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Gotdo

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Gotdo 10/07/16 03:46
Ha respondido al tema Banco suscribe seguro de hogar sin mi consentimiento...
Siento la demora en contestar. me ha ocurrido lo típico de estos casos, se sluciona el tema y uno se olvida de las dudas planteadas en ls foros. Espero que a alguien le sirva esto de algo, al menoos como orientación. Finalmente me devolvieron los recibos. Presenté reclamación escrita en mi oficina, dirigida al Servicio de Atención al Cliente de la Entidad, el cual me contestó de forma negativa. Acto seguido presenté Reclamación Telemática al Banco de España, adjuntando copia de escritura hipotecaria, copia de los recibos cobrados indebidamente y copia de la reclamación presentada al SAC. Al poco tiempo tenía los recibos devueltos y los importes reembolsados. Dejé sin efecto la vía penal por economía, una vez recuperado MI dinero realmente paso de seguir preocupado con el tema. Lo recnozco, esto de no ir "para alante" sigue dejando estos temas impunes, aunque espero que el "tirón de orejas" del Banco de España sirva para que no continúen con esta mala praxis tan alegremente. Un saludo.
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Gotdo 25/08/15 04:08
Ha respondido al tema Banco suscribe seguro de hogar sin mi consentimiento...
Caja XXXX. A/A Sr. Director Oficina XXXX Av. XXXXX, 2, esq. Pl. XX XXXXX 00000 LOCALIDAD En XXXXXXX, a 19 de agosto de 2015. D. Gotdo, mayor de edad, con D.N.I. 00.000.000-X y con domicilio a efectos de notificaciones en C/ XXX XXX XXX nº XX, 00000 de Localidad, EXPONGO: PRIMERO.- En fecha 28 de abril de 2007 formalizo escritura pública de Préstamo Hipotecario número 0000/0000/00/0000000000 con la Entidad CAJA, abriéndose paralelamente una cuenta corriente al objeto de facilitar a la Entidad el cobro de las mensualidades del referido préstamo hipotecario. SEGUNDO.- Que si bien la citada cuenta corriente no generaba ningún tipo de comisión de mantenimiento, en fecha 25 de mayo de 2013, recibo vía i-Buzón virtual una notificación de MODIFICACIÓN CONDICIONES EN CUENTAS CORRIENTES / LIBRETAS DE AHORRO CON FINALIDAD CONSUMO, en la que se me informaba de una futura comisión por mantenimiento de cuenta y con fecha de aplicación el 15 de junio de 2013. TERCERO.- En fecha 28 de mayo de 2013 les notifico de forma expresa y por escrito la NO ACEPTACIÓN de la citada MODIFICACIÓN CONDICIONES EN CUENTAS CORRIENTES / LIBRETAS DE AHORRO CON FINALIDAD CONSUMO, dado que la citada cuenta estaba (y así continúa) destinada únicamente al pago de la cuota hipotecaria. Por tanto, dicha “modificación de condiciones” no fue aceptada ni solicitada por mi parte. En este sentido la Circular 5/2012 de 27 de junio del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos establece en su Norma sexta, apartado 2.5-j, En su caso, los gastos de mantenimiento de una o varias cuentas, si estas fueran necesarias para registrar a la vez las operaciones de pago y de disposición del crédito (salvo que la apertura de la cuenta o cuentas sea facultativa), los gastos relativos a la utilización de un instrumento de pago que permita efectuar a la vez las operaciones de pago y de disposición del crédito, así como cualquier gasto derivado del contrato de crédito y las condiciones en que dichos gastos podrán modificarse. Cuando la apertura de una o varias cuentas sea obligatoria para el cliente, los gastos de mantenimiento de ellas no podrán ser modificados unilateralmente por la entidad, siempre que la cuenta o cuentas se utilicen exclusivamente para las operaciones de pago o de disposición del crédito. CUARTO.- Que la Circular 8/1990, de 7 de septiembre Banco de España, basada en la Orden Ministerial de 12 de diciembre de 1989 dice textualmente: Comisiones de mantenimiento en cuentas vinculadas a otra operación de activo o pasivo El Servicio considera que cuando las cuentas se mantienen por imposición de la entidad cuando son utilizadas exclusivamente para abonar los intereses de un depósito o para dar servicio a un préstamo hipotecario no corresponde a los clientes correr con los gastos de ninguna comisión por mantenimiento o administración. Ciertamente, tales situaciones conducen al absurdo de que el cliente tenga que pagar por cumplir una obligación -como la