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Cosmeromerales

Se registró el 15/05/2017
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Cosmeromerales 21/06/17 08:54
Ha respondido al tema Devolución cláusula suelo Banco Popular
Eso mismo me decía este señor, pero que si quería quedarme más tranquilo, el presentar el escrito no estaba de más porque por lo visto la vía adecuada era la de interponer un juicio monitorio y así se justificaba no solamente el haber requerido el pago de la devolución del suelo, sino además el haber intentado el cobro de la cantidad que ya me habían reconocido. Me lío con esos matices. Lo hice mediante presentación en la sucursal de dos copias, de las cuales me sellaron una. Nada de carta certificada ni burofax.
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Cosmeromerales 21/06/17 05:28
Ha respondido al tema Devolución cláusula suelo Banco Popular
Puse simplemente: " Muy Señores míos: En relación con la deuda por importe de XXXXXX euros, que ustedes mantienen conmigo derivada de su respuesta a la Reclamación efectuada al amparo del Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de Enero, de Medidas Urgentes de Protección de Consumidores en Materia de Cláusulas Suelo, número de Expediente xxxxxxxxx, cantidad cuyo ofrecimiento de pago ustedes realizaron en fecha 28 de Abril de 2017, les requiero para que, en el plazo de CINCO DÍAS a contar desde la recepción de esta comunicación, me la abonen íntegramente mediante ingreso en mi cuenta número xxxxxxxxxxxxxxxxxxx. Si este requerimiento finalmente no fuera atendido en el plazo señalado, me reservo el ejercicio de las acciones judiciales que considere oportunas para hacer efectivo el cobro  de la cantidad debida antes indicada, con las molestias, gastos y costas añadidos que ello les supondría. Atentamente: Firmado xxxxxxxxxxx "   Insisto en que no creo que haya recibido la devolución por la presentación del escrito, pero según mi abogado el hecho de requerir el pago previamente a interponer la demanda abre la posibilidad de que la condena en costas al banco sea casi segura. Saludos.
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Cosmeromerales 20/06/17 12:54
Ha respondido al tema Devolución cláusula suelo Banco Popular
Buenas tardes: Hoy, entre las 17:00 y las 18:30 me han hecho el ingreso de la cantidad que acepté el día 28 de abril. El día 14 de Junio presenté en el banco un escrito requiriéndoles el pago. No creo que haya tenido nada que ver, pero era el paso previo a requerirles vía juicio monitorio que me abonaran la cantidad, porque entiendo (no soy abogado) por lo que he podido leer hasta ahora que el que el banco haya hecho una propuesta de acuerdo significa en sí mismo un reconocimiento de deuda. Ánimo a los que todavía están esperando una solución a este sinsentido de la cláusula suelo.
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Cosmeromerales 07/06/17 08:10
Ha respondido al tema ¿Qué pasa con mi hipoteca si soy cliente del Banco Popular? ¿Y con mi cláusula suelo?
Buenas tardes, Lorena: En el primer post señalas que los procesos de absorción son largos y tediosos, sin embargo señalas que ya ha dejado de existir como tal el Banco Popular. Imagino que todo lo que conlleva el proceso de compra de un Banco por otro conllevará una serie de firma de escrituras públicas, inscripción de las mismas en los registros pertinentes, supervisión de las autoridades del proceso, etc. ¿Debemos entender que ya se ha hecho todo?. Gracias.
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Cosmeromerales 24/05/17 12:34
Ha respondido al tema Devolución cláusula suelo Banco Popular
En el momento actual sigo sin tener el ingreso en mi cuenta. Cada mañana o mi mujer o yo vamos al banco y las explicaciones son para guardarlas y revivirlas cuando, si alguna vez pasa, pase todo. La interventora sigue diciendo que ha hecho lo que debía, pero que el correo a través del cual me dijeron el lunes que había que mandar las reclamaciones presentadas los días 21 y 22 de febrero está bloqueado. Le digo que entonces sigue sin estar arreglado el asunto porque falta el envío de algún documento, fichero o lo que sea desde la sucursal al centro de reclamaciones. Tras una larga conversación he logrado que llamara a su centro de control y el expediente sigue en el mismo estado que me dijeron el lunes "enviar comunicación fehaciente" y "en curso". Que no me preocupe, que voy a cobrar, pero no sabe decirme cuándo. Esa explicación tan pormenorizada y detallada me tranquiliza y ya no me preocupo.
