándose en la mera comunicación del cargo de la citada comisión. Para que puedan cobrar estas comisiones desproporcionadas tendrían que reclamar efectivamente la deuda (p.ej. mediante burofax, telegrama, etc), cosa que prácticamente nunca hacen. En resumidas cuentas, que están cobrando por un servicio no prestado. En mi blog abusosbancarios.blogspot.com, lo explico con más detalle, con dictámenes del Banco de España y con un modelo de carta para reclamar. Por favor, no dejéis que os cobren abusivamente estas comisiones!!!
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Abusobancario 10/02/10 18:43
Ha respondido al tema IBANESTO, comisión por descubierto.
Yo reclamaría, ya que esta comisión es ilegal por varias razones; -Se trata de un descubierto por valoración, no de un descubierto efectivo. -La Ley de Crédito al Consumo prohibe que se cobre más de 2,5 veces el interés legal del dinero por descubiertos (actualmente es un 4%, lo que daría un máximo de un 10%). -Dado que como comisión es ilegal cobrar esa cantidad, tratarán de decir que es por "reclamación" del descubierto, pero en este caso han de demostrar que efectivamente han reclamado (p.ej. un burofax, un telegrama, etc).- Si no estarían cobrando por un servicio no prestado. En mi blog abusosbancarios.blogspot.com puedes encontrar un modelo de carta para reclamar y toda la normativa y criterios al respecto del Banco de España. Es una vergüenza que los bancos cobren esta comisión ilegal.
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