Hola a todos. A ver si por aquí alguien me lo puede confirmar antes de liarla con el borrador, porque he intentado contactar al teléfono de dudas pero después de ponerme en espera siempre me cuelgan. Para la deducción autonómica de Cataluña del alquiler de vivienda habitual, uno de los casos es haber estado en desempleo más de 6 meses. Mi duda es si para hacienda haber estado de erte ese tiempo lo cumputa realmente como haber estado desempleado y te puedes aplicar la deducción o no. Gracias
Pues yo ya me he quejado unas cuantas veces y lo único que me dicen es que no saben cuando me la podrán enviar corregida. Tendré que volver a preguntar
A mi me dijeron que hasta mediados de abril por lo menos no iban a empezar a mandar las tarjetas con los datos bien puestos y que cuando lo hicieran se pondrían en contacto para avisar. Pero por ahora nada de nada, si la envían o me avisan, ya lo pondré por aquí
A mi me salió el aviso y ya lo actualicé con el DNI. Por lo que vi, se lo piden a los que abrimos la cuenta con el carnet de conducir en lugar de con el DNI o pasaporte. Están haciendo cambios por el brexit y se ve que ahora sólo aceptan DNI y pasaporte para identificarte
En mi caso, sigo con ING porque en todo el tiempo que llevo con ellos no me han dado ningún problema, cosa que no puedo decir de otros bancos. Claro que tiene carencias, pero lo combino con Bnext o revolut y no necesito mucho más. Si algún día me da problemas, ya tendré tiempo de darles puerta
Estoy con mentafresc, nos falta más información para poder valorarlo. Pero me huele a permanencia por algo, porque el año pasado cerré mi cuenta y no me cobraron nada.
Hay alguna alternativa al small caps de vanguard???
No me hace nada de gracia tener que plantearme un cambio en la estrategia que sigo. Ya veremos al final que acabo haciendo
Se añade a la renta en el mismo sitio en el que se declaran los intereses de las cuentas españolas, creo que es en la casilla 25.
La multa no tengo ni idea de cuanto puede ser
El 720 sí, pero otra cosa es la declaración de la renta. Independientemente de si tienes que presentar o no el 720, en la declaración vas a tener que declarar los intereses generados, que en este caso, no llevan retención en el origen