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Josito60

Se registró el 19/08/2014
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Josito60 25/09/17 02:30
Ha comentado en el artículo El Lado Oscuro de algunos abogados (muy pocos, por suerte)
Comparto todo lo dicho, y creo que la herramienta de Inversius puede llegar a confirmar una decisión pero nunca ser el referente de la elección del abogado. pero te hago una pregunta Jotaerre. Imagínate que mañana llegas a Helsinki, donde nunca has pisado, o igual si pero imagínate que no, y por circunstancias del azar acabas necesitando un abogado para defenderte, o atacar, en los tribunales de Finlandia. La pregunta es: ¿Por dónde y cómo empiezas a buscar?
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Josito60 12/12/16 03:06
Ha comentado en el artículo El curso online de subastas que estabas esperando
Tonigs, aquí también son públicos pero mediante convenio especial y gran cartera. Eso sí tratando información que debiera ser pública por estar en un registro PUBLICO. Esto es lo que diferencia los mercados libres (USA) a los mercados opacos (españistan). No es que admire el modelo social americano pero comparado con el nuestro, y lo poco que conozco, me parece una bendición para los norteamericanos. Por cierto, tonigs, podrías poner la url de esa información que comentas.
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Josito60 12/12/16 01:07
Ha comentado en el artículo El curso online de subastas que estabas esperando
Comparto todo tu argumento, desde la A a la Z, y ésto que es un mal común en la mayoría de las actividades genera una desconfianza enorme en cualquier relación económica de nuestra sociedad. El problema con los pisos es que estos son un bien de primera necesidad para el ser humano, y con ello no se debiera jugar. Mira una sencilla solución para que los precios de los pisos fuesen más transparentes es que la información de las transacciones que disponen los registros PUBLICOS de la propiedad se informasen en el boe.es mensualmente de todas las transacciones lugar, m2 y precio realizadas en ese mes. Con esta información oficial las personas podrían determinan según sus conclusiones el precio de la transacción. Además, el agente inmobiliario profesional y decente puede aportar mucho más que con el actual modelo de negocio, que como bien dices está montado para desplumar al despistado. Por cierto, los datos que comento de los registros de la propiedad, hoy en día, ya se venden y a buen precio. En definitiva, un modelo económico decente también es posible alrededor del oscuro mundo inmobiliario.
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Josito60 29/11/16 02:17
Ha comentado en el artículo El curso online de subastas que estabas esperando
¿Qué tal mfmelo, al final, el torero sevillano no te ha dado permiso para hacerle publicidad? Pienso que este tipo de inventos, porque ésto son auténticos inventos de utilidad y menos chorradas de innovación que sólo sirven para pillar subvenciones los estómagos agradecidos de siempre, se debieran poner en marcha en todo el país. Incluso para los de Norte que nos creemos tan listos. Os imagináis la cantidad de patadas y tiempo que se ahorrarían nuestros paisanos, tanto comprador como vendedor, si en una sola actuación se consigue cerrar una operación. Todo ello sin que nadie se considere defraudado. Porfa, Mfmelo, dile al torero que nos permita ver la luz.
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Josito60 07/06/16 07:39
Ha comentado en el artículo Rara avis en las subastas judiciales
Aitor, eso en el supuesto que lo conozcas de antemano pero si te encuentras con el pastel en en el momento de acceder a la vivienda con la policía. El caso real es incluso algo más complejo: Un edificio de dos alturas con dos viviendas registradas y diferencias, una encima de la otra. Una tiene la entrada por la fachada Este y la otra, mediante unas escaleras, por el Oeste. Además, el edificio en cuestión está afectado por una servidumbre de costas, ya que está pegando al mar. Es decir, cualquier obra necesita de los permisos correspondientes por la jefatura de costas o medio ambiente. No se sabe, pero se intuye que dentro de la casa hay una escalera que conecta ambas viviendas ya que la relación entre los miembros de las viviendas en muy cercana. Entonces, habría que tapar el hueco de la escalera pero para ello se necesita acceder a la zona de la otra vivienda. Además, que permiso de obras vas a solicitar, con los detalles que se exigen, cuando no sabes si hay escalera y el tipo de solución que vas a dar el cerramiento. Lo dice Tristan, pico y plata, y mucho ingenio, pero poco o mucho hay que acceder al espacio de la otra vivienda y esa no es mía.
