Rankia USA Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia España Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom
Acceder

Fiscalidad

Se registró el 06/04/2009

Sobre Fiscalidad

Al Soy abogado, experto en temas fiscales

http://www.rankia.com/blog/fiscalidad/
--
Publicaciones
23
Recomendaciones
4
Seguidores
Posición en Rankia
999,999
Posición último año
Fiscalidad 22/02/10 06:40
Ha comentado en el artículo Sobre las operaciones vinculadas II
Al anonimo 1 decirte que lo mejor es poner en google operaciones vinculadas y ver los primeros enlaces al tema, y echarle un ojo a este blog de vez en cuanto. Hay un modelo de master file rodando por ahi, que no está mal aunque merecería algo más... sino incumpliera el copyright colgaría un modelo... pero ya sabeís como están las cosas del derecho de propiedad.Luis David... a ver:1) El IVa de laopción lleva IVA al 16 % 2)Si el IVA de la opción se puede regularizar cuando se ejercite al opción al 7% devolviendole al cliente esa diferencia. Se debe rectificar la factura del IVA siempre que no hayn pasado cuatro años desde la misma, sino se debe practicar factura de abono especificando dicho importe, y por supuesto ajustarlo mediante el 303.
ir al comentario
Fiscalidad 22/02/10 06:31
Ha escrito el artículo Lio en el 349
Fiscalidad 07/02/10 18:28
Ha comentado en el artículo El arrendamiento con opcion de compra.
Sujeto Pasivo:se pagaría IVA cuando se ejercite la opción por el precio de la opción. Con un ejemplo lo vemos mejor: Una piso me lo alquilan con opcion de compra, yo por ese piso pago la renta mas iva.Imaginemos que el precio del piso son 200, la opcion vale 100 y por lo aluileres pago 120. Pues si al final por el piso pago los alquileres mas ejercito la opcion pagare 220 mas su IVA.Si se produce un descuento por eso no se paga nada -ojo las vinculaciones-, ya que solo se paga IVA sobre lo efectivamente pagado.Y si la opcion es inscribible pero necesitamos documentos publico.
ir al comentario
Fiscalidad 05/02/10 12:35
Ha escrito el artículo Sobre las operaciones vinculadas II
Fiscalidad 05/02/10 12:10
Ha escrito el artículo El arrendamiento con opcion de compra.
Fiscalidad 07/01/10 15:34
Ha comentado en el artículo La importancia de la fiscalidad internacional.
Anonimo último:Es lógico que tengas problemas en encontrar información ya que la venta de sociedades no residentes es muy compleja y tiene muchas esquirlas.Yo me miraría el CDI entre España y Polonia, y el art. 21 Ley del Impuesto sobre Sociedades.Segun el CDI de 1979 entre ambos estados pueden tributar en Polonia las ventas de acciones, dependera de lo que haga la sociedad y si tiene inmuebles. Pagaran el Impuesto en Polonia. Y si cumple los requisitos puede que no pague allí, ni aquí.Consejo: buscate una buena firma internacional para que te haga todo o un buen asesor local en España y en Polonia, que el tema es supercomplejo. Yo no me arriesgaría!
ir al comentario
Fiscalidad 07/01/10 15:21
Ha comentado en el artículo El lio del "paquete IVA"
Manuel;Si el servicio se prestó antes del 1 de enero de 2010, en principio y de forma general implica que el servicio prestado por un abogado establecido en España a un particular comunitario el servicio lleva IVA español, si el servicio se presta a un empresario comunitario no lleva IVA español sino el del país de destino donde se establece la empresa, que debera autorrepercutirse el IVA correspondiente.
ir al comentario
Fiscalidad 04/01/10 14:46
Ha comentado en el artículo Mucho ojo con las operaciones vinculadas en el 2.009
