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Cachilipox

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la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!
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Cachilipox 17/01/24 09:32
Ha respondido al tema Duda: ¿Emitir factura por unos gastos de vuelo que me paga una empresa?
Una empresa paga un billete de avión a una persona física.Ante hacienda (IRPF); solo pueden ser tres cosas:a.- Esa persona es un trabajador, y quizás el gasto está exento por ser un gasto de desplazamiento laboral.b.- Constituye una remuneración (en especie) a una persona sin vínculo laboral, ergo actividades económicas, factura, IVA y presumiblemente retención del 15 %.c.- Se trata de un premio (ganancia patrimonial no procedente de trasmisión, base general), no exento. No sujeto a IVA, pero sujeto a una retención del 19 %.
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Cachilipox 17/01/24 09:27
Ha respondido al tema Prohibición de estar desnudo en la piscina de la comunidad - Ley de Propiedad Horizontal
Lo enfocas MAL.Confrontas tú derecho INDIVIDUAL frente a una inexistente normativa en contra, y razonas que en ausencia de normativa, prevalece tu derecho.Pero es que ni así, pues no hay conflicto donde no hay dos posiciones confrontadas (un derecho individual permisivo frente a un derecho colectivo restrictivo).Lo único que hay aquí es una posible e hipotética confrontación entre derechos INDIVIDUALES, el derecho a usar de forma privativa de una u otra manera, una zona o instalación comunitaria.Y como lo que hay o puede haber es una posible confrontación de derechos INDIVIDUALES, la normativa colectiva (ley de propiedad horizontal) tan solo dice: "Que decida la mayoría!".
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Cachilipox 16/01/24 14:46
Ha respondido al tema Deducción maternidad autónoma cese actividad
Lo que dice ese apartado 4 de la D.A. 38ª es que durante los periodos de inactividad, suspensión por ERTE, suspensión de actividades de autónomos durante las restricciones COVID, se debe entender que eso es mera apariencia coyuntural y que lo que rige es que esas personas realmente siguen siendo trabajadoras activas (salvo que no lo eran por las restricciones COVID).Los ceses de actividad definitivos de autónomos, así como las situaciones de desempleo "puras y duras" (no el desempleo por suspensión ERTE), no daban derecho a esta deducción.
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Cachilipox 16/01/24 11:23
Ha respondido al tema Prohibición de estar desnudo en la piscina de la comunidad - Ley de Propiedad Horizontal
Por lo que dices, la piscina es una instalación comunitaria.La normativa dice que las zonas comunes son de aprovechamiento por parte de todos sus comuneros. Y el único límite a un aprovechamiento privativo de una instalación común sería que ese particular uso impidiese o dificultase a otro comunero su propio aprovechamiento.Caso típico, por ejemplo, utilizar privativamente el vestíbulo de la comunidad para dejar aparcados los carritos infantiles. Es un uso que en principio, si hay espacio bastante, forma parte de los derechos de uso y aprovechamiento privativos de las instalaciones y zonas comunes.Pero por una u otra causa o razón, la comunidad como ente colectivo puede imponer restricciones o prohibiciones. Por ejemplo, considerar que el vestíbulo y su finalidad propia es ser zona de paso, de reuniones de la junta de vecinos, y que debe guardar un debido decoro y ornato al ser la zona común de recepción de todos. Y prohibir que se dejen estacionados los carritos infantiles y similares. O permitir carritos infantiles, pero no bicicletas, o ....Tal y como expones, no existe una ordenanza municipal ni otra normativa al respecto. Así que la "ley interna" de esa comunidad debe ser su manifestación de voluntad colectiva.
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Cachilipox 16/01/24 08:47
Ha respondido al tema Prohibición de estar desnudo en la piscina de la comunidad - Ley de Propiedad Horizontal
Tan legítimo es quien quiera ir desnudo a la piscina, como quien quiera utilizarla sin soportar desnudeces.Como ambos derechos (individuales) son igual de dignos y parejos, es necesario buscar cual es la voluntad colectiva, y atenerse a ella.Se puede establecer un criterio absoluto (siempre sí quien quiera, nunca no prohibido,...), o un uso por turnos y horarios....
