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Tributaión de conversión

6 respuestas
Tributaión de conversión
Tributaión de conversión
#1

Tributaión de conversión

Me van a canjear unas preferentes por acciones ordinarias por las cuales obtendré importantes plusvalías. Mi pregunta es ¿ Debo declararlas o solo declararé cuando venda las ordinarias. La conversión es obligatoria. Gracias de antemano.

#2

Re: Tributaión de conversión

Tendrás que tributar por la diferencia entre el precio de adquisición y el precio del canje de las preferentes por acciones.

Una vez en tu poder las acciones, no tendrás que declarar nada, hasta que no las vendas.

Saludos.

#3

Tributación de conversión

Yo las compré a 10,5 las preferentes, ahora estan a 21 y las transforman en ordinarias que estan a 24. De momento aún no las han convertido y ya cotizan las dos a 24. No se si se entiende? Yo voy a seguir conservando las ordinarias.

#4

Re: Tributación de conversión

Tienes unas preferentes compradas a 10,50. Tienes que saber, el precio al que se va realizar el canje o conversión.

Artículo 25. Rendimientos íntegros del capital mobiliario.
Tendrán la consideración de rendimientos íntegros del capital mobiliario los siguientes:
(...)
2.Rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios.
(...)
b. En el caso de transmisión, reembolso, amortización, canje o conversión de valores, se computará como rendimiento la diferencia entre el valor de transmisión, reembolso, amortización, CANJE O CONVERSIÓN de los mismos y su valor de adquisición o suscripción.

Como valor de canje o conversión se tomará el que corresponda a los valores que se reciban.

Fuente: Ley Impuesto Renta Personas Físicas.

Saludos.

#5

Re: Tributación de conversión

Me las van a convertir al precio de 24 euros que es como cotizan actualmente. Es decir que obtendré un beneficio de 13,5 euros por cada acción que tendré que declarar como rendimiento del capital mobiliario. Me imagino que si en un futuro cuando venda estas acciones el precio de compra sera igual al precio de conversión y no al precio de compra inicial de las preferentes. Corrígeme si me equivoco.

#6

Re: Tributación de conversión

Lo que indicas en correcto. Tienes que declarar dos operaciones:

1) Obtienes un beneficio de 13,50 (24 - 10,50) que declaras como rendimiento de capital mobiliario. Y el precio de adquisición de la acción es de 24 euros.

2) En un futuro, cuando vendas las acciones tendrás una ganancia o pérdida patrimonial por la diferencia entre el valor de venta de la acción y el valor de adquisición de la acción (24 euros).

Saludos.

#7

Re: Tributación de conversión

Ha quedado claro, muchas gracias. En mi opinión es una norma injusta como otras tantas ya que no estoy materializando la plusvalía. Estas acciones pueden volver a los 10 euros y yo ya habría tributado sin nunca ganar nada. Habrá que cumplir las normas.

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