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Moloco543

Se registró el 02/02/2011
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Moloco543 11/07/18 12:51
Ha respondido al tema Gestoría ING ayuda con el tramite
Hola ferson gracias por tu respuesta...bueno os cuento...me han llamado de la gestoría..y la pregunta de siempre es en cuanto escrituraba ..le dije el importe real..me conceden el 100 x 100 de la compraventa..nada más , el piso cuesta 85000 y lo tasaron en 128000 con lo cual sería el 80 % de tasación 102000 aquí el detalle . Solo me prestan los 85000 y gracias.. al parecer desde el 4 de abril de este año ING no da más del 100 % 100 de la compraventa.. y resto que me peine ...así que..a conseguir los gastos con un personal...ayyyyy que cosas no jodido el tema...... saludos
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Moloco543 11/07/18 11:24
Ha respondido al tema Gestoría ING ayuda con el tramite
Hola ferson gracias por tu respuesta...bueno os cuento...me han llamado de la gestoría..y la pregunta de siempre es en cuanto escrituraba ..le dije el importe real..me conceden el 100 x 100 de la compraventa..nada más , el piso cuesta 85000 y lo tasaron en 128000 con lo cual sería el 80 % de tasación 102000 aquí el detalle . Solo me prestan los 85000 y gracias.. al parecer desde el 4 de abril de este año ING no da más del 100 % 100 de la compraventa.. y resto que me peine ...así que..a conseguir los gastos con un personal...ayyyyy que cosas no jodido el tema...... saludos
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Moloco543 06/07/18 13:55
Ha respondido al tema Gestoría ING ayuda con el tramite
buenas tardes ferson,, gracias por tu informacion, a mi me pasa algo parecido me han  " aprobado" el 80 % de la tasacion , que en este caso son 102000 €   es piso esta tasado en 128000€ , pero yo escrituro en 85000€ , el resto seria para gastos, yo ya he contratado los seguros de vida y  de hogar con ing.a la espera de que me llamen de la gestoria para firmar,,, alguien me puede decir que deberia de contestarles cuando me pregunte por el precio a escriturar, he pensado en decirles la verdad y punto , que compro en 85000€ y que resrto es para gastos..y ya esta si cuela cuela.. lo que fue,, fue.. que opinan? un saludo  a todos.
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Moloco543 04/05/12 05:52
Ha comentado en el artículo ¿Cómo rectificar y/o confirmar el borrador de la renta 2011 (IRPF campaña 2012)?
buenos días. quisiera saber que cantidad se deduce de una vivienda en alquiler,si el contrato esta a nombre de dos personas? teniendo en cuenta de que una de ellas no esta obligada a hacer la declaración,y la otra si. no están casados para hacerla conjunta .se deduciría la mitad? y la otra que? se pierde? .no entiendo mucho de esto. muchas gracias. un saludo¡
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Moloco543 02/02/11 06:03
Ha comentado en el artículo ¿Cómo responden las entidades ante la reclamación? I. El Santander, el que mejor devuelve lo ajeno
lee esto. contestación de mail sobre este tipo de comisiones del bde. En contestación a su comunicación abajo reproducida, le informamos de que al margen de no poder resolver temas concretos, su entidad estaría legitimada para el cobro de las comisiones –desconocemos el concepto concreto del servicio- si éstas se hallan incluidas en el contrato que usted suscribió en su día con la entidad además de cumplirse los requisitos contractualmente establecidos para su cobro y, en el caso de las tarifas de comisiones por servicios distintos de los de pago, que sus tarifas se encuentren debidamente registradas en el Banco de España. Le remitimos a nuestra web para la consulta de las tarifas de comisiones de la entidad que le ha financiado: http://www.bde.es/webbde/es/secciones/servicio/tarifas_comisiones/tarefc.html Si se trata de una penalización por incumplimiento contractual, dicha penalización también deberá estar recogida en el documento contractual suscrito y su cobro estará condicionado a que se cumplan los requisitos establecidos en el contrato. De cualquier modo, para cualquier discrepancia que mantenga respecto a la actuación de su entidad, deberá dirigirse al Servicio de Atención al Cliente de la misma o en su caso, a su Defensor del Cliente, pudiendo consultar la dirección postal y electrónica de dichos órganos en la página web de este Banco de España. http://wwwa.bde.es/sac/app/search?CFG=atencionCli.xml&TipoFormato=XSL&Paginate=OPEN o en la página web de la entidad, aparte de en todas las oficinas abiertas al público de la misma. Si no recibe contestación en dos meses o la que recibe no es satisfactoria, podrá plantear reclamación por escrito ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España, con domicilio en c/Alcalá, 48 28014 Madrid. Le adjuntamos enlace a la información ofrecida por el Servicio de Reclamaciones por ser de su interés http://www.bde.es/webbde/es/secciones/servicio/reclama/reclama.html Nota: toda información que proporciona el Banco de España a través de las respuestas a consultas recibidas de los usuarios de la página web, está destinada exclusivamente a orientar a los clientes de las entidades supervisadas, y a intentar ayudarles a resolver sus dudas en los temas sobre los que se informa. Esto es, dicha información tiene la finalidad meramente informativa u orientadora y, por tanto, no es vinculante para la resolución de procedimientos administrativos ni contiene sugerencia, invitación o recomendación alguna para realizar inversiones, depósitos o contratar servicio bancario alguno.
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