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Cachilipox 16/01/24 06:02
Ha respondido al tema Constituir SL - estructura mínima
Hacienda no exige ningún tipo de estructura mínima a una mercantil.De hecho, la inmensa mayor parte de SL de España son meras identidades fiscales sin estructura laboral alguna.Mientras paguen correctamente sus impuestos, ningún problema con hacienda.El asunto donde puede haber el problema es por el uso fraudulento de una sociedad interpuesta, para eludir tributación, o remansar beneficios con una menor tributación.Es de aplicación estos criterios que publicó la AEAT hace no demasiado tiempo:https://sede.agenciatributaria.gob.es/static_files/Sede/Tema/Normativa/Doctrina_Criterios/Criterios/IS/Sociedad_Interpuesta.pdf 
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Cachilipox 16/01/24 04:10
Ha respondido al tema Modelo 190 En gastos deducibles se pone el importe total de seguridad social
"..retribuciones sin retención que en realidad el trabajador no ha cobrado"Esto huele como a fraude, una forma de buscar supuestos gastos deducibles para la empresa, sin coste fiscal.En el caso, si esas retribuciones son conformes, pero la empresa no las ha pagado, lo que hay que hacer es una demanda por reclamación de cantidades.Y si esas retribuciones son totalmente ficticias e inventadas, lo suyo sería denunciar esto a la propia hacienda.
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Cachilipox 15/01/24 04:37
Ha respondido al tema Reforma de los Subsidios. Recorte en el Subsidio de mayores de 52.
Yo encontré otra ruta:INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DEL REAL DECRETO LEY 8/2019, DE MEDIDAS URGENTES DE PROTECCIÓN SOCIAL Y DE LUCHA CONTRA LA PRECARIEDAD LABORAL EN LA JORNADA DE TRABAJO.https://www.sepe.es/SiteSepe/contenidos/personas/prestaciones/pdf/consulta_ficha_criterio.pdfDocumento fechado el 24/07/2019Y dice:"No obstante, se permitirá la posibilidad de optar entre derechos en los siguientes supuestos:a) Opción entre el derecho a la prestación por desempleo de nivel contributivo generada por la realización de trabajos a tiempo parcial y la reanudación del subsidio para trabajadores  mayores de 52 años."
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Cachilipox 14/01/24 16:17
Ha respondido al tema Modelo 190 En gastos deducibles se pone el importe total de seguridad social
Sí que lo es, pero lo es para el autónomo titular.El asunto es como se informa a la AEAT, y mediante el modelo 190 no es. La AEAT sabrá que existe ese gasto de autónomos por lo que comunique la TGSS.Lo que se comunica mediante el modelo 190 es:Sociedad Mercantil SL: He pagado XXX € en money cash a Sr. Perico de los palotesSociedad mercantil SL: He pagado en especies una cosa cuyo valor es de YYY € a favor de Perico de los Palotes.Y la TGSS comunicará a la AEAT:EL Sr. Perico de los Palotes ha cotizado (ni se quien pagó ni me importa),  por un importe de YYY €Luego la AEAT reconstruye todo, y sabe que Sociedad Mercantil SL pagó (dinero o especies) XXX+YYY, a favor de Sr. Perico de los palotes.Y la AEAT sabe también que el Sr. Perico de los Palotes soportó un gasto por cotizaciones de YYY
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Cachilipox 14/01/24 12:19
Ha respondido al tema Reforma de los Subsidios. Recorte en el Subsidio de mayores de 52.
