Tienes que tener en cuenta 2 posibles casos, con Degiro:
A) Si tienes en la cuenta (ya sea invertido en acciones, ya sea sin invertir) más de 50000 euros a 31 dic, debes presentar mod.720 Hacienda.
B) Si tienes cualquier posición abierta (invertido),
aunque sea de 1 euro,a 31 dic debes presentar informe D6 M. Economía.