Rankia USA Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia España Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom
Acceder

j_barrabaja

Se registró el 14/11/2016
--
Publicaciones
13
Recomendaciones
1
Seguidores
Posición en Rankia
999,999
Posición último año
j_barrabaja 14/12/19 22:00
Ha comenzado a seguir al usuario
j_barrabaja 31/10/19 07:02
Ha comenzado a seguir al usuario
j_barrabaja 24/05/19 07:13
Ha respondido al tema Seguro de dependencia.
A ver, en este caso, la IPA no pinta nada porque ya está jubilada... Vamos creo, no? La dependencia... Es harina de otro costal, en efecto, pero las necesidades de cada uno y el nivel de ahorro que puede poner sobre la mesa hay que estudiarlas muy mucho. Los seguros como tú Vida1 yo los veo para el ejemplo que me has puesto tú: 40 años y en función de las coberturas de s.s. de las que dispongas. Luego ya no. (Vamos, muy luego, quiero decir)
Ir a respuesta
j_barrabaja 24/05/19 06:29
Ha respondido al tema Seguro de dependencia.
Si... Es un mix de coberturas chulo a día de hoy. Luego hay que ver las primas y tal. Lo único, que para el caso de la forera que ha creado el hilo no sirve. (De la que nunca más se supo, por cierto. Me encantaría saber que ha hecho al final) La prestación por dependencia de grado 2 se paga si está se adquiere antes de la edad de jubilación... ¿Correcto? Y la IPA no se cubriría. Por otro lado... Como dice Patocles, estos seguros en edades próximas a la jubilación no cubren una merma real de ingresos, tan solo en el caso de un grado 3 de dependencia pueden tener mucho sentido, cuando hay un incremento importantísimo en las necesidades de gasto.
Ir a respuesta
j_barrabaja 17/05/19 19:47
Ha respondido al tema Seguro de dependencia.
Hola Karmina. Lo primero que tienes que tener claro (por aquello de "me temo que haya trampa..." Es... Grado III. Gran Dependencia. Cuando la persona afectada necesita ayuda para realizar tareas más de tres veces al día y, en caso de tener pérdida total de autonomía, requiere un apoyo permanente de un cuidador. Grado II. Dependencia severa. Cuando la persona afectada necesita ayuda para realizar varias tareas dos o tres veces al día pero sin necesitar el apoyo total de un cuidador. Grado I. Dependencia moderada. Cuando la persona afectada necesita ayuda en actividades de su vida diaria al menos una vez al día. También puede darse el caso de necesitar, de forma esporádica, apoyo limitado para su autonomía personal. El seguro de dependencia no es para pagar los gastos de una residencia, sino para cobrar un capital o renta en todos, alguno o varios de los casos que te he citado. Si lees bien la propuesta que te hagan evitarás contratar algo distinto de lo que necesitas. Por otra parte, si estás jubilada, lo del seguro de invalidez como que no lo veo. Saludos.
Ir a respuesta
j_barrabaja 17/05/19 19:28
Ha respondido al tema Seguro de Salud
Hola Karmina. Muchas compañías ofrecen pólizas con las características que comentas y coberturas de calidad. Supongo probable que seas Navarra, si es así, yo me fijaría en el cuadro médico principalmente, buscando coincidencias de profesionales con ACUNSA (que los tengas en las dos pólizas) También me fijaría en qué entra exactamente: "todo menos hospitalización" significa medicina general, especialidades, urgencias y medios de diagnóstico. Compara esos cuatro ámbitos. Si me pides que te nombre compañías, a día de hoy me gustan DKV y Mapfre... pero te diría que no pienses en compañías y pierdas tiempo en leer o pedir que te expliquen los puntos anteriores. Saludos.
Ir a respuesta
j_barrabaja 19/11/18 21:16
Ha respondido al tema Cambio compañía póliza de salud (por incremento en precio)
Si el caso es como entiendo yo, quedate en Adeslas. Imagino que estabas en un colectivo abierto que tendría pocos tramos de edad y por ello, una diferencia muy grande entre ambos. O algo parecido. No se si lo habrás probado, pero igual puedes salir de ese colectivo y hacer el seguro particular (sin estar en colectivo) con adeslas que según comenta por ahí un compañero y creo yo recordar tambien, es bastante mas barato para esa edad. O incluso que te ofrezcan otro colectivo abierto, o algo así. De esa forma, quizas por seguir en la compañía no se apliquen posibles preexistencias. Y mantienes el cuadro medico. De las que comentas, a mi particularmente las que mas me van son DKV y Caser, pero es que de una provincia a otra... puede cambiar. Por otro lado, te invitaría a que valorases la opción del SUPRA de Mapfre. Me parece cojonudo. Te tengo que decir, eso si, que yo soy agente de Mapfre, pero vamos que soy honrado y te lo digo... Aunque repito: co-jo-nu-do.  
