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srios

Se registró el 31/03/2013
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Ha respondido al tema Broker extranjero VS declaración de renta
Hola, voy a intentar resumir: La base legal es: - El criterio legal sobre la sobre la plusvalí­a de las divisas, vease arti­culo 14.2.3 y consulta V1789-07, es: que solo se produce cuando se convierten divisas a Euros, pero no cuando se abonan las ventas de valores en divisas en una cuenta en divisas, ni cuando se convierte de una divisa a otra. - La DGT, acepta el criterio de tributar conjuntamente plusvalí­a en el bien y divisas, vease consulta V2324-10, esto aplicable especialmente en el caso de las retenciones que aplican las sociedades de valores en España. En este caso el inversor deberá tributar por las plusvalías de las divisas previas y posteriores a la transmisión de los valores transmitidos. Osea, que si tienes una cuenta en dolares que compraste hace mucho, y compras y vendes una accion, y luego no vuelves a cambiar los dolares a euros, la forma de calcular la plusvalia de esa accion, a efectos del IRPF seria: Plusvalia = (valor de venta - valor de compra) * (cambio euro/dolar el dia de la VENTA)
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