Acceder

Contenidos recomendados por Blas I

Blas I 25/04/21 11:48
Ha respondido al tema Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?
Hola Marta, No, no van a esperar 38 meses. Ellos van a intentar recuperar el dinero a través de los metodos clásicos: llamadas, cartas, amenazas, contratación de una empresa de recuperación de deudas, venta de la deuda a fondos buitres, o por ultimo, juicio. Está claro que ninguna entidad no va estar de brazos cruzados esperando que les pagues, sin embargo, la mayoria de las entidades ya conocen el programa de Resuelve tu Deuda y saben que llegará el momento de la recuperación, con lo cual muy pocas llegan al ultimo paso, es decir al juicio. De vez en cuando, RTD les da un toque para recordarles que ellos llevan tu caso. Pero eso suele ocurrir solo cuando hayas ahorrado mas o menos la mitad del monto de tu deuda. Blas
Ir a respuesta
Blas I 24/04/21 13:29
Ha respondido al tema Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?
Alguien del foro me ha mandado por privado el siguiente mensaje y no le puedo contestar por privado porque el foro no me lo permite: Hola yo entre al plan de resuelve en diciembre del 2020 hago una aportación mensual de 649€ por ahora no me an liquidado nada tenia deudas pequeñas y otras con bancos bastantes altas debo un total de 52000€ estoy empezando a desesperarme ya que ya me están diciendo que voy a monitorio y llamando a casa de mi madre para decirle de mis deudas etc..mi madre no sabe nada de lo mío ya que es mayor y esta enferma y no quiero decírselo ya no se q mas hacer les e mandado correos a todos los acreedores con la carta de poder de resuelve ya les e contado por teléfono y ellos siguen los tengo bloqueados pero siguen llamando como se puede llevar esto bien a ti te an liquidado algo pq yo sigo a la espera esto es peor que un infierno en llamas y me queda para estar en el plan hasta dentro de 56 meses bueno después de la chapa que te metido me podrías resolver una duda como llevas el control del dinero que ingresas pq yo aporto dinero pero no se cuanto se llevan ni cuanto me queda disponible para el ahorro les e preguntado varias veces pero no consigo que me lo expliquen bien o yo no los entiendo al final te denunciaron y llegaste a juicio con algún acreedor la mayoría de mis deudas son grandes bancos pocas financieras tengo y ya no se que más hacer para poder llevar esto mejor estoy entrando en depresión la presión es demasiado para mi gracias un saludo Voy a contestar a todas las preguntas: - llevas en el programa desde hace 5 meses. Lo que tenéis todos que entender es que si tu llevas un par de meses sin pagar, aunque tengas ahorrado el monto necesario para liquidar una o mas deudas, RTD no tiene los mecanismos necesarios para pagar. Ellos negocian con la entidades en función de los factores de riesgo de no recuperación de la deuda. Es decir, cuanto mas tiempo haya pasado desde que tu dejaste de pagar, más descuento pueden obtener los de RTD, porque es simplemente como funciona eso: las entidades desesperadas por recuperar algo porque no saben nada de ti, aceptan este tipo de acuerdos para reducir las perdidas - contactar con los familiares: las entidades pueden contactar algun familiar para preguntar por ti. En ningún caso pueden comunicarles cual es el motivo de la llamada, porque en este caso incumplirían la legislación en cuanto a privacidad, confidencialidad del contrato, etc. Yo les he contado a mis familiares que me cobraron unas comisiones en un banco, comisiones que no pienso pagar y que estoy esperando el juicio :) Lo que tienes que hacer (funciona)- Enviarles a cada una de la entidades una carta certificada con fotocopia de tu DNI, la carta poder de RTD y una solicitud en la que solicitas dar de alta como autorizados en tu cuenta a RTD y los empleados que llevan tu caso, segun carta poder. Solicitas también una confirmación por escrito. Una solicitud simple, del tipo:  Yo, Nombre Apellido, con DNI numero, titular de un contrato de crédito con su entidad, a través del presente escrito les informo sobre me decisión de contratar un gestor de deudas que, de ahora en adelante, está autorizado para llevar a cabo toda mi situación