Rankia USA Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia España Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom
Acceder

Lucluclucia

Se registró el 09/11/2018
--
Publicaciones
5
Recomendaciones
--
Seguidores
Posición en Rankia
999,999
Posición último año
Lucluclucia 20/06/20 03:25
Ha respondido al tema Padre fallecido 1984, herencia aceptada en 2018 y casa se vende en una semana, impuesto IRPF???.
No..En principio, no. Esos cálculos, se hacen cuando vas a aceptar la herencia para determinar el valor de la vivienda y que hacienda luego no pueda reclamarte por haber declarada por un valor inferior al que ellos "entienden" que vale la vivienda. Si ya te aplicaron el cálculo (lo suele hacer el Notario en base a los criterios de Hacienda aplicando un coeficiente), no tienes que actualizar nada. Tú en el IRPF tienes que declarar por los valores de la escritura de aceptación (compra)  y de venta. De cara al Irpf, al valor de la venta (en este caso la pérdida de 5000, podrás sumar los gastos de la plusvalía que te tocará pagar; con lo que la pérdida será mayor que 5000)No tienes que actualizar ningún valor de la vivienda de cara al Irpf.Ten en cuenta que en la plusvalía municipal ya vas a pagar por el incremento del valor del suelo desde 1984. 
Ir a respuesta
Lucluclucia 20/06/20 03:15
Ha respondido al tema Padre fallecido 1984, herencia aceptada en 2018 y casa se vende en una semana, impuesto IRPF???.
Para calcular la plusvalía en la venta de la casa debes saber que el cálculo se elabora sobre la base imponible, que está sujeta al valor catastral del terreno en el momento de la transmisión de la propiedad (fecha de fallecimiento de tu padre). A este valor se le aplica un porcentaje de incremento en función del número de años de posesión del bien (sería hasta la fecha que vendes; pero para el cálculo lo máximo son 20 años). O sea, que aunque tú vendas en 2020, en el cálculo de la plusvalía se tendrá en cuenta el incremento del Valor hasta el año 2004.El ayuntamiento sule tener una página donde puedes calcular lo que te saldrá a pagar, poniendo la fecha de adquisición (1984) y fecha de venta (2020), pero para el calculo sólo aplican el incremento máximo de 20 años.
Ir a respuesta
Lucluclucia 20/06/20 02:58
Ha respondido al tema Padre fallecido 1984, herencia aceptada en 2018 y casa se vende en una semana, impuesto IRPF???.
La fecha de adquisición es la del fallecimiento, (independientemente de cuando se haya firmado, y por el valor que habéis firmado en la aceptación de la herencia). En el Irpf podrás declarar la pérdida.Pero al vender tendrás que liquidar y pagar la plusvalía municipal, y habrá que calcularla desde la fecha de adquisición (fecha de fallecimiento - 1984). 
Ir a respuesta
Lucluclucia 25/07/19 08:12
Ha comenzado a seguir al usuario
Lucluclucia 04/06/19 08:41
Ha comentado en el artículo La consulta más frecuente: Disolución de proindiviso
Buenas tardes. Cuatro herederos estamos en situación de proindiviso en tres inmuebles (2 casas y 1 parking). Tras 9 años sin ponernos de acuerdo, con partición judicial del caudal hereditario, ahora nos toca meternos en una disolución del proindiviso y subasta. Mi duda es: ¿Es posible que los tres inmuebles se subasten a la vez en un sólo lote? porque mí me gustaría pujar y adjudicarme las tres propiedades. ¿Algún buen abogado especializado en subastas? Gracias Un saludo
ir al comentario
Lucluclucia 07/02/19 03:36
Ha respondido al tema Partidor-contador - Herencia
Buenos días. Tras una partición judicial de herencia y la homologación del cuaderno particional por parte del juez, tengo tres preguntas: 1.- ¿Es necesario elevar a público dicho cuaderno particional para inscribir los inmuebles en el Registro de la Propiedad o se puede hacer directamente la inscripción en el Registro  con el cuaderno homologado por el juez? 2.- En caso de tener que elevarlo a público ¿se hace mediante una aceptación/adjudicación de herencia o es suficiente con protocolarizar el acta judicial ante notario? 2.- ¿La protocolización notarial del acta judicial o elevar a público el acta para inscribir los inmuebles en el registro, la pueden solicitar tres de los cuatro herederos ya que hay un cuarto que se niega a firmar la elevación a público del acta judicial?  Cómo deberíamos actuar? Le pedimos al Notario que le haga un requerimiento? Una conciliación en el juzgado? Nos gustaría evitar tener que solicitar la disolución del proindiviso y volver de nuevo a los juzgados... Gracias por su respuesta Un saludo
Ir a respuesta
Lucluclucia 07/02/19 03:26
Ha respondido al tema Cuaderno particional por contador Partidor y protocolizado por el notario - Herencia
Buenos días. Tras una partición judicial de herencia y la homologación del cuaderno particional por parte del juez, tengo tres preguntas: 1.- ¿Es necesario elevar a público dicho cuaderno particional para inscribir los inmuebles en el Registro de la Propiedad o se puede hacer directamente la inscripción en el Registro  con el cuaderno homologado por el juez? 2.- En caso de tener que elevarlo a público ¿se hace mediante una aceptación/adjudicación de herencia o es suficiente con protocolarizar el acta judicial ante notario? 2.- ¿La protocolización notarial del acta judicial o elevar a público el acta para inscribir los inmuebles en el registro, la pueden solicitar tres de los cuatro herederos ya que hay un cuarto que se niega a firmar la elevación a público del acta judicial?  Cómo deberíamos actuar? Le pedimos al Notario que le haga un requerimiento? Una conciliación en el juzgado? Nos gustaría evitar tener que solicitar la disolución del proindiviso y volver de nuevo a los juzgados... Gracias por su respuesta Un saludo
Ir a respuesta
No hay más resultados