Bueno, eso de sacar dinero GRATIS en el extranjero no es del todo cierto.
Antes aplicaba el tipo de cambio de visa que se podía consultar diariamente. Ahora aplica un tipo de cambio propio que no es nada beneficioso y por tanto es una forma encubierta de aplicar una comisión sin decirlo públicamente.
Por cierto, este cambio en sus condiciones no ha sido comunicado a sus clientes y no sé si puede reclamarse en caso de haber resultado perjudicado.
A mi al cabo de 10 días de haber solicitado la cancelación de la cuenta por internet me enviaron un mail en el que me remitían a ir a la oficina.
Envían un fax y te calculan la parte proporcional que debes abonar para la liquidación. Lo curioso es que el periodo para ese calculo lo hacen desde la última fecha de liquidación hasta el día que acudes a la oficina y encima tienen la cara de cobrarme un importe de 0,45€ por correspondencia cuando tengo activada la correspondencia online. He pagado y reclamado la diferencia aunque eran 0'80€....
En fin, unos ladrones!!
Solicité la cancelación de la cuenta por cambio de condiciones y después de que me cobrasen 25 € y hoy recibo este correo:
En relación a su solicitud de cancelación de cuenta,**********1 le informamos que para proceder a la misma es preciso que se dirija a cualquier sucursal del Banco Santander.
Una vez se encuentre en la sucursal, le rogamos que le indique al empleado que le atienda que quiere solicitar la cancelación de su cuenta y que se pongan en contacto telefónico con la oficina 0049 0592 , para que desde aquí le facilitemos el importe que tiene que ingresar para la liquidación definitiva de la cuenta.
Por último, le rogamos que se mantenga a la espera en la misma sucursal hasta que se realicen las gestiones oportunas y le confirmemos la cancelación de su cuenta.
En relación a su cuenta **********, le indicamos que en el día de hoy hemos procedido a tramitar su solicitud de cancelación por lo que ésta ha quedado inoperativa
Me van a cobrar la parte proporcional de los días desde la última liquidación????
Puedo solicitar el cambio a la cuenta dia a dia y posteriormente solicitar la cancelación de la cuenta?
¿Qué me aconsejais?
Gracias
A mí me han enviado el correo esta mañana y tengo todas las invitaciones disponibles. Si alguien quiere utilizarlas éste es mi código: COINC11579
Gracias.
Daniel
Hola,
Soy de Valencia y hace unos meses recibí una propuesta de liquidación complementaria y realicé, por mi cuenta, las alegaciones correspondientes teniendo en cuenta:
Falta de motivación
No se aplica coeficiente corrector teniendo en cuenta el estado de conservación y de antigüedad de la construcción
Aplicación de una norma con efecto retroactivo
Acabo de recibir carta de pago.
He recibido carta de pago por importe de 1611,71 €
La respuesta ha sido:
Por una parte, la Administración ha realizado la comprobación del valor real en base al artículo 57.1.b de la ley General Tributaria; además incluye que la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat compete al Conseller a aprobar y publicar unos coeficientes multiplicadores por tanto resulta aplicable la ORDEN 23/2013
Estos coeficientes se han obtenido del informe emitido por la Dirección General del Catastro
Por tanto afirman que resulta adecuada su aplicación.
Por otra parte, afirman que se ha tenido en cuenta el precio de mercado y tendencia bajista del mercado
No hacen caso de la posible aplicación de un coeficiente corrector.
Y lo peor de todo, tengo que pagar 1600 euros que en estos momentos después de reformar el piso me supone un gran esfuerzo.
¿Qué puedo hacer?
Ya estoy perdido porque no han justificado todos los motivos que tenía, excepto el coeficiente corrector
La carta de pago la recibí el 5 de noviembre y creo que solo tenía un mes para continuar con el procedimiento.
Por cierto, antes de la publicación de la ORDEN 23/2013 se aplicaban otros coeficientes que me son mas beneficiosos para mí.
Por cierto, la fecha de emisión de la carta de pago es del 15/10/2014
y la respuesta a mis alegaciones está firmada con fecha 16/10/2014, ¿eso es legal?
¿Alguien sabe que puedo hacer? ¿A alguien le ha pasado lo mismo?
¿Tenéis o me podéis facilitar un modelo de reposición?
Gracias.
Vale. Ye entiendo lo que hacen.
Yo pensaba que el 10% que te bonificaban era el 10% del importe de la factura SIN IVA
Lo que hacen es calcular el 10% y después quitarle a esa cantidad un 21%, que no sé que sentido tiene porque con este cálculo no le están quitando la parte proporcional del IVA
A ver, la factura con iva son 35,70, sin iva 29,50€ y por tanto tendría que recibir el 10% de 29,5 que son 2,95€
No se calcula cómo tu dices!!
Para calcular el IVA tienes que dividir por 1,21 y no calcular el 21% de la cantidad (3,57) y después restarselo !!!
A mí me lo han abonado 10 días después de lo habitual y no me abonan el 10%
De 35,70 que es la factura me deberían abonar 2,95 (que corresponde al importe sin IVA) y me abonan 2,35. ¿Alguien sabe cómo hacen los cálculos?
A ver yo voy a contratar:
Empresa de parquets que me instala y facilita el material, coste total de 4000€
Fontanero que instala los sanitarios y los proporciona, coste 1000€
Son cantidades ficticias. En la factura me debe especificar cuánto cuestan los materiales y la mano de obra??
Al final si el IVA reducido es de la mano de obra, no voy a ahorrar casi nada :-(((
En todos los supuestos los materiales superan en un 40% a la mano de obra.
Si el parquet con instalación me cuesta 4000€ es imposible que 2400€ sea solo material y 1600 mano de obra. POr tanto todo tendría que ser al 21%
Hola,
Hoy pasé por la oficina porque no me habían contestado a los correos electrónicos y no había tenido una mañana libre todavía para hacerlo.
Me han pedido copia de la lámina para resolver la incidencia (no sé por qué piden copia si ellos ya tienen una) y en una semana me han dicho que me comentaran algo.
Ya os sigo comentando.
Un saludo
Ahh, muchas gracias! Pensaba que lo hacían por mes natural.
Lo que más me fastidia es que haga esta misma consulta a través del correo de la web y por otros medios como facebook y no me contesten. En fin!!