apertura de una obligación -como la apertura de una cuenta para facilitar la gestión de la entidad- que la propia entidad le impuso en interés propio, lo cual es claramente contrario al principio de reciprocidad y a las buenas prácticas y usos bancarios. En el mismo sentido, el Servicio de Reclamaciones del Banco de España (Memoria de 2005, www.bde.es) mantiene desde hace tiempo el criterio de que, dado que estas cuentas han sido impuestas por la entidad para facilitar la gestión del cobro de los préstamos y se utilizan exclusivamente para pagarlo, no reúnen los requisitos necesarios para el cobro de comisiones, ya que éstas se derivan de la prestación de un servicio solicitado y aceptado por el cliente. Por lo tanto, desde la perspectiva de las buenas prácticas bancarias, no es correcto cobrar comisiones de mantenimiento o administración en este tipo de cuentas, ya que se llegaría al absurdo -dice el Banco de España- de que el cliente pague por cumplir una obligación. Dicho Servicio de Reclamaciones, en su pág. 102, dice lo siguiente: COMISIONES DE MANTENIMIENTO EN CUENTA ABIERTA POR EXIGENCIA DE LA ENTIDAD Entidades: CAJA RURAL DE TOLEDO, SCC.— Reclamación n.º 2092/05. CAJA DE AHORROS Y PENSIONES DE BARCELONA.— Reclamación n.º 793/05. CAIXA D’ESTALVIS LAIETANA.— Reclamación n.º 2164/04. BANCO GUIPUZCOANO, SA.— Reclamación n.º 2474/05. Con carácter general, y sobre la legitimidad del adeudo de comisiones de mantenimiento en las cuentas que los prestatarios se obligan a abrir en las entidades para llevar a cabo el pago de préstamos, el Servicio se ha pronunciado reiteradamente en el sentido de considerar que, cuando las cuentas son utilizadas exclusivamente para el pago del préstamo, la prestación del «servicio» en estos casos se lleva a cabo por exclusiva imposición de la entidad, sin que corresponda, por tanto, a los prestatarios soportar el cargo de importe alguno por tal función. En este sentido, se considera que, como presupuesto necesario para el devengo de comisiones, debe concurrir la prestación de un servicio interesado y aceptado por el cliente, y en este tipo de reclamación resulta de suma importancia el hecho de que sea la misma entidad la que requiriera a sus clientes para que tengan abierta una cuenta domiciliataria de los recibos del préstamo. Ello desencadena que, al cobrar periódicamente ciertos importes fijos en concepto de mantenimiento y/o administración de cuenta, se esté imponiendo al prestatario el pago de unas sumas obligatorias que no se tuvieron en cuenta al suscribir el préstamo ni, por tanto, al establecer las condiciones financieras del mismo. Ciertamente, tales situaciones conducen al absurdo de que el cliente pague por cumplir una obligación —apertura de cuenta para facilitar la gestión de la entidad— que esta le impuso en interés propio, siendo ello claramente contrario al principio de reciprocidad y a las buenas prácticas y usos bancarios. En los expedientes de este epígrafe, las entidades reclamadas actuaron en contra de los usos y buenas prácticas bancarios al percibir comisiones de su cliente por el mantenimiento de una cuenta que supone una facilidad operativa para la propia entidad, pero que no presta ningún servicio al reclamante.” QUINTO.- Que pese a tratarse de una cuenta corriente impuesta por CAJAMAR para facilitar su propia operativa, y utilizada única y exclusivamente para el cobro de gastos derivados del préstamo hipotecario, sumado esto a que en mayo de 2013 les comuniqué de forma fehaciente la no aceptación de la modificación de condiciones impuesta unilateralmente por su Entidad, hasta el día de la fecha se me está cobrando de manera ininterrumpida una “COMISIÓN DE MANTENIMIENTO”, de periodicidad trimestral por importe de 15,00€ desde junio de 2013. POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO, LES SOLICITO: PRIMERO.- El cese inmediato en el cobro de las referidas comisiones de mantenimiento y/o administración. SEGUNDO.- La devolución de las comisiones de mantenimiento y/o administración cobradas desde el 15 de junio de 2013, importe que asciende a 135€. Gotdo Recibido y conforme 00000000X (Sello de la entidad y fecha) C/ XXX XXXXXX XX 00000 Localidad
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Gotdo 25/08/15 03:52
Ha respondido al tema Banco suscribe seguro de hogar sin mi consentimiento...