Ir a respuesta
j_barrabaja 23/10/18 18:33
Ha comentado en el artículo TILT. Josef Ajram R.I.P. El límite estaba en el -21%.
Yo soy un vendedor. Un excelente profesional de la venta. Ponerme a gestionar no me convierte en gestor, pero si en otra cosa. No es que me alegre del fracaso de este hombre (porque además no creo en tal fracaso, un día hará algo bien y dirá que ha sido un éxito en mil etapas) más bien al contrario, porque él es el único que no pierde, pero creo que hay gestores más profesionales y más involucrados y comprometidos con sus proyectos y me alegra que cada cual quede en su sitio. Por otra parte, si un tío se enorgullece de haberse arruinado 15 veces, joer... No le dejes tu pasta.
ir al comentario
j_barrabaja 02/11/17 17:11
Ha comentado en el artículo Cataluña: Efecto Boomerang y Efecto Frontera
Respecto al efecto Boomerang, al menos explicado como aquí se hace, sinceramente pobre. Tomando el reciente ejemplo de D. Josep Borrell sobre el corcho extremeño en el cava catalán: en otras regiones incluidas en las "tierras del cava" (léase Campo de Borja, Cariñena, Requena... donde por cierto, se elaboran algunos de los mejores espumosos de España, que humildemente aconsejo degustar) también se utiliza corcho extremeño, por lo que, finalmente, la corteza de alcornoque compatriota llegaría igualmente a nuestras casas. Pero veamos algo mas: la producción, por ejemplo, aragonesa de cava en 2016 no llegó a 700.000 botellas, sobre los 2 millones en Valencia... en Cataluña nos movemos en los 90 millones. Así, el reparto de 90 millones entre los productores de los 159 municipios del consejo regulador del cava, daría un menor poder negociador a cada uno de ellos, por lo que el alcornoqueño extremeño podría obtener mayor beneficio en cada transacción. Así, como siempre, una atomización de la demanda favorecería al productor. Y por último, si las propias bodegas se trasladan fuera de Cataluña... Honestamente, por que no hacer como consumidores lo propio?
ir al comentario
j_barrabaja 08/05/17 18:47
Ha respondido al tema ¿Qué seguro de ahorro infantil recomendaríais hoy en día?
Hola Felipe. A día de hoy ningún producto garantizado te da unas expectativas optimistas frente al riesgo de inflación. Por otro lado, aunque cuando hablamos desde las aseguradoras parezca lo contrario, nadie te garantiza la participación en beneficios. Especialmente dolorosa es la perspectiva de atarte a un producto con una expectativa de IT+PB ligeramente sobre la inflación hoy y que dentro de 5 años pueda estar 5 o 10 puntos por debajo tanto de la inflación como del entorno mercado. En las circunstancias actuales y dado que te planteas un horizonte a largo plazo, te recomiendo que salgas a mercado. Pero antes fíjate un plan de que quieres conseguir, se realista en cuanto a necesidades probables de tus hijos en el futuro, expectativa de rentabilidad... decide que porcentaje de ahorro va a ser la base de tu ahorro y trabaja está parte en fija a corto (busca la menor comisión de gestión) y decide también que porcentaje destinadas a obtener rentabilidad (que parte de tu ahorro tirará del conjunto para mantener el poder adquisitivo de tu ahorro y cuál es la cantidad mínima que te permite obtener la rentabilidad esperada) en renta variable. Busca un gestor para tu ahorro que cuide tu dinero como suyo. En el futuro los tipos subirán y entonces si, será el momento para contratar garantizado.
Ir a respuesta
j_barrabaja 20/12/16 16:58
Ha respondido al tema Duda sobre incapacidad permanente total
Estimado Botella: Tienes razón. En el primer caso se me coló por ahí un "absoluta" que no debería estar. En el segundo caso (el de la perdida permanente de las facultades para el desempeño de las labores propias de una especialidad concreta de una profesión) no hay incapacidad en el sentido legal (dado que no se pierde la capacidad para el desempeño de la profesión, volvemos al caso del cirujano que no puede operar por la perdida de un pulgar que lo INCAPACITA para ello, pero puede pasar consulta) ergo la SS no interviene. En estos casos es el texto del contrato del seguro el que determina cuando se aplica un subsidio o no. La verdad es que escribí el post al que respondes a la hora de la siesta, por lo que no me importa admitir que podía estar mejor escrito. Por otro lado, creo que el mensaje quedaba suficientemente claro y más, viendo por tu forma de escribir que eres un tipo de intelecto solvente.
