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Charrinho

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Charrinho 13/02/24 11:31
Ha respondido al tema Venta acciones recibidas como retribución de la empresa
En mi opinión está claro que la exención de esta retribución/entrega, creada para aumentar la vinculación del empleado con la empresa (o eso es lo que al menos dicen para justificarla...) tiene el requisito del mantenimiento de las acciones durante 3 años, que va a favor de esa justificación; pero este requisito no puede ir contra el espíritu de la misma, dificultando que el empleado se vincule todavía más a la empresa comprando acciones posteriormente por su cuenta, si no pudiera venderlas con perjuicio... Por tanto, me parece lógico aplicar el criterio FIFO a la hora de calcular las variaciones patrimoniales, pero no que eso implique romper el compromiso de los 3 años, mientras siempre se hayan mantenido en Cartera al menos las acciones que se hayan obtenido por esta vía con antigüedad menor a 3 años.Lo que no creo que influya para nada es el hecho de tener las acciones bloqueadas o no; según se cuenta, sólo parece un bloqueo operativo, porque cuando hay una venta, se tiene en cuenta esa fecha como fecha de adquisición, lo que implica propiedad sobre las acciones. Lo suyo sería poder desbloquearlas y venderlas, ya que no es ilegal, sólo que implicaría realizar una declaración complementaria.
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Charrinho 02/06/21 16:16
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
Mi caso es el contrario al que se indica en la regla de los dos meses. Es decir, he vendido con plusvalías un valor para poder compensar una pérdida de ejercicios anteriores, que me queda este año y el siguiente para compensarla lo máximo posible con ganancias (maldito Popular...). Luego he vuelto a comprar, menos de dos meses después el mismo valor, que todavía mantengo en cartera. Por lo que siempre he leído, la regla de los dos meses sólo aplaza declaraciones de pérdidas, no de ganancias. Y por tanto no aplica en mi caso. ¿Alguien sabe si es así?
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Charrinho 20/10/20 13:30
Ha respondido al tema ¿Cuál es el estado de mi declaración de la Renta 2021 (campaña 2022)?
criticas la falta de respeto de @Malakay y le llamas tonto... Es decir, faltas el respeto todavía más que él, ya que descalificas; y él simplemente ha dicho que le han dolido los ojos al ver el mensaje, que seguramente será verdad (figuradamente, claro).Es verdad que entrar al foro sólo para comentar eso, sin aportar nada al tema en discusión, no sirve de mucho; pero eso lo ha hecho @Malakay y todos los que hemos comentado después, entre los que me incluyo.Señores, hay que escribir bien. Luego a la gente le suspenden unas oposiciones por cometer muchas faltas de ortografía y no lo entienden...
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Charrinho 20/10/20 13:05
Ha comentado en el artículo ¿Cómo tributan los derechos de suscripción preferente en la Declaración de la Renta?
Tengo una duda que no encuentro respuesta ni explicación en ningún sitio. Y es el precio 'real' de las acciones adquiridas en una ampliación de capital, cuando SE COMPRAN DERECHOS para adquirirlas. Es decir, imaginemos una ampliación en la que las acciones salen a 1€. A los accionistas actuales, les dan derechos de suscripción preferente, imaginemos que con cada derecho pueden adquirir una acción de la ampliación.Ahora yo COMPRO 10.000 derechos a un precio de 0,2€ --> 2.000 € de inversión.Con estos 10.000 adquiero 10.000 acciones, pagando 10.000€ más.La conclusión es que he invertido 12.000€ para acabar teniendo 10.000 acciones. A la hora de vender estas acciones, ¿el precio adquisición de cada una será 1€ o 1,2€?En mi bróker, me muestra que el coste de estas acciones es 10.000€ y no 12.000€, con lo que me muestra una rentabilidad actual que creo que no es correcta.(los números no son reales, sólo es para poder verlo más fácil).
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Charrinho 26/10/18 06:15
Ha comentado en el artículo ¿Qué son las clases limpias en los fondos de inversión?
Vamos a ver, si tu banco pone sus sistemas y te facilita la inversión en diferentes fondos, veo normal que algo se lleve. ¿Vosotros trabajáis gratis? Pues los empleados de los bancos tampoco. Y para pagar a los empleados, el banco tiene que cobrar... Es de cajón... Las comercializadoras que ofrezcan clases limpias, por otro sitio tendrán que sacar dinero...
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Charrinho 16/10/18 14:49
Ha comentado en el artículo ¿Cómo tributan los derechos de suscripción preferente en la Declaración de la Renta?
Una pregunta: He vendido unas acciones que provocan una pérdida patrimonial de 200€. No tengo operaciones que causen ganancia patrimonial, para compensar esos 200€. Ahora otro valor de mi cartera paga un 'dividendo elección'; pongamos que son 100€. Si decido vender los derechos a la empresa (cobrar 100€ de dividendo - rendimiento el capital mobiliario), sólo podré utilizar 25 de estos 100€ para compensar los 200€ de la pérdida, ¿cierto? Sin embargo, si decido vender los derechos en mercado, obteniendo los mismos 100€, al ser esta venta una ganancia patrimonial de 100€, podré compensarla totalmente con los 200€ de pérdida. ¿Es así? Y por tanto, en estas circunstancias, conviene vender derechos en mercado, ¿no?
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