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Josito60 07/06/16 05:21
Ha comentado en el artículo Rara avis en las subastas judiciales
Aprovechando que último post de Tristan es de los benignos. Voy aprovechar para hacer una pregunta que me trae de cabeza. La verdad es que no se si procede en este foro, pero si no fuera así supongo que con no contestar será suficiente. Merece la pena adjudicarse una vivienda, la cual esta ocupada por la misma familia del piso contiguo y tienen tirado el tabique que las divide. Es decir, de dos viviendas han hecho una y sale a subasta una de ellas. En otra ocasión, lo detecte antes de la subasta y no entré, pero observé que tampoco entro nadie. Me da la sensación que en estos casos jamás se llegará a obtener la posesión definitiva de la vivienda. ¿Qué opináis? ¿Alguna vez os habéis visto en una parecida?
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Josito60 01/06/16 13:12
Ha comentado en el artículo El tonto, el más tonto y el más malo de los malos
La historia de Tristan da entre miedo y risa, pero esa es la vida. El motivo de mi post es por la aplicación de subastas. Ahora resulta que no se pueden ver los pdfs (edictos, cargas) al pinchar en ellos se queda la pantalla negra. Me ocurre con Chrome, Opera, FireFox, y solo funciona con IE. ¿Os pasa lo mismo?
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Josito60 19/04/16 03:20
Ha comentado en el artículo Los inversores NO son bienvenidos en este juzgado
No tiene mucho que ver con el follón de la subasta de Tristán, o igual si, pero quería contrastar con los sabios de este foro, sobre rangos de inscripción cuando existe equiparación de rangos. Cuando dos hipotecas gozan del mismo rango, y por una de ellas sale la subasta. En principio la puja vale para pagar al acreedor que lanza la subasta y todos los posteriores, pero esa del mismo rango que se considera anterior o posterior. Es decir, ¿se tiene que hacer cargo de la deuda el adjudicatario?. Siempre he pensado que esa deuda no es del adjudicatario pero ahora me ha surgido la duda.
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Josito60 01/04/16 04:37
Ha comentado en el artículo Si tu casa la subastan en ese juzgado, estás jodido
Gracias Malagaga. Tienes razón he ido a una de Mataro que comentó Jotarre y funciona. Siendo esta la primera vez que me responde correctamente el link de la refencia catastral y creerme que siempre que existe lo intento. Tiene narices que estos señores rellenan 4 datos y 5 están mal. ¿Cuándo va a llegar la responsabilidad al trabajo mal hecho? Auténtica gangrena del país.
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Josito60 31/03/16 15:43
Ha comentado en el artículo Si tu casa la subastan en ese juzgado, estás jodido
Leches, pues me habeis dejado peor ya que pensaba que esto no funcionaba porque cuando accedía al catastro https://www1.sedecatastro.gob.es/OVCFrames.aspx?TIPO=CONSULTA y ponía la referencia catastral del inmueble me contesta el sistema con: "No hay bienes para los datos seleccionados". Y por tanto lo había dado por ya se corregirá. Ahora es claro el problema es mio, gracias por vuestras pruebas y rápida respuesta
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Josito60 31/03/16 15:05
Ha comentado en el artículo Si tu casa la subastan en ese juzgado, estás jodido
Malagaga, aprovecho tu expediente para hacer una pregunta que me corroe desde que comenzó el nuevo portal de subastas. Os funciona el link que ponen en la "Referencia catastral". A mí en todos los casos me sale: Consulta de los datos del inmueble con referencia catastral 3765108UF7636N0001LK ERROR NO EXISTE NINGÚN INMUEBLE CON LOS PARÁMETROS INDICADOS y estoy identificado con mi certificado electrónico. ¿Hay alguien al qué le funcione este link?
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Josito60 03/03/16 11:26
Ha comentado en el artículo El mapa de los okupas
Voy a dar un poco de paz a los okupas, y os voy a plantear una duda que supongo que para vosotros será una trivialidad, Nunca he llegado a entender las subastas de los juzgados mercantiles en concurso de acreedores. Creo que son iguales que las otras pero no sé si tienen matizaciones. Generalmente, en una subasta por un préstamo o deuda se indica quién es el acreedor que ha arrancado la demanda y termina en esa subasta, y las cargas que aparecen en el bien del registro queda claro cual es la carga de la demanda y cuales son anteriores a ésta y cuales posteriores. Ahora bien, cuando tienes un concurso de acreedores y uno de los lotes tiene un carga hipotecaría a favor de un Banco. Esa carga se mantiene después de la adjudicación o simplemente es una deuda preferente a la hora de cobrar de la subasta. En defintiva, hay que contarla como incremento de precio del bien además del precio de la subasta, o no es así.