A ver si me deja subir las cartas Creo que se ve regular, la dejo escrita a ver... Caja XXXX. A/A Sr. Director Oficina XXXX Av. XXXXX, 2, esq. Pl. XX XXXXX 00000 LOCALIDAD En XXXXXXX, a 19 de agosto de 2015. D. Gotdo, mayor de edad, con D.N.I. 00.000.000-X y con domicilio a efectos de notificaciones en C/ XXX XXX XXX nº XX, 00000 de Localidad, EXPONGO: PRIMERO.- Que en fecha 1 de agosto de 2015 (sábado) me han sido cargados, en la cuenta corriente donde la Entidad CAJAMAR cobra las mensualidades del Préstamo Hipotecario y sin mi firma ni expreso consentimiento, las cantidades de 98,90€ y concepto 0X 000000001, y de 22,76€ y concepto 0X 000000002, correspondientes a sendas pólizas de seguro de incendios, ocasionándome además un descubierto. SEGUNDO.- Que habiendo mantenido conversación telefónica el pasado día 4 de agosto de 2015 (lunes) con quien se identifica como Subdirectora de esa oficina, Dña. XXXX XXXXX XXXXX, ésta le dice textualmente que, “como no sabemos si tienes seguro, te hemos hecho uno”. Dicho esto le explico a esta persona me encuentro de vacaciones fuera de la provincia por lo que me es imposible acudir a esa oficina, pero que el inmueble hipotecado posee en la actualidad póliza de seguro (modalidad multirriesgo) con la compañía MAPFRE, constando en la misma además una cesión de derechos a favor de CAJAMAR, ante lo cual me contesta, y cito textualmente “envíame entonces la póliza y el recibo al e-mail [email protected], porque sin eso no te puedo hacer el reintegro”. Por ello, y desde la oficina NOMBRE DE LA OFICINA DE MI ASEGURADORA, sita en Av. XXXXXX 00 de Localidad y por personal de la misma, todo ello mediante e-mail corporativo, es enviada la documentación requerida al e-mail facilitado por la Sra. XXXX XXXX (Subdirectora de la Caja). Paralelamente TERCERO.- Que ya el día 14 de agosto de 2015, y no teniendo constancia de que se hayan reintegrado las cantidades cobradas indebidamente, contacto de nuevo telefónicamente con la oficina 0000, atendiéndome una vez más la Sra. XXX XXXX la cual me dice textualmente, “la documentación enviada no me vale, si quieres que te haga el reintegro vienes y me firmas el recibo de la póliza que me has enviado, es lo que hay”. POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO, LES SOLICITO: PRIMERO.- La devolución, íntegra y a la mayor brevedad posible, de las referidas cantidades correspondientes a las primas de seguro, las cuales han sido formalizadas y cobradas sin mi expreso consentimiento. SEGUNDO.- El retroceso de cualquier comisión futura provocada por el descubierto originado por la Entidad al formalizar y cobrar las referidas pólizas de seguro. Y todo ello, sin perjuicio de adoptar las acciones judiciales que pudieran corresponder. Gotdo Recibido y conforme 00000000X (Sello de la entidad y fecha) C/ XXX XXXXXX XX 00000 Localidad
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Gotdo 20/08/15 12:27
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Será que he tenido mala suerte, porque esto mismo es la segunda vez que me ocurre con la misma oficina (aunque ahora he tomado cartas en el asunto) y ya me ocurrió una primera vez en 2013 con otra oficina de la misma entidad. Por lo que a mi respecta, esta Caja, tiene una forma concreta de operar. Y roza lo ilegal, si no lo supera. EDITO. No creo que se trate de una afán desmedido por el trabajador de turno por cumplir objetivos y/o ganar incentivos, sino algo más sencillo. Mala praxis profesional. Esta Caja es una de las entidades que se vieron afectadas por la STS sobre las "Cláusulas Suelo" (así acotáis entidades y os imagináis cual puede ser). Justo desde esa fecha, comenzó a tomar una serie de medidas claramente orientadas a minimizar esas pérdidas que iban a tener como consecuencia la rectificación en los intereses aplicados a sus hipotecas. De hecho, basta con haber leído un documento interno de la Caja que en su día circuló por la red en el que hacía mención a este asunto, y animando a sus trabajadore a paliar dicha incontingencia aplicando otras operativas. Está claro que el tema de suscribir seguros de incendios por la cara y de cobrar comisiones de mantenimiento en cuentas cuyo único uso es el de ingresar efectivo para pagar la hipoteca (tema ya tratado por el BdE) va encaminado a ello. No me cabe la menor duda.
