Efectivamente , Juan, como para ir a pedirlo después de lo sucedido.
Hay obligatoriamente que efectuar una reducción del 5% y casi con total seguridad la reducción después del 50%, mañana con la factura lo sabré si es que se han dignado a desglosarla que como se puede leer en un RD es una OBLIGACION de la Notaria especificar cada apartado y cada cantidad, en esos enlaces que he puesto hay una cosa muy importante, es una especie de resume que viene genial porque en pocas líneas uno se evita l...