crediticia y todos los procedimientos relacionados con mi cuenta que tengo contratada con ustedes: liquidación de cuotas pendientes, liquidación parcial o integral de la deuda, solicitudes de información, negociación en mi nombre, cierre de la cuenta de cliente y cualquier otra acción relacionada con la liquidación de la cuenta. En consecuencia, autorizo a RTD Reparadora España (pon el nombre de la entidad, no recuerdo ahora exactamente como se llama) y a sus empleados para los fines antemencionados, según carta poder que se encuentra como anexo del presente escrito. Asimismo, les dejo a continuación los datos de contacto de mi representante legal y adjunto también la autorización legal en la que constan los hechos descritos anteriormente.  Nombre del gestor: REPARADORA RTD Teléfono de contacto: 900 943 224 Correo electrónico: [email protected] Firmado en Localidad, Fecha, Nombres Apellidos, tu Firma- enviarles otra carta certificada solicitando el contrato de crédito y todos los extractos mensuales desde que tienes la deuda contratada. Te dejo también otra captura de pantalla de una carta para enviarles.  Aquí tienes un modelo: Estimados Sres.:Soy cliente de su entidad [nombre entidad aquí] y escribo esta carta al objeto de que me remitan documentación relativa al producto contratado con su entidad, que a continuación les enumero.En concreto RECLAMO que me remitan copia del contrato original firmado por mí, de la tarjeta/contrato Nº  xxxxxxxxxxxx, vinculado al D.N.I. xxxxxx que tengo contratado  con su entidad. Además les RECLAMO me envíen El DOCUMENTO DE LIQUIDACIÓN, correspondiente a la vigencia de la citada tarjeta/prestamo, en el que se desglosen todos los conceptos liquidados en la misma (Capital dispuesto, Capital pendiente, intereses ordinarios, intereses de demora, comisiones, etc...), entendiéndose que deseo me sea remitido desde el inicio de mi relación contractual con su entidad.  Según ORDEN EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de Transparencia y Protección del Cliente de Servicios Bancarios, Artículo 8.3. Las entidades de crédito facilitarán a sus clientes en cada liquidación de intereses o comisiones que practiquen por sus servicios, un documento de liquidación en el que se expresarán con claridad y exactitud:a) El tipo de interés nominal aplicado en el periodo ya devengado y, en su caso, el que se vaya a aplicar en el periodo que se inicia.b) Las comisiones aplicadas, con indicación concreta de su concepto, base y período de devengo.c) Cualquier otro gasto incluido en la liquidación.d) Los impuestos retenidos.e) Y, en general, cuantos antecedentes sean precisos para que el cliente pueda comprobar la liquidación efectuada y calcular el coste del servicio. Además, los criterios del Servicio de Reclamaciones del Banco de España dictan:"En lo que se refiere a la información periódica que el proveedor debe enviar a sus usuarios,el artículo 15.2 de la Orden establece que la información referida en el apartado anteriorse deberá enviar al usuario de forma gratuita y periódica, al menos una vez al mes,y en la forma convenida por las partes, siempre que permita al ordenante almacenarla yreproducirla sin cambios.Además de lo anterior, señalar que el proveedor de servicios de pago está igualmenteobligado a facilitar información al beneficiario, después de la ejecución de cada operación,de aquellas operaciones sujetas a un contrato marco, sin demoras injustificadas. Lainformación consistirá en una referencia que le permita identificar la operación, al ordenante—cuando dicha información esté disponible—, el importe de la operación en lamoneda en que se haya abonado en la cuenta del beneficiario, los gastos desglosados olos intereses que deba abonar el beneficiario, el tipo de cambio y el importe de la operaciónantes de la conversión de moneda, y la fecha de valor del abono.Esta información se facilitará de manera gratuita, periódica, al menos una vez al mes y enla forma convenida por las partes, siempre que permita al beneficiario almacenar la información y reproducirla sin cambios.Por último, indicar que, de acuerdo con los criterios mantenidos por este Servicio de Reclamaciones, las entidades deben atender