Yo estoy en una situación parecida. Tengo hipoteca con ING a euribor + 2,29 (con nómina, seguro de vida y seguro de hogar). Me quedan 60700€ por pagar en 17'5 años. La cuota actual que tengo es de 346€, pero todos los años hago amortización para llegar a los 9040€ que tienen desgravación en el IRPF.
He hablado con Bankinter porque ahora mismo tienen una hipoteca a tipo fijo a 10 años al 1'5%, con la misma vinculación que ING, además la cuota de seguro de vida sería 8€ al mes mas baja que la que tengo ahora.
Supongo que si sigo adelante y los de ING me ofrecen algo, como mucho me ofrecerán hipoteca a tipo variable de euribor + 0'99 que es la que tienen ahora mismo.
Estoy en la tesitura de si quedarme con la de tipo fijo a 1'50% o la de euribor + 0'99%
Los gastos de novación o de subrogación en mi caso supongo que serían muy parecidos, la comisión por subrogación que tengo es del 0%, así que la única diferencia creo que sería la tasación de la vivienda.
¿Qué haríais, coger la de tipo fijo o variable a euribor + 0'99?
Con las amortizaciones anuales que hago para reducir plazo al final la duración sería de unos 8 años
En el contrato no establecimos ningún calendario de pagos, simplemente indicamos que el plazo máximo de deovlución serían 10 años.
En concepto del ingreso no puse nada que era para amortizar el préstamo. Lo tendré en cuenta para la próxima amortización
Gracias por la respuesta
Buenas tardes,
Estoy haciendo la delcaración de la renta de mi padre y tengo un problemilla con esto:
- En el año 2012 falleció mi abuela con lo cual mi padre heredó el 37'5% de la propiedad de unos terrenos rústicos, con lo cual he añadido a la casilla 269 el porcentaje correspondiente a mi padre del valor catastral de cada uno. Esto se hizo con fecha de diciembre de 2012.
- En marzo de 2013 se produce la venta de dichos terrenos por un valor algo inferior al valor catastral, dato que reflejo en la casilla 270.
Hasta aquí todo OK.
El problema viene porque el nuevo propietario intenta registrar los terrenos a su nombre y no puede puesto que mi padre y resto de herederos no los habían registrado. Entonces mi padre y resto de herederos los registran para que así posteriormente el nuevo propietario los pueda registrar a su nombre. La fecha en que esto se produce es en septiembre de 2013.
Si no me equivoco, estos gastos de registro de la propiedad junto con otros de notaría para hacerse herederos de los terrenos considero que son gastos asociados a la adquisisción. El problema viene que en el programa PADRE, al intentar añadirlos a los gastos de adquisición no les puedo poner la fecha en la que se han producido y que figura en las facturas puesto que es posterior a diciembre de 2012.
¿Debo poner la misma fecha que la adquisisción?
Un Saludo
Ok, gracias por la respuesta.
Otra duda más que me surge, al coste de adquisición, que en este caso sería el valor catastral también tendría que añadir los gastos de notaría y del registro, ¿no?
Ok, gracias por la respuesta.
Puesto que el porcentaje de propiedad de mi padre es del 37'5%, a la hora de indicar el valor de la transmisión y el de la adquisición debo poner el 37'5% de cada uno, ¿no es así?