El derecho de opción entre "Prestación contributiva a tiempo parcial" vs. "Subsidio para mayores ya reconocido", fue publicado el 23 de febrero de 2017, como casuística extraordinaria, dadas las implicaciones a futuro que tenía el entonces vigente subsidio para mayores de 55 (que podía ser a tiempo parcial).https://www.sepe.es/eu/SiteSepe/contenidos/personas/prestaciones/pdf/F06242.pdf"Con independencia de cuál haya sido su elección al respecto, tras cesar en dicho trabajo a tiempo parcial acreditando cumplir todos los requisitos para acceder a la prestación contributiva por desempleo, puede optar entre percibir ésta con parcialidad -a cuyo agotamiento podría obtener, en su caso, el reconocimiento del subsidio para mayores de 55 años también con parcialidad, o reanudar la percepción del subsidio para mayores de 52/55 años sin parcialidad que tenía previamente reconocido."Posteriormente, tras la modificación (derogación) de dicha regulación, y un retorno al viejo (y actualmente vigente) subsidio para mayores de 52 años (siempre a tiempo completo), se publicaron unas nuevas instrucciones el 17 de mayo de 2019:https://www.sepe.es/SiteSepe/contenidos/personas/prestaciones/pdf/instrucciones_definitivas__aplicacion_RDL_8.pdf"Por otra parte, a partir de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2019, se suprime, por improcedente, la posibilidad, hasta ahora reconocida por el SEPE, de que los trabajadores puedan optar entre solicitar el alta inicial de la prestación por desempleo de nivel contributivo o la reanudación del subsidio para trabajadores mayores de 52 años previamente suspendido, en los siguientes casos:· Supuesto de que la nueva prestación por desempleo de nivel contributivo quede afectada por trabajo a tiempo parcial, pues el subsidio para trabajadores mayores de 52 años por agotamiento de la misma, no va a verse afectado por dicha parcialidad en el trabajo."A la vista de lo anterior, no se como estará ahora el posible derecho de opción entre "Prestación parcial nueva" vs "Subsidio suspendido", pero el derecho de opción de las instrucciones de 2017 quedó derogado en 2019.Puede que hayan otras instrucciones, pero yo no he sabido encontrarlas.
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Cachilipox 14/01/24 07:19
Ha respondido al tema Modelo 190 En gastos deducibles se pone el importe total de seguridad social
El autónomo es siempre un gasto deducible "propio".Corresponde ya luego al titular autónomo deducirlo o de rendimientos del trabajo o del rendimientos de actividades económicas (si está en estimación directa).El dato de las cotizaciones de autónomos la AEAT lo conoce por notificación de la TGSS.En el caso, si se trata de un autónomo societario, una de dos:.- O la sociedad le paga un dinero, con el que el autónomo se paga sus autónomos.- O la sociedad asume el pago de forma directa (pago delegado)En el primer caso, no hay nada que notificar a la AEAT. Toda la renta es renta dineraria.La sociedad no declara ningún gasto, pues eso corresponde al propio titular.En el segundo caso, ya depende.Hay una retribución en especie, el pago delegado del RETA. Y puede haber o no un ingreso a cuenta repercutido o no.En este caso, hay dos ingresos que notificar, rentas dinerarias (si las hay) y rentas en especie (con o sin ingreso a cuenta y repercusión o no repercusión).Tampoco hay que notificar ningún gasto, pues el gasto como tal corresponde solo al propio titular.
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Cachilipox 14/01/24 07:07
Ha respondido al tema Ingresos 2a actividad
Lo primero sería determinar si esos ingresos van a tener la cualificación fiscal de rendimientos del trabajo (Retribuciones de los miembros de los órganos de representación de una entidad), o de actividades económicas.Una vez ahí, si bien en ambos casos los ingresos son ingresos íntegros, cada tipo de rendimiento tiene una normativa para determinar los gastos computables.Y puede que sumando lo que suma, y restando lo que esta, quizás te compense, o pierdas algo por el camino.Por ejemplo, si la cosa va como actividades económicas, entiendo que el coste del viaje sería deducible. Pero a su vez, estarías sujeto a alta en autónomos.En cambio, como rendimientos del trabajo, no habría nada ni de autónomos ni de papeleos trimestrales ni altas censales, pero no veo como pudiese ser deducible ese coste del viaje. Los gastos deducibles por dietas y desplazamientos la AEAT lo ciñe y circunscribe a régimen laboral ordinario.También habría la derivada de sujeción al IVA en caso de actividad económica.Entiendo que lo suyo sería que la asociación esa comprase el billete de avión, pagase de forma directa los gastos de alojamiento y manutención, y ya en el caso, te pagase un plus "laboral" por la dedicación y pérdida de emolumentos por el permiso no retribuido (renta del trabajo, que compensaría la renta del trabajo dejada de percibir).