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Gotdo 19/08/15 08:26
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Esta misma mañana he presentado el escrito. No estaba la subdirectora, pero si el directo que al decirle por qué estaba allí me ha invitado a entrar en su despacho (algo debía saber del tema, está claro). Se ha mostrado muy conciliador y dando muestras de que "quería solucionarme el problema", aunque al final lo único que quería era lo mismo que la subdirectora, el recibo firmad de mi puño y letra. Ha intentado irse por las ramas, que "si la Caja tiene esas précticas es porque podrá, porque tiene un servicio jurídico", que si "tengo la obligación de llevarles la póliza completa y el recibo", y un largo etc. También intentaba escudarse en que la póliza que me ha hecho la Caja es una "póliza colectiva para casos como el tuyo, que no demostráis que tenéis seguro de incendios contratado", porque claro "a nosotros nos obliga a hacerlo el BdE". Acojonante. Le he respondido que el que el BdE obligue a que los inmuebles hipotecados dispongan de tener seguro de incendios no faculta a la Caja a suscribir, sin mi firma ni consentimiento expreso, un seguro a mi nombre, constando ellos como TOMADOR y cargándome el gasto a mi. Por un oído le entraba y por otro le salía. Como he visto que no iba a retrocederme los recib porque "yo desde aquí no puedo, ese es la central", le he presentado el escrito. Al principio no quería recepcionarlo, me ha dicho que para eso estaban las hojas de reclamaciones y ya le he explicado que se trata de una plantilla estandarizada pero que no era obligatorio cumplimentarla si, en mi caso, yo llevaba el escrito ya hecho. En fin, artimañas para no recogérmela. Luego ha estado dudando y me ha dicho que "según el contenido del escrito, igual no tengo por qué cogerlo". A lo que directamente le he contestado: "no tengo por qué enseñarte el contenido con anterioridad a la presentación, pero no me importa, lee lo que estimes oportuno y, si te niegas a recepcionarlo, ya tomaré las medidas oportunas". Le ha echado un vistazo y "buen, realmente no es una reclamación, así que no hay problema". Todo ello porque, tras una EXPOSICIÓN DE HECHOS, termino con un SOLICITO. En fin... Me ha dicho que él mismo lo tramitaba. Durante la conversación de nada le han valido ejemplos, menciones a la Ley Hipoetecaria, a la Ley del Seguro, a la LO de Protección de Datos de Carácter Personal..., nada. La Caja es la repera, todo lo que hace está bien (por aquello del servicio juríico propio), etc. Según me decía, la Caja tiene unas normas y van a misa, aunque la ley diga otra cosa "porque esas normas la desarrollan". Un imposible, vamos. Igualmente le he comentado que ojo con el tema de la LOPD, pues han utilizado los que obraban en su poder para el tema de la hipoteca al objeto de hacerme un seguro. Pero según él, yo he cedido esos derechos al hacer la hipoteca. Comprobaré si en mi escritura pone algo al respecto, y aunque lo pusiese, habría que ver dónde está el límite de cesión. Aparte de todo esto, he presentado otro escrito solicitando el cese en la comisión de mantenimiento trimestral, de 15€, a la que ya en su día me opuse pero que me han cobrado desde hace más de 2 años. Si me decías cómo, subo ambos escritos para que los valoréis y por si a alguien le sirven de plantilla.