Hola Goku.Los amigos de la Inspección se están forrando con las operaciones vinculadas dando curso o yendose al sector privado...En petit comite creen que APIFE y la ONI se paso al presionar al Ministerio con una norma tan dura, ya que ahora se deben documentar los salarios de los administradores... lo que a veces es indocumentable...Sinceramente los asesores lo vamos a pasar muy mal en el 2011, 2012 con las inspecciones de las operaciones vinculadas. Los medios ya están, con el modelo 200 se indican las operaciones vinculadas el metodo... si no se indican y se sabe que hay sanción al canto, luego gestión requiere la documentación que justifique esto, si la hay y si hay riesgo (internacional u operaciones con persona fisica) inspección especifica, si no sanción.Entran ya con este tema. El problema es que en Hacienda no tiene ni "flowers" del tema, eso de comparables, cadena de valor, determinación de los riesgos y funciones, les suenan al 90 por 100 (menos a los ONI y a algún regional) a chino, y en Gestión ya les da la risa...Así que veremos cosas muy graciosas -menos para el que sufre el acta-. Ahora tengo una inspección sobre operaciones con ley nueva pero sin norma reglamentaria, tengo documentación preparada por firma internacional, y la inspectora me la quiere tirar abajo... en fin una coña marinera.
ir al comentario
Fiscalidad 04/01/10 14:31
Ha escrito el artículo El lio del "paquete IVA"
Fiscalidad 25/11/09 05:17
Ha escrito el artículo Cambios en los modelos 190 y 390
Fiscalidad 24/11/09 07:23
Ha comentado en el artículo Mucho ojo con las operaciones vinculadas en el 2.009
Hola Jose Luis y Ricky, gracias por pasaros.El Convenio Colectivo es un buen criterio para tener en cuenta a la hora de fijar los salarios. Aunque evidentemente en muchos casos el salario del vinculado es muy superior, para ver el comparativo lo mejor es coger un no vinculada asalariado, o coger los salarios más altos y más bajos de un determinado nivel, ver el medio y ver si el salario está en dicho rango, o no, si está en el rango o si es ligeramente superior y es justificable adelante, sino lo es, tenemos un problema que deberemos documentar adecuadamente.Y Jose Luis ser asesor de provincias es un honor, uno de los temas que más me está entreteniendo es la posibilidad de montar mi despacho de abogado asesor fiscal en mi provincia de origien...
ir al comentario
Fiscalidad 24/11/09 07:18
Ha comentado en el artículo Una pequeña nota sobre la fiscalidad de los prestamos entre socios y sociedad
La teleología de la norma fiscal no afecta a la consideración contable que señala que los prestamos de socios a sociedad, salvo que sean de los denominados participativos se integran en el pasivo exigible. si son participativos se integran, efectivvamente en el neto patrimonial.Es una norma de IRPF realmente curiosa...
ir al comentario
Fiscalidad 24/11/09 07:17
Ha comentado en el artículo Asesorias, gestorias,y econta. La situación de la asesoría fiscal en España (II)
Anonimo 1 y 2, las personas que me habian hablado de econta no me daban estas señales. Me alegro que funcione bien ya que estamos hablando de un nuevo player muy interesante.Sin embargo sólo un pero ¿como teneís un coste tan bajo de servicios?
ir al comentario
Fiscalidad 24/11/09 07:15
Ha comentado en el artículo SOCIMI. Una fantastica opción (fiscal) de inversión
Aliena;Disculpa el retraso en contestarte, las SOCIMI me tienen muy ocupado.Lo que comentaba que se estaba planteando no ha sucedido. Como afirme, cuando uno cambia una vivienda de venta al alquiler para uso como vivienda genera un hecho imponible del IVA que es el autoconsumo interno de bienes, eso lleva a que genere un IVA no deducible porque cambia de un sector que paga IVA, es decir se puede deducir todo el IVA que soporta a otro que no repercute IVA -el alquiler de vivienda está exento, salvo que sea con opción de compra-. Esto no se ha solucionado, aunque la solución es evidente: alquilar con opción de compra para seguir afectando a un sector con prorrata 100% los bienes
ir al comentario
Fiscalidad 18/11/09 13:21
Ha escrito el artículo Una pequeña nota sobre la fiscalidad de los prestamos entre socios y sociedad
Fiscalidad 16/11/09 12:37
Ha escrito el artículo La enseñanza del derecho tributario.
Fiscalidad 23/09/09 05:54
Ha escrito el artículo Reforma Fiscal en México
No hay más resultados