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Cachilipox 13/01/24 07:45
Ha respondido al tema Gastos fuera del tiempo de autónomo
Entiendo que los gastos corrientes que estén fuera del periodo de actividad, no sirven.Pero los otros gastos, aplicando el principio de afectación, podrían ser deducibles.Por ejemplo, compras tal o cual máquina, fuera de las fechas de ejercicio, pero la afectas (la utilizas) en el periodo de actividad, es un gasto deducible.También podría ser el caso de ciertos gastos corrientes cuya facturación es por periodos, abarcando tanto fechas afectas como fechas no afectas. Ahí podría ser deducible la parte proporcional qe pudieses justificar.
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Cachilipox 13/01/24 07:06
Ha respondido al tema Gastos fuera del tiempo de autónomo
Pero... ¿Son gastos relacionados con la actividad, solo que las fechas no coinciden "exactamente", o simplemente son tiquets y facturas que tenías por ahí?
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Cachilipox 12/01/24 04:41
Ha respondido al tema Tumbado el Real Decreto Ley sobre los Subsidios de Desempleo
Aquí lo explican un poco mejor, con más detalle.Unos 900.000.000 € están en juego.Ni tan mal. La derrota parlamentaria de Díaz aboca a España a sufrir la suspensión de hasta 900 millones de fondos UE https://www.vozpopuli.com/economia_y_finanzas/macroeconomia/derrota-parlamentaria-diaz-espana-suspension-fondos-ue.html
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Cachilipox 11/01/24 08:37
Ha respondido al tema Tumbado el Real Decreto Ley sobre los Subsidios de Desempleo
"La Belarra hoy ha sido clara, si le ponen lo mismo delante pero sin bajar cotizaciones a +52 años lo firma. Todo lo demás se aprobaría. A mi me parece perfecto."Ni lo que opine la Belarra ni lo que opinemos nosotros sirve de mucho. La cosa es lo que opine y le parezca a la Comisión Europea.Y la cosa sigue en lo que estaba, hay 10.000.000.000 € que dependen, en parte, de un "reajuste" del tema subsidios. Y lo que se había propuesto, parece que no bastaba.Si se pretende por una parte ciertas mejoras (lógico y justo), que a su vez generen estímulos positivos hacia la ocupabilidad y empleabilidad, y por otra parte, un sustancial ahorro de costes públicos de forma estructural.... Así que o la cosa se queda en como estaba, y a la Comisión ya le va bien, y llegan los dineros, o se bloquean los dineros del fondo de resiliencia, y hay que volver a "mejorar-recortar" cosas de los subsidios. 
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Cachilipox 10/01/24 17:14
Ha respondido al tema Tumbado el Real Decreto Ley sobre los Subsidios de Desempleo
De hecho, TODO sigue igual a como estaba el 19 de diciembre.La única medida que decae, es lo único que había entrado en vigor, que era la posibilidad de acumular ausencias por cuidado del lactante en un permiso continuado, en caso que el convenio colectivo no lo regule.Pues volvemos a lo que diga el convenio.Lo de los subsidios, como no había entrado en vigor, pues eso, se deroga una normativa que no estaba vigente aun.....
