Hola de nuevo:
Tu volumen de rendimientos íntegros como autónomo, en el año inmediato anterior, no puede superar 450.000,00 euros anuales (300.000,00 para actividades agrícolas).
Por otro lado el volumen de compras (excluidas las adquisiciones de inmovilizado), en el ejercicio anterior no puede superar los 300.000,00 euros.
Respecto al número de empleados en la orden ministerial que te indicaba, se establecen límites especiales para cada epígrafe. Por ejemplo, en la industria del pan y la bollería, el límite se fija en 6 empleados. Si se supera esta cifra, se queda excluído del régimen de módulos.
Un saludo.