Ir a respuesta
j_barrabaja 19/12/16 09:59
Ha respondido al tema Duda sobre incapacidad permanente total
Hola. La profesión de un cirujano no es médico, es cirujano. Si perdiese el pulgar, por ejemplo, seguiría pudiendo pasar consulta, por lo que no tendría la total. Cualquier seguro de vida puede cubrir la incapacidad absoluta (para cualquier profesión) Algunos seguros permiten cubrir la incapacidad absoluta permanente para la profesión habitual (A.K.A. "la total") Osea, para un cirujano, el ejercicio de la medicina. Existen seguros muy orientados que permiten cubrir la incapacidad para el ejercicio de una especialidad dentro de una profesión, por ejemplo, cirugía dentro de medicina. En estos casos, la seguridad social no interviene para conceder o no incapacidad, por lo que hay que ser extremadamente atento en cuanto al texto de los condicionados, coberturas y exclusiones. Sl2
Ir a respuesta
j_barrabaja 01/12/16 21:21
Ha respondido al tema Franquicias Correduria
Pues entonces, lo segundo que has de hacer es ver con tu compañía que pasa con los derechos de cartera. Respecto al cambio a corredor y las franquicias... No se, supongo que depende un poco de tu actividad. Quiero decir, si haces seguros generales, puede estar bien. Si estas muy especializado en algún ramo o nicho, quizás te convenga alguna colaboración con una correduría fuerte en lo mismo que tu, con buenos acuerdos con compañías. No obstante, esperaría a ver como queda la legislación el marco de la IDD, porque con una ley a la italiana, antes me haría vinculado que corredor. Suerte.
Ir a respuesta
j_barrabaja 24/11/16 03:31
Ha respondido al tema Ayuda caida muro en mi coche
Veras winfiz, ningún problema en que me consultes lo que quieras, pero sobre como abordar este asunto, poco mas te puedo ayudar. Dime exactamente que dudas tienes e intentamos en abierto primero. Un abrazo.
Ir a respuesta
j_barrabaja 23/11/16 18:29
Ha respondido al tema Ayuda caida muro en mi coche
Hola winfiz. Antes de nada, discúlpame por tardar un poco mas de lo que te dije en responder. Además, parece ser que tengo limitado el numero de mensajes privados y tengo que hacerlo en abierto (bueno, así si digo mal, alguien me corregirá) Te voy a decir las opciones que tienes. En función de tus circunstancias personales, tu sabrás cual es la que mas te interesa. Económicamente, la opción que mas te aportaría es olvidarte del seguro del coche y reclamar al seguro de la finca (si tiene seguro, si no lo tiene, aunque la obligación de indemnizar sea la misma, olvídate) El problema de esta vía es que como imaginas es la mas lenta. Por lo que me ha dado tiempo a revisar, casos similares, se han resuelto en un par de años. Implica abogados, juicios... y siempre el riesgo de no ganar o que la indemnización al final no compense. En todos los casos que he revisado el resultado te sería favorable, pero ya sabes que si vas a por lana siempre corres el riesgo de salir trasquilado. Otra opción es que pelees con la compañía por el "valor de afección" del vehículo. Valor de afección = Valor venal + un %, el cual suele oscilar entre el 20%-30%. Normalmente se aplica cuando existe una diferencia aproximada del 50%-100% entre el valor venal y el de reparación, y cuando el vehículo se conservaba en buen estado, con pocos kilómetros, siendo el único vehículo en el núcleo familiar o como es tu caso, siendo importante para tu movilidad, etc.. Esto es algo que debes solicitar a la compañía pero ojo DESPUES DE TENER LA PERITACION o documento que la justifique (no tienen obligación de darte el informe del perito, dado que lo han pagado ellos, no tu) y en el que se refleje que el valor de acepción no está ya incluido. Cuando pidas el valor de afección, interesa que aportes toda la documentación posible para justificar el buen estado del vehículo (libro de revisiones, facturas de reparación y piezas nuevas, fotos previas al siniestro...) y busca en internet ofertas de coches de igual marca y modelo que el tuyo, con los mismos km y edad y que sean lo mas caras posibles. Me comentaste que la reparación la valoraban sobre los 6000€. De esta forma que te digo, si el valor venal es 2500 y lo subes a 3000 o 3250, no me resulta descabellado pensar que puedas reparar el coche por unos 5000 o quizás algo menos. Si optas por reparar el coche (entiendo que conseguir un automático por 3000€ es mas bien descabellado) que sepas que te queda la vía de reclamar al seguro de la finca por la diferencia entre la indemnización y la reparación. Para el tema de abogados, quizás si perteneces a algún colectivo o asociación ellos te puedan echar un cable. Orientativamente te puedo citar algunas sentencias que vienen a colación en tu caso - Sentencia de la Audiencia Provincial de Gerona, sección 1ª del 2 de noviembre 2009 - Sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla, sección 5ª del 7 de mayo 2009 - Sentencia de la Audiencia Provincial de Álava, sección 2ª del 23 de febrero de 2002 Todas ellas apoyan la doctrina de "restitutio in integrum" esto es, la reparación del daño hasta el estado previo al acaecimiento del siniestro (no el valor venal, que solo funciona entre tu y tu aseguradora de coche) No pensaba hacerlo, pero te voy a decir como lo haría yo o como lo enfocaría yo para un cliente mío: De momento, a la finca, le pides el 100% del valor de la reparación, que no te pagarán, pero a ver si de propio te ofrecen algo... te ayudaría tener algún presupuesto o factura pro forma de la reparación y a tu seguro le pides el venal mas afección. Podría haber suerte. Ultimo consejo, no es por tocar las narices, solo por defender mi profesión: todo esto que te acabo de contar, te lo he contado por lo importante que es el caso para ti. Esto es lo que hace un corredor por sus asegurados. Está en tu mano que tu próximo seguro te lo haga un profesional que guarda tus intereses o alguien que te deja en bragas si pasa algo. Yo cobro por esto, en tu caso no, claro, pero no es lo normal que lo haga gratis. Así que ya sabes, tus próximos seguros, con un corredor. Y honestamente, debería ser conmigo. ;)) Un abrazo y mucha suerte.