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Gotdo 18/08/15 07:42
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He preparado un escrito dirigido al director de la oficina. Mañana iré y le pediré personalmente que solucione el asunto. De seguir en sus trece presentaré la reclamación oportuna, sin perjuicio de que tome otras medidas legales. Esto clama al cielo. La aseguradora con la que han hecho las pólizas es la propia de la Caja.
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Gotdo 18/08/15 07:40
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Hola de nuevo. No he firmado absolutamente nada. Tampoco me han dado copia de esa supuesta póliza. Digo supuesta porque a día de hoy tan sólo tengo constancia de ella por los cargos que me han realizado y por quedar reflejados en los movimientos de la cuenta. Repito, mi préstamo hipotecario no tienen ningún tipo de vinculación adicional, ni bonificaciones por contratación de servicios con la Caja. La Caja ya tiene copia de mi póliza (y del recibo de pago), donde también se refleja la cesión de derechos. Dichas copias se las enviaron a la subdirectora de la oficina vía e-mail desde el correo corporativo de mi aseguradora, pero "no le vale".
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Gotdo 18/08/15 07:36
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Así es, tengo la cesión de derechos perfectamente descrita. Así ha sido desde que contraté mi primer seguro de hogar. El caso es que con esta entidad no tengo ningún tipo de vinculación. Tan sólo la hipoteca, la cual pago religiosamente todos los meses. Ni seguros, ni tarjetas, ni nóminas... nada. Precisamente porque ya se portaron realmente mal conmigo en la constitución de la hipoteca y años posteriores. Entondes, y a pesar de no tener ninguna obligación, tenía nóminas, tarjetas con bastante uso, recibos domiciliados, etc...
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Gotdo 17/08/15 05:49
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Hola. No sé si te refieres a mí en que no estoy en lo cierto, porque tampoco me dices en qué... A ver, sé que la Ley Hipotecaria obliga a tener contratado una póliza contra incendio en todo inmueble sobre el que pese una hipoteca. Independientemente de ello, yo, como tengo un sentido de la responsabilidad y a la vez me preocupo por mis cosas, tengo contratado, desde 2007, un seguro multirriesgo. En cuanto al tema de la información que tiene la entidad, ellos conocen fehacientemente que el inmueble está asegurado. Además, ya desde 2013 que me hicieron la misma jugada, les proporcioné póliza de seguro (en la que viene recogida la cesión de derechos) así como el recibo de estar pagada. El año pasado, en 2014, misma jugada y mismo procedimiento. Este año, repiten procedimiento. No me avisan de nada, no me piden consentimiento, no firmo absolutamente nada y, tampoco, me ofrecen copia de esa póliza que ellos se sacan de la manga. Directamente la cobran (el sábado 1 de agosto), me provocan un descubierto y me dicen "es lo que hay, ya lo sabes". "Tienes que enviarme copia de la póliza y recibo de pago FIRMADO POR TI" Comooo...? Estupefacto me quedo. Pese a ello, y encontrándome de vacaciones en localidad distinta a donde se encuentra la oficina de la entidad, acudo a una sucursal de mi compañía aseguradora, le explico el caso y muy amablemente la trabajadora le envía, por correo electrónico corporativo de la cía., copia de la póliza y del recibo, explicándole además que se encuentra "activo". Pasan los días y veo por internet que continúan sin devolverme mi dinero, contacto con la oficina y la subdirectora me dice, de nuevo, que "no me devuelven nada hasta que no les envíe el recibo firmado", es entnces cuando le digoo que me parece un atropello en toda regla y les presentaré una reclamación formal, a lo que me contesta "haz lo que veas oportuno, ya sabes qué tienes que hacer para que se te devuelva el dinero". Acojonante. Por ahora, no me han pasado ninguna comisión por descubierto (hice transferencia bancaria para solventarlo en cuanto tuve conocimiento, el 3 de agosto). Consultaré con mi seguro el tema de la asistencia jurídica.
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