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Cosmeromerales 22/05/17 12:46
Ha respondido al tema Devolución cláusula suelo Banco Popular
Yo entiendo que en el plazo de los 3 meses debería estar hecho el abono. El RDL 1/2017 es, a mi modo de ver, diáfano en el artículo 3.4: "...El plazo máximo para que el consumidor y la entidad lleguen a un acuerdo y se ponga a disposición del primero la cantidad a devolver será de tres meses a contar desde la presentación de la reclamación. A efectos de que el consumidor pueda adoptar las medidas que estime oportunas, se entenderá que el procedimiento extrajudicial ha concluido sin acuerdo: a) Si la entidad de crédito rechaza expresamente la solicitud del consumidor. b) Si finaliza el plazo de tres meses sin comunicación alguna por parte de la entidad de crédito al consumidor reclamante. c) Si el consumidor no está de acuerdo con el cálculo de la cantidad a devolver efectuado por la entidad de crédito o rechaza la cantidad ofrecida. d) Si transcurrido el plazo de tres meses no se ha puesto a disposición del consumidor de modo efectivo la cantidad ofrecida. Imaginemos lo que nos cargaría el banco en caso de que no ingresáramos en plazo una cantidad equivalente a la devolución del famoso suelo. Miedo me da.
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Cosmeromerales 22/05/17 12:46
Ha respondido al tema Devolución cláusula suelo Banco Popular
Yo entiendo que en el plazo de los 3 meses debería estar hecho el abono. El RDL 1/2017 es, a mi modo de ver, diáfano en el artículo 3.4: "...El plazo máximo para que el consumidor y la entidad lleguen a un acuerdo y se ponga a disposición del primero la cantidad a devolver será de tres meses a contar desde la presentación de la reclamación. A efectos de que el consumidor pueda adoptar las medidas que estime oportunas, se entenderá que el procedimiento extrajudicial ha concluido sin acuerdo: a) Si la entidad de crédito rechaza expresamente la solicitud del consumidor. b) Si finaliza el plazo de tres meses sin comunicación alguna por parte de la entidad de crédito al consumidor reclamante. c) Si el consumidor no está de acuerdo con el cálculo de la cantidad a devolver efectuado por la entidad de crédito o rechaza la cantidad ofrecida. d) Si transcurrido el plazo de tres meses no se ha puesto a disposición del consumidor de modo efectivo la cantidad ofrecida. Imaginemos lo que nos cargaría el banco en caso de que no ingresáramos en plazo una cantidad equivalente a la devolución del famoso suelo. Miedo me da.
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Cosmeromerales 22/05/17 06:13
Ha respondido al tema Devolución cláusula suelo Banco Popular
Buenos días: Os cuento lo que me han dicho esta mañana en la sucursal. Yo presenté la reclamación vía RDL 1/2017 el día 21 de Febrero. Firmé el acuerdo aceptando sus cálculos el día 28 de Abril. Según el director de la sucursal, las reclamaciones que se presentaron los días 21 y 22 de Febrero deben remitirse desde el banco a su departamento de cláusulas suelo por un procedimiento especial de su aplicación, no así las posteriores. Que hoy queda el tema resuelto y que mañana tendré el dinero. Os lo informo por si os resulta de utilidad. Yo no sé ya qué creer.
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Cosmeromerales 22/05/17 06:13
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Buenos días: Os cuento lo que me han dicho esta mañana en la sucursal. Yo presenté la reclamación vía RDL 1/2017 el día 21 de Febrero. Firmé el acuerdo aceptando sus cálculos el día 28 de Abril. Según el director de la sucursal, las reclamaciones que se presentaron los días 21 y 22 de Febrero deben remitirse desde el banco a su departamento de cláusulas suelo por un procedimiento especial de su aplicación, no así las posteriores. Que hoy queda el tema resuelto y que mañana tendré el dinero. Os lo informo por si os resulta de utilidad. Yo no sé ya qué creer.
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Cosmeromerales 16/05/17 04:17
Ha respondido al tema Contestación del Banco a las reclamaciones vía RD 1/2017
Buenos días: Yo presenté la reclamación al amparo del RDL 1/2017 el día 21 de Febrero en el Banco Popular. El día 27 de Abril recibí vía email contestación diciendo que obraban en mi sucursal los cálculos que habían efectuado en respuesta. El día 28 de Abril presté mi conformidad a dichos cálculos, elgiendo la opción de ingreso en mi cuenta del importe. Al momento presente, 16 de Mayo,  todavía no han realizado el ingreso del importe en mi cuenta. Imagino que si no hacen dicho ingreso antes del 22 de Mayo, se entenderá que el procedimiento del RDL 1/2017 ha concluido sin acuerdo., pero entiendo que el documento que tengo sellado por el banco y firmado por mí aceptando los cálculos efectuados por ellos tendrá eficacia de un reconocimiento de deuda y que lo que deberé hacer es exigir el cumplimiento del pago. Tengo preparado ya un burofax para remitírselo como paso previo por si, llegado el caso, me veo obligado a emprender acciones judiciales. Saludos
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