las solicitudes concretas de información a posteriori (incluso aunque el usuario hubiera dejado de ser cliente de la entidad) para la obtención de las aclaraciones pertinentes o de la liquidación de la deuda pendiente de pago.De esta forma, si durante la relación contractual le surgen al cliente dudas razonables acercade los registros anotados en sus cuentas o sobre el saldo que figura en las mismas, no puedeconsiderarse suficiente, desde el punto de vista de las buenas prácticas bancarias, que ante la solicitud de información de su cliente sobre la deuda generada con su tarjeta se limite a la mera indicación de la ausencia de errores en la aplicación de comisiones y tipos de interés, o la remisión del extracto general ya enviado, sino que debería facilitarse un detalle completo de la liquidación, donde los clientes puedan verificar los saldos, las fechas de valor de los apuntes y demás parámetros que les permitan llevar a cabo las comprobaciones que consideren pertinentes a efectos de verificar la bondad de los importes consignados en las liquidaciones. Les recuerdo que el Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones del Banco de España, es el garante de que los contenidos y principios aludidos, son reglas cuyo cumplimiento será susceptible de verificación por parte de esta entidad, en el marco del proceso de supervisión prudencial de las entidades de crédito.También quiero hacer énfasis que el Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones del Banco de España recoge en diversas memorias, pronunciamientos contra entidades, por no facilitar la documentación solicitada sin causa justificada, aun manteniéndose el cliente en situación de mora, en los que supone un quebrantamiento de las buenas prácticas bancarias y del principio de transparencia.  Les agradeceré que me contesten, por escrito, a la mayor brevedad posible recordándoles que el plazo de 1 mes, en mi calidad de consumidor, a contar desde el recibo de la presente, es el máximo estipulado por:La Normativa del Banco de España y La Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, Artículo 9.Sobre los Departamentos y Servicios de Atención al Cliente indica que:b) La obligación por parte de la entidad de atender y resolver las quejas y reclamaciones presentadas por sus clientes, en el plazo de un mes desde su presentación en el departamento o servicio de atención al cliente o, en su caso, defensor del cliente. En caso de que en el citado plazo no obtenga lo reclamado por mí, me veré obligado a presentar mi reclamación ante dicha entidad, en defensa de mis legítimos intereses.Sin otro particular,En [localidad], Fecha y Firma Quedo a la espera de una respuesta a nombre de: tu nombre y apellidoDirección: tu direccion Código Postal y Ciudad: Es muy importante que sean cartas certificadas. Si mandas carta ordinaría o un correo electrónico o simplemente haces una llamadita al atención al cliente, no va cambiar nada. ¿Qué ganas con lo de las cartas certificadas? Verás como la mayoría de tus llamadas empezaran a ser dirigidas hacia RTD en vez de ti, tus familiares y tus conocidos. Y lo más importante, ganas tiempo. Yo cuando envié la segunda carta a Wizink, las llamadas pararon unos 3 meses. Mucho ánimo y no desespereis. A mi me liquidaron la primera deuda a los 7 meses. Ahora la situación es todavia mas complicada debido a la pandemia. BlasP.D. : no me mandeis mensajes privados porque no puedo responder. Aqui en el foro os va contestar alguien, yo o quien sea. Hay mucha gente que ya tiene experiencia con RTD
Ir a respuesta
Blas I 23/03/21 12:29
Ha respondido al tema Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?
Cuando yo entré en RTD, a mi me reclamaban los de Cofidis unos 2100€. La deuda se liquidó por 900€ + comisión RTD (15% del descuento). Esa es mi experiencia con Cofidis. A mi tambien me amenazaron durante casi 1 año hasta que los bloqueé y pasé de ellos. Para no decir que fue mi primera deuda de las grandes y fue un alivio para mi salud mental en aquel momento. De hecho, fue cuando empecé a creer de verdad en RTD. Animo!
Ir a respuesta
Blas I 23/03/21 12:22
Ha respondido al tema Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?