Ir a respuesta
j_barrabaja 19/11/16 07:45
Ha respondido al tema Subrogación de seguro en compra/venta
La reforma probablemente incrementa el va los del piso y si tocas instalaciones reduce el riesgo, ergo también la prima. Y piensa que hay cosas que pondrás en la reforma que a nivel de seguro probablemente sean contenido. Así, a bote pronto, no se me ocurre mucho mas.
Ir a respuesta
j_barrabaja 18/11/16 06:46
Ha respondido al tema Sueldo / prestación económica de un director técnico de correduría
Si... yo también creo bastante en el colegio. Sucede que el anterior gerente ha pasado a mejor vida, mucho mejor según dicen, donde va a parar (es un tipo muy querido y se jubiló) y la persona que queda por el momento en el colegio (y que es un sol) está desbordada. Por otro lado, mi economista de cabecera es uno de los socios y dado que todo lo que yo gane de mas lo ganara el de menos, aunque le aprecio un montón, por higiene mental no puedo acudir a el... en resumen, algo perdido ando. Por lo que imagina lo que agradezco tu ayuda. Un abrazo. (disculpad todos las tildes... el móvil...)
Ir a respuesta
j_barrabaja 18/11/16 04:41
Ha respondido al tema Sueldo / prestación económica de un director técnico de correduría
Muchas gracias, Avante, por tu ayuda. En efecto, me ha sido muy útil consultar el convenio, no se como no había caído. Una duda que tengo es si como dices debería ser retribuido como director técnico (lo que, según creo, me obliga a hacer IVA siendo que en los ingresos de la correduría no se aplica este concepto) o por contra, facturar como "actividades auxiliares de búsqueda de clientes" sin IVA, pero con retención de IRPF por la correduría. A esto entiendo que tengo que darle una vuelta... porque parece que como administrador es lo mas descartable. Bueno, reitero lo dicho: muchísimas gracias.
Ir a respuesta
j_barrabaja 17/11/16 18:17
Ha respondido al tema Subrogación de seguro en compra/venta
Hola Non. Pues si que deberías comunicarlo a la aseguradora. De momento, si te hipotecas (y si no, felicidades) debería la aseguradora crear un suplemento a la póliza para indicar que respalda a un préstamo hipotecario (me sorprende que en el banco no te hayan comentado nada) y probablemente, ampliar el periodo de cobertura hasta un año desde la compra (probablemente) Al margen de eso, si vas a hacer algo de reforma o dependiendo de lo que metas dentro igual te interesa revisar capitales (a la baja complicado, pero igual con el seguro antiguo te quedas en infra seguro, o tienes algún objeto de valor o joyas que no cubría la antigua póliza... que lo revises, vamos) Por ultimo, las compañías tienen un periodo de un mes desde que son conocedoras del cambio de titularidad para (estimando mayor riesgo) rescindir el seguro de forma unilateral. Bueno, realmente tienen un mes para comunicárselo y tu ocho días para patalear. Así que si el antiguo propietario tenia una tortuga por mascota y tu un cocodrilo... Pues eso. Vamos, que si, que lo comuniques a la compañia (debería hacerlo el anterior propietario pero... a saber) y de paso, lo revisas. Ah!!! Que disfrutes de tu nuevo piso ;)
Ir a respuesta

Lo que sigue j_barrabaja