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Josito60 01/03/16 01:29
Ha comentado en el artículo El peor juzgado de Madrid, como siempre, un cascabel de alegría
Pues no se se menciona en ningún momento al ejecutado, ni tampoco al ejecutante. Cabecera: Servicio Común Procesal de Ejecución Edicto Subasta: El nombre de la letrada responsable del servicio. Hago Saber: Que en el proceso de ejecución de títulos judciales seguido en ..... el nº de expediente, los importes de la deuda y la convocatoria de la subasta pública para la venta de los bienes. Bienes Subastados: Se identifica el inmueble. Se indica la tasación. Títulos, Cargas, Gravámenes y Situación Posesoria: Lo estandar. Es decir, ni una identificación personal, ni referencia a ella. Creo que esto tiene que ver con la LPD
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Josito60 29/02/16 14:16
Ha comentado en el artículo El peor juzgado de Madrid, como siempre, un cascabel de alegría
Perdonar pero he tenido que salir y respondo al primero de Pecks con referencia a todos: a Pecks). He visitado el inmueble y hablado con la vecina. Está cerrado a cal y canto, y la vecina me explica que se murió el marido y hace años que no viven. La típica vivienda con pocos gastos de comunidad, que al fallecer uno de sus miembros cambian de domicilio y con lo mal que esta la venta lo dejan ahí por si vuelve a subir. Durante este tiempo, los vecinos deciden hacer una reforma fuerte del edificio, y los gastos de disparan y deciden no pagar. Llegando hasta donde han llegado. a Jotarre). Lo intento en el (pto-2) y gracias por tu esfuerzo. a mfmelo). Tu reflexión sobre el 50% de bienes gananciales me parece lo acertado. De hecho, yo en mi fuero interno pensaba que debiera ser así pero en el mismo certificado del registro donde habla de la titularidad actual, dice: Dña xxxxx (la madre), con DNI número xxxxx, titular del pleno dominio de la totalidad de esta finca. Adquirida por compraventa en virtud de escritura ........... y luego viene lo ya comentado del resumen de cargas y la herencia yacente. Tengo la sensación que sobra pero como aparece tan claro y en negrita me deja la gran duda. (pto 2) Lo que me pide jotaerre Anotación de embargo ejecutivo a favor de la entidad Comunidad Propietarios xxxxxx, CONTRA Herencia Yacente xxxxx(madre), con DNI 9999, yyyyy(hija1), con DNI 8888, y zzzzzz(hija2), con DNI 7777, titular la primra de la totalidad en pleno dominio de esta finca, para responder de un total de 9999 MILES de EUROS de principal; 999 miles de euros por intereses y costas. Mandamamiento judicial de anotación de embargo .......... Gracias de nuevo a todos, y perdonar por no haber seguido el hilo en caliente.
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Josito60 29/02/16 11:18
Ha comentado en el artículo El peor juzgado de Madrid, como siempre, un cascabel de alegría
por supuesto que te permito, Probablemente es que he puesto una coma en vez de cerrar el paréntesis. Queda así: Anotación de Embargo Ejecutivo a favor de la Comunidad de Propietarios ... contra Herencia Yacente (y luego aparecen las tres personas con sus dnis) titular la primera de la totalidad en pleno dominio de esta finca, para responder .... (la deuda). Lo que pretendo decir es que el resumen de cargas y en las cinco primeras líneas en negrita habla de la anotación de embargo ejecutivo a favor ... y en contra Herencia Yacente (nombra a tres personas con sus DNIs, madre e hijas), y termina con la coletilla de: titular la primera (la madre) de la totalidad en pleno dominio. Vamos que no se que pinta la herencia yacente en todo esto, porque la deuda es de la madre y la titularidad también es suya.
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Josito60 29/02/16 10:08
Ha comentado en el artículo El peor juzgado de Madrid, como siempre, un cascabel de alegría
Cierto Tristan, no falta razón en tus palabras pero el certificado de cargas es lo que dice: Anotación de Embargo Ejecutivo a favor de la Comunidad de Propietarios ... contra Herencia Yacente (y luego aparecen las tres personas con sus dnis, titular la primera de la totalidad en pleno dominio de esta finca, para responder .... (la deuda). Los edictos de subastas suelen ser un copia-pega de otros y en no pocos casos hay errores graves pero en los registradores tenía algo más de fe.
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Josito60 29/02/16 08:57
Ha comentado en el artículo El peor juzgado de Madrid, como siempre, un cascabel de alegría
Mfmelo, aprovecho que estas de ronda con los becarios y aquí tienes otro neófito. Tu experiencia que te dice ante una subasta contra una herencia yacente contra la madre y sus 2 hijas, donde se explicita que la madre tiene la totalidad de pleno dominio. Ya sé, por lo que leo, que los problemas siempre aparecen por doquier pero este tipo de situaciones son mas propensas que otras a problemas. La deuda es reclamada por la comunidad de propietarios.
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