Buenas tardes Ciro,
Para el año gravable 2017 personas naturales solo se habilitaron dos formularios para declaración de renta.
Formulario 110, para personas naturales y/o sucesiones ilíquidas no residentes.
Y formulario 210 para personas naturales y/o sucesiones ilíquidas de residentes.
Es necesario que revises las condiciones, para conocer a cual de los dos aplicarías.
Saludos
Buenas tardes Jfuentes102,
Recuerda que el artículo 8 del Estatuto tributario indica que los cónyuges, individualmente considerados, son sujetos gravables en cuanto a sus correspondientes bienes y rentas.
Durante el proceso de liquidación de la sociedad conyugal, el sujeto del impuesto sigue siendo cada uno de los cónyuges, o la sucesión ilíquida, según el caso.
Si es para el periodo fiscal 2017, debes validar el instructivo de diligenciamiento del formulario 210.
Y no olvides el decreto 1951 de 2017, el cual indica:
Artículo 1.6.1.13.2.6. Contribuyentes obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementario. **
Artículo 1.6.1.13.2.7. Contribuyentes no obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementario.**
Artículo 1.6.1.13.2.15. Declaración de renta y complementario de personas naturales y sucesiones ilíquidas.**
Debes realizar una lectura del Decreto 2250 de 2017 por los cambios estructurales en la determinación del impuesto a la renta de personas naturales.
Y te sugiero revisar tu residencia fiscal en los los Artículo 9 y 10 del Estatuto Tributario.
Saludos
Buenas tardes Camurgue,,
Recuerda que las indemnizaciones pueden tomarse como rentas exentas.
Es necesario que valides la clasificación de la indemnización de acuerdo al instructivo de diligenciamiento del formulario 210:
https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/formulariosinstructivos/Formularios/2018/Formulario_210_2018.pdf
Y a la evidencia que manejes.
Saludos
Buenas tardes Gloma,
En el siguiente enlace encuentras el micrositio con toda la información para la declaración de renta año gravable 2017:
https://www.dian.gov.co/impuestos/personas/Renta_Personas_Naturales_2017/Presentacion/Paginas/default.aspx
En este encuentras el ABC de renta, el programa ayuda renta, los obligados y no obligados, la determinación de las rentas cedulares, presentación, pago de la declaración, normatividad e información adicional.
Saludos
Buenas tardes Gloma,
He respondido a la duda que has planteado en el post de declaración de renta, puedes verificar la respuesta a tu consulta allí.
Cualquier inquietud nos escribes por favor.
Saludos