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Duda al interporetar nuevo reglamento tarjeta Citibank Oro

1 respuesta
Duda al interporetar nuevo reglamento tarjeta Citibank Oro
Duda al interporetar nuevo reglamento tarjeta Citibank Oro
#1

Duda al interporetar nuevo reglamento tarjeta Citibank Oro

Hola me han mandado el nuevo reglamento de mi tarjeta Citibank Oro y tengo la duda en los 18€ del "Mínimo a pagar"
¿Esto significa que tengo que pagar 18€ al mes si no efectúo ninguna compra durante el mes?
En mi caso yo pago las compras con la opción "pago total" que es que lo pago todo a final de mes sin intereses ni gastos.
En fin como sea eso me doy de baja y me olvido de esta gente de por vida.
Adjunto la clausula en cuestión.
Saludos.

<<
9. Modalidades de pago. El Titular queda obligado al reembolso de las cantidades debidas
como consecuencia de la utilización de la Tarjeta. Podrá abonar dichas cantidades mediante:
- PAGO TOTAL: supone el adeudo mensual de la totalidad del crédito dispuesto.
- PAGO APLAZADO: supone el aplazamiento del pago del crédito dispuesto. El Titular
podrá elegir pagar mensualmente: una cantidad fija o un porcentaje del crédito dispuesto.
Además, el Titular deberá satisfacer mensualmente la cuota de los Servicios de pago
aplazado, si los hubiera contratado. Los Servicios de pago aplazado son: a) el pago en
cuotas de una parte del saldo dispuesto; b) el pago en cuotas de determinados bienes o
servicios adquiridos con la Tarjeta o de una determinada disposición de efectivo; c) la
amortización en cuotas de la línea de crédito adicional.
En cualquier caso, el Titular reembolsará mensualmente las cantidades debidas cuyo
importe no podrá ser inferior al denominado Mínimo a pagar, que en ningún caso será
menor a 18€.
El Mínimo a pagar será el correspondiente a la suma de los siguientes conceptos en caso
de que resulten de aplicación: a) 1% del crédito dispuesto; b) los intereses correspondientes
al periodo de facturación; c) el Mínimo a pagar de la facturación anterior, si estuviese
impagada; d) la comisión por reclamación de cuota impagada; e) la cuota de los Servicios
de pago aplazado (para el cálculo del crédito dispuesto no se tendrá en cuenta el capital
pendiente de estos Servicios). La Tarjeta se emite bajo la modalidad: Mínimo a pagar. En
caso de aplazamiento del pago, el crédito dispuesto genera intereses, que se devengan
diariamente y se liquidan cada mes en base a los días efectivamente transcurridos, y se
calculan conforme a un año comercial de 360 días. Los intereses se calculan según la
fórmula siguiente: i = (c.r.t)/ 360 (c=saldo medio del periodo, r=tipo de interés nominal
anual, t=número de días naturales del periodo liquidatorio). El tipo nominal anual aplicable
en cada momento al crédito dispuesto será el tipo que figura en el Anexo. La fecha de valor
de los cargos será la de la transacción, devengándose intereses hasta el día de su pago
efectivo. La T.A.E. (Tasa Anual Equivalente) se calcula conforme a lo establecido en el
Anexo I de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de Contratos de Crédito al Consumo. Las
hipótesis de cálculo utilizadas son las siguientes: a) límite de crédito concedido de 1.500€;
b) cómputo de tiempo sobre la base de un año de 365 días; c) disposición total del límite de
crédito concedido desde el primer día de vigencia del contrato de Tarjeta de Crédito; d)
amortización total del límite de crédito concedido en 12 cuotas fijas mensuales; e) vigencia
del crédito durante el periodo de tiempo acordado y cumplimiento de las respectivas
obligaciones de las partes en las condiciones y plazos acordados en este contrato; f)
mantenimiento del tipo de interés nominal y de los demás gastos al nivel inicial. Partiendo
de estas hipótesis, como ejemplo representativo, el Titular realizaría un pago mensual de
142,08€, durante 12 meses y pagaría al final del año un capital total de 1.704,98€. El Banco
podrá capitalizar mensualmente los intereses, de tal forma que en las fechas de vencimiento,
los intereses devengados no satisfechos devengarán nuevos intereses al tipo de interés
nominal aplicable.
>>

#2

Re: Duda al interporetar nuevo reglamento tarjeta Citibank Oro

Yo entiendo que el pago mínimo es cuando aplazas el pago:

PAGO APLAZADO: supone el aplazamiento del pago del crédito dispuesto. El Titular podrá elegir pagar mensualmente: una cantidad fija o un porcentaje del crédito dispuesto. Además, el Titular deberá satisfacer mensualmente la cuota de los Servicios de pago aplazado, si los hubiera contratado. Los Servicios de pago aplazado son: (a) el pago en cuotas de una parte del saldo dispuesto; (b) el pago en cuotas de determinados bienes o servicios adquiridos con la Tarjeta o de una determinada disposición de efectivo; (c) la amortización en cuotas de la línea de crédito adicional. En cualquier caso, el Titular reembolsará mensualmente las cantidades debidas cuyo importe no podrá ser inferior al denominado Mínimo a pagar, que en ningún caso será menor a 18 €.
Un saludo,

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