Y casi un año después, vuelvo con buenas noticias: RTD acaba de liquidarme una deuda más.  Deuda con Wizink:  3227.48€ Descuento: 2581.98€ Liquidada por: 645.50€ + comisión RTD (os dije que no son baratos) Que los de Wizink estan ofreciendo este tipo de acuerdos a todo el mundo? Pues si. Os dije que no es necesario contratar a nadie y que podeis negociar por vosotros mismos. Pero, por comodidad, yo lo dejo en mano de los profesionales. Mucho ánimo!Blas
Ir a respuesta
Blas I 04/10/20 13:57
Ha respondido al tema Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?
Hola, Alguien me ha escrito un mensaje privado pero por alguna razon no le puedo contestar por privado, asi que lo  voy a hacer aqui. El mensaje es el siguiente:  Hola! espero no molestarte, pero estoy pensando en contratar a RTD para que nos ayude a negociar unas deudas y he entrado a Internet para ver si son gente legal y real y encontré este foro y vi que has contestado a mucha gente con sus dudas y me ha ayudado un montón a decidirme en aceptar su propuesta, pero aun sigo con algunas dudas, sobretodo si mi dinero no se va a perder y voy a quedar peor a como estoy ahora y segundo si es mejor que ellos nos ayuden a negociar las deudas y no hacerlo nosotros por nuestra cuenta, si los descuentos que consiguen si son mejores que los yo pueda conseguir sola por mi cuenta, vi que a ti te ayudaron bastante, eso me da ánimos para aceptar su propuesta, pienso que es mejor pagar una comisión a alguien experto que ahorrarme un poco de dinero pero como dices soportar la presión de los cobros, que me aconsejas ? por tu ayuda y tu atención muchas gracias !! Y mi respuesta: Yo no confio ni en mi padre, asi que te lo voy a dejar claro: cuando yo contraté a RTD no era cuestion de confianza, sino de desperación. Era mi ultima opcion, mi ultima carta y la jugué. No meto la mano en fuego por nadie, ni voy a prometerte cosas que no me corresponden, yo tan solo os conté mi experiencia, que gracias a Dios, ha sido positiva. Me han hecho descuentos impresionantes y he conseguido liquidar 2 deudas de 4 con ellos, en 10 meses mas o menos. Por otro lado, un contrato a largo plazo tiene sus riesgos. Imaginate que todo iba bien al principio pero la empresa empieza a obtener resultados negativos con el tiempo. Nunca se puede saber y repito : no quiero darte unas garantias que no puedo dar. Yo sigo con ellos, para una ultima deuda que tengo y a ver que pasa. Voy a tardar mas o menos un año en liquidarla y de momento, como no tengo el ahorro sufiiciente para que haya una negociación entre RTD y mi acreedor, toca esperar y pagar religiosamente mi cuota. Y cruzar los dedos que todo salga tan bien como en las deudas anteriores :) Sin embargo, te digo otra cosa: confio en que el sistema legal español es lo suficientemente potente para prever y mitigar este tipo de riesgos. No creo que una empresa puede simplemente coger la pasta y marcharse. Es lo que creo yo. Por otro lado, los compañeros de foro han probado otras opciones como por ejemplo Repagalia, Repara tu Deuda (que es otra empresa) o simplemente abogados que se dedican a este tipo de cosas. Intentar negociar por tu cuenta es una solucion, pero despues de intentarlo unos meses, me he rendido porque hay mucha burocracia y requiere mucha involucración. Yo para negociar un descuento de unos 350€ (que lo acabé consiguiendo), me tuve que pelear con un banco unos 4 meses, hacer reclamaciones al Banco de España, enviar cartas certificadas en las que me gasté como minimi 50€, etc. Ademas, tienes que estar disponible para hablar con ellos por telefono y las llamadas de los despachos de cobranza se me hacian ya inaguantables. Asi que renuncié a la negociacion por cuenta propria y volví al programa de RTD, por falta de tiempo y ganas de seguir negociando yo mismo. Pero quien tiene el tiempo y la energia necesarios para esto, adelante! Es una opción muy a tener en cuenta! Mucho animo! Todo tiene solución.Un abrazo. Blas
Ir a respuesta
Blas I 27/07/20 07:00
Ha respondido al tema Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?
