Gracias por la respuesta. Una pregunta másEl valor catastral del inmueble es superior a esos 85000€. Para hacer la amortización en el arrendamiento ¿debería tomar el valor catastral si es superior?
Me surge ahora a mi la duda de si esos gastos de cancelación de hipoteca se pueden "sumar" al precio de adquisición de la vivienda en caso de venta.¿Qué opináis al respecto?
Aprovecho este mismo hiloLa Com. Valenciana bonifica el ISD Con carácter retroactivo desde el 28 de mayo de 2023El que ha tenido la doble desgracia de perder un familiar con anterioridad cercana a esa fecha y pagar una suma importante de ISD ¿no puede hacer nada? Me parece una discriminación tan tremenda¿Alguna idea ? ¿Hay alguna base jurídica para recurrir? ¿Supremo, Europa, o donde sea?
creo que este otro hilo ayuda a entender la cuestion. Si ganas el juicio y te pagan las costas es una ganancia patrimonial, pero si se las abonas a tu abogado y procurador, deja de serlo Tributación "costas" devolución por cláusula suelo (1/1) - Rankia
Gracias Devan
entiendo que tras liquidar la sociedad detallando los bienes adjudicados a cada esposo, el banco cambiará la titularidad de las acciones que adjudique a mi esposo y no hay que poner nada en el IRPF y se, mantiene el precio y fecha de compra originales. ¿Correcto?
Antonio, Cerecinos o kike49 ¿puedo llamáros aalguno o podéis facilitarme el teléfono del abogado? Tenemos una preferente (50.000€) esperando pacientemente a que algún día decidan amortizarlas. Pero leyéndoos me estoy animando a consultarlo con un abogado
Gracias diazro. Si, hay otras alternativas, pero como bien dices tendría que tributar por el incremento patrimonial de la venta del activo y puede que alguno de ellos sea muy elevado. Vender un fondo, no tributar por plusvalías y disponer del dinero para hacer frente a necesidades propias de su edad, es una ventaja suficiente desde nuestro punto de vista.
Estoy intentando constituir una renta vitalicia para un familiar de 94 años y de momento me comentan las entidades con las que he hablado que supera la edad máxima.
¿sabéis donde puedo dirigirme? Estoy pensando hasta en escribir al defensor de pueblo, pues podría ser una discriminación para una persona de edad avanzada que necesita vender algún activo para hacer frente a los pagos por "las necesidades intrínsecas de su edad"
Muy interesante. Gracias por la información. Me ha surgido una duda. ¿La reinversión en una renta vitalicia del importe obtenido por la venta de un inmueble debe ser por el total de esa venta? ( sin superar esos 240.000€ máximos claro). Y ¿debe ser la vivienda habitual, o puede ser segunda residencia?
Gracias