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Aka47

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Aka47 27/01/11 15:35
Ha comentado en el artículo Cómo hacer una buena notificación judicial
Dices, Tristán, lo siguiente: "Por otra parte, tal como nos comenta Inversius, los juzgados tienen acceso a la aplicación de averiguación patrimonial del Consejo General del Poder Judicial, en la que se ve la dirección del Padrón, la de la Seguridad Social y la de la Declaración de la Renta. Por lo visto su uso es sencillísimo, pero ¿por qué no lo utilizan todos?" Y es cierto, pero es cierto también que ése es ahora el peligro, pues como apunta Tebar son muchas las direcciones que salen de determinados deudores, normalmente la de aquellos que no quieren ser encontrados: policía, TGSS, hacienda, padrón municipal, domicilio laboral, Tráfico... Súmale y dime si una notificación "bien hecha" que tenga que pasar por la averiguación de cuál de todos es el domicilio correcto, no va a retrasar aún más las cosas. Lo malo en mi opinión es que la LEC y la jurisprudencia te mandan recurrir a los edictos como ultimísimo remedio. Y así, tirando del hilo, si todos los demás fallan, aún podría oficiarse al Registro de rebeldes civiles y a la policía para intentar localizar a un deudor antes de publicar una resolución por edictos. Por eso en mi opinión iría bien una reforma legal que estableciera un domicilio obligatorio a efectos de notificaciones con la Administración al estilo de lo que intenta Tráfico con la dirección de email, o al menos una presunción legal de cuándo un deudor "no quiere ser encontrado". Es decir, una herramienta legal que le diera al Secretario de turno la certeza de que no se las iba a cargar después él por una notificación errónea. Saludos.
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Aka47 27/01/11 15:20
Ha comentado en el artículo Cómo hacer una buena notificación judicial
Al notificar por edictos ya adviertes al deudor que las siguientes notificaciones que no revistan la forma de sentencia, auto o emplazamiento se harán en el tablón de anuncios de la oficina judicial. Lo mejor creo yo habría sido pedir que como interesado en el procedimiento te notificara la resolución por la que intentaba volver a dar con el deudor para darle traslado de la tasación y recurrirla en reposición. Ahí se hubiera tenido que mojar el juez, al menos antes de la última reforma. Creo que es importante que sepáis que como interesados comparecidos en el procedimiento tenéis derecho a que os notifiquen todas aquellas resoluciones que os afecten y poder hacer uso de los recursos que quepan contra ellas, al menos así tendréis por escrito y motivadamente los fundamentos de derecho en que se base el secretario de turno, y no de palabra su libre albedrío. Saludos.
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Aka47 27/01/11 04:28
Ha comentado en el artículo Cómo hacer una buena notificación judicial
¿Y de qué se puede dar fe por teléfono? Las notificaciones por telefono no existen por la sencilla razón de que no se puede dejar constancia de la identidad del comunicante. Que yo sepa, solo hay previsión legal en cuanto a la videollamada, y siempre que se pueda determinar indubitadamente dicha identidad. Aunque otra cosa, claro está, es la práctica... y las ganas que tenga el Secretario de terminar con la maldita cosa.
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Aka47 27/01/11 04:12
Ha comentado en el artículo Cómo hacer una buena notificación judicial
Yo lo veo tan claro como Siete. Para una vez que la interpretación de la ley es inequívoca, la liamos. Lo que sí estoy de acuerdo es que debería haber una previsión legal para el caso de que luego el ejecutado pida la nulidad y la obtenga. ¿Por qué en este caso los perjuicios los debe soportar el subastero que ha puesto su dinero y ve como se le queda parado en el juzgado x años?. Debería ser el mismo ejecutado el que pagara por su negligencia e indemnizara, y como mínimo pagara los interes legales que ha devengado ese dinero parado por su culpa. Y si no es su culpa -pongamos de la notificación mal hecha-, la propia Administración de Justicia. Seguro que así las notificaciones se intentarían hacer mejor.
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Aka47 21/01/11 16:02
Ha comentado en el artículo Negligencias graves en las notificaciones judiciales
Que se trabaja mal...qué me vas a contar jeje. Es la consecuencia de un sistema viciado e ineficaz que permite entre otras muchas cosas las situaciones que comentas acertadamente... Pero. Que encontraste a la ejecutada en cinco minutos? No demuestra mas que tuviste suerte y encontraste a las personas adecuadas en el momento adecuado. Procesalmente no me parece ningun desatino el caso, porque si bien es cierto que en la primera notificac ion el agente no tenia su dia, vuelve como tu cuentas un mes despues y algun vecino le dice que la casa está desocupada y que los propietarios viven en Madrid. Por qué no habría de creerle? Me lo quieres explicar? Mas cuando tiene otras cinco notificaciones que practicar ese dia... Al final resulta que si a esa pobre familia le subastan la casa la culpa es de la justicia de este país, y no de su negligencia o por qué no decirlo, de la desidia de la parte ejecutante (el banco) que tampoco se esmera mucho en cobrar su deuda... Pero claro, lo mas facil es darle palos al funcionario mileurista y por ende a la justicia, que ya sabemos lo mal que está.
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Aka47 21/01/11 13:17
Ha comentado en el artículo Negligencias graves en las notificaciones judiciales
Sin entrar a valorar el fondo del asunto... que la justicia es el saco de los golpes es evidente incluso para vosotros. El caso es quejarse. Hace no mucho se oían quejan porque había secretarios que en los hipotecarios no se contentaban con notificar "solamente" en el domicilio señalado en la hipoteca a efectos de notificaciones, como marca la ley, buscando a los hipotecados por esos mundos de Dios y retrasando ad infinitum el procedimiento... Hoy, justamente lo contrario. Estamos ante un secretario que, por lo visto, ha querido correr mucho. Y digo por lo visto y debía decir "por lo contado", porque sin ver el expediente completo es muy difícil formarse una opinión. Y es cierto también que hay agentes judiciales que trabajan con desidia. Pero también es justo decir que un agente judicial (funcionario) no tiene el interés en el pleito que tienes tú, Tristán. Y que a ese funcionario le pagamos entre todos. Y que los recursos de la justicia son limitados y, como digo, cuestan un dinero. Nadie ha dicho que un agente judicial tenga que encelarse en la práctica de una notificación como has hecho tú, disponiendo de tu tiempo y dinero personal. Hasta donde yo sé, no son detectives privados ...y tampoco se les paga para ello, no lo olvidemos. Un saludo.
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