Te das cuenta si mienten o no porque te siguen llamando y mandando cartas. Desde el momento que ellos presentan la denuncia en el Juzgado tienen que: - eliminarte de los ficheros de morosidad - dejar de intentar recuperar la deuda. No pueden contactar contigo de ninguna forma : telefono, sms, correo electrónico, cartas, etc. Nada. Por eso, tu guarda todo porque si incumplen alguna de estas reglas, eso va jugar a tu favor en el juicio. Si te siguen llamando, no hay ninguna demanda. 
Ir a respuesta
Blas I 27/07/20 05:50
Ha respondido al tema Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?
Correcto. Y muchas de las empresas de microcreditos harán todo lo posible para evitar el juicio, ya que las mismas son entidades no reguladas por el Banco de España y muchos de los juicios acaban a favor del cliente, en base a la Ley contra la usura. Así que, que sepas que son solo amenazas. En cuanto a los de RTD, ellos solo se pondrán en contacto con las entidades cuando tu hayas ahorrado dinero suficiente para que puedan negociar. No se van a poner en contacto con ellos en los primeros meses. Tu tienes un plan de liquidación. Si tu primera deuda se liquidará en el septimo mes, por ejemplo, los de RTD comenzaran las negociaciones con tus entidades a partir del quinto mes, mas o menos. Ánimo! 
Ir a respuesta
Blas I 24/07/20 04:40
Ha respondido al tema Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?
Sin embargo, si que lo hacen. Por ejemplo el Deutsche Bank España: Préstamo Mejora 4,99 DB Sin sorpresas, olvídate de los cambios en el Euribor. Cambia ahora tu actual préstamo desde otra entidad a Deutsche Bank. Mejora tu tipo de interés y benefíciate de grandes ventajas. Con el Préstamo Mejora 4,99 DB mantendrás tu actual préstamo mejorando sus condiciones: Reduciendo tu cuota actual. Posibilidad de ampliar el importe y el plazo. https://www.deutsche-bank.es/pbc/data/es/prestamo-mejora-499-db-pa.html Si amortizaste menos del 25% de los plazos de un prestamo con un interes superior al 8% TAE, te compensa de sobra. Tengo un amigo que estaba en la misma situación que yo con las deudas y el quiso refinanciar en vez de intentar negociar. No te hacen preguntas, la única condición es que no estés en los ficheros de morosidad y que tengas una nómina (en general superior a los 1000€). P.D.: y que no tengas impagos.
Ir a respuesta
Blas I 22/07/20 07:01
Ha respondido al tema Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?
Hola a tod@s, He recibido por mensaje privado un mensaje de alguien que tiene que gestionar las cuentas de un familiar que tiene problemas de salud. No sé porque no puedo contestar via mensaje privado asi que dejo aqui mis respuestas: - al firmar el contrato con RTD tu decides que deudas quieres incluir en dicho contrato y que deudas no.  Yo, por ejemplo, metí 4 deudas y me quedé con alguna que le quedaba poco tiempo para liquidar, y las liquidé yo solo. RTD sabe las deudas que tu tienes porque tu les pasas los extractos de las cuentas (tarjetas, prestamos, etc.) antes de firmar con ellos- la única manera de ver las deudas es en el contrato que se firmó con RTD. Puedes solicitar una copia mandando un correo desde el email de tu familiar a "ayuda [at] resuelvetudeuda.com" - cuando tu contratas con RTD estás ya supuestamente en situación de impago. Esa situación tiene que seguir desde el momento que contratas con RTD, ya que de aquel momento en el adelante llevan ellos tu situación crediticia. Es decir, tu no tienes que pagar nada mas a las entidades, de pagar algo se encargaría RTD - si, RTD te mandan autorizar a 3 de sus empleados para negociar en tu nombre con todas las entidades. Espero que te haya sido de ayuda. Un saludo, Blas
Ir a respuesta