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Cachilipox 10/01/24 12:29
Ha respondido al tema Tumbado el Real Decreto Ley sobre los Subsidios de Desempleo
Sip.Y lo que ha quedado claro y al descubierto es que el quid de la cuestión reside en lo de la sobrecotización del subsidio para mayores.Básicamente es esa y no otra cosa la piedra angular sobre la que descansa lo de desbloquear los 10.000.000.000 € de Europa.Nota: Y de esta ¿Cómo se sale?Pues por apuntar una maldad política, mediante un gran acuerdo de consenso, donde (casi) todos ganen y todos cedan.Por ejemplo, una reforma de los subsidios donde se recupere la fórmula pepero-rajoyana ( ≥ 55 & renta unidad familiar) y se incluyan las mejoras en las prestaciones contempladas en este derogado RDL.
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Cachilipox 10/01/24 10:43
Ha respondido al tema Denegacion subsidio mayores de 52 años por cobrar el cese de actividad
Pero....¿Tenías vía de acceso al subsidio?Lo de cobrar cese de actividad creo que ni quita ni pone, simplemente que estás cobrando una renta o prestación que como tal, durante su percepción, es incompatible con el subsidio.En este artículo hablan al respecto: ¿Un autónomo puede cobrar el subsidio para mayores de 52 años tras haber agotado el cese de actividad? https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/cotizaciones/autonomo-puede-cobrar-subsidio-mayores-52-anos-haber-agotado-cese-actividad/20231111000857033087.html#:~:text=Seg%C3%BAn%20aclararon%20fuentes%20del%20SEPE,que%20le%20da%20acceso%20directo%E2%80%9D."Según aclararon fuentes del SEPE, la respuesta es que “un autónomo que ha agotado el cese de actividad sí puede solicitar el subsidio para mayores de 52 años, pero no es el hecho de agotar la prestación por cese de actividad lo que le da acceso directo”. En ese sentido, para que un autónomo pueda percibir esta prestación de 480 euros mensuales, “debe cumplir una serie de requisitos muy amplios”, sin los que es imposible acceder a esta ayuda."
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Cachilipox 10/01/24 09:43
Ha respondido al tema IP denegada, acumular vacaciones a partir de los 545 días hasta la resolución INNS - Incapacidad Permanente Total
Hay una sentencia del Tribunal Superior de Andalucía, que así lo reconoce. Pero no hay ninguna otra doctrina al respecto. Mucho menos hay un criterio jurisprudencial.En todo caso, no es correcto liquidar (pagar y cotizar) unas vacaciones que no has disfrutado (pues sigues en ILT), ni tampoco ha finalizado tu contrato (pues sigues en suspensión, solo que ha finalizado la obligación de cotizar).
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Cachilipox 10/01/24 09:35
Ha respondido al tema Pagar IVA de inquilino moroso
Pues me parece que has convertido 1 problema (el inquilino moroso) en 2 problemas (la hacienda acreedora del IVA).El IVA es exigible cuando se devenga (cuando correspondería emitir la factura), con independencia de si luego lo cobras o no lo cobras.Hay unos procedimientos para deducirse el IVA incobrado, pero es más adelante.O sea, primero te devengas el IVA como ingresado, luego lo reclamas, y pasados unos plazos de tiempo, puedes contabilizar ese IVA no cobrado pero sí liquidado a hacienda como IVA deducible.No hace falta que exista conexión entre juzgado y hacienda (que pienso no existe). Tan solo con que el inquilino cliente declare entre sus gastos soportador esas facturas con su IVA (aunque sea moroso y no las haya pagado), ya surge la incoherencia tributaria, y hacienda reclamará lo suyo.
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Cachilipox 09/01/24 14:05
Ha respondido al tema Subida irpf - Incapacidad Permanente Total
Por esas cantidades, me parece que va a ser permanente.Antes estabas dentro de unos límites de no tributación, y ahora ya superas eso, y tienes tributación efectiva.Es cierto que pasar de 0 % a 12,63 % suena fuerte. De hecho, ganas en bruto (entre subida del 20 % más subida IPC) unos 6.000 € más, pero a cambio, pagas más de 2.600 €.(Tributación "relativa", más del 40 %)Es el efecto perverso de los escalones y las deducciones "hasta tal cantidad", que te pasas 1 céntimo, y casi pierdes más que ganas.
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