Pues no lo se....En principio, por protección de datos, no podrían acceder a la base de datos de OrangeBank (no recuerdo haber firmado que autorizo la cesión de mis datos a Cetelem)
Se despejaron las dudas...3.25% (sin comisión mantenimiento hasta 31/12/2024)Transferencias inmediatas gratis.....Toda la información: https://www.cetelem.es/cuenta-corriente-y-ahorro-bienvenida/?utm_medium=external&utm_source=orange-app&utm_campaign=bienvenida-postlogin-app
Depende del número de hijos:En el caso de 1 hijo: Donación de 30.000 € (patrimonio inferior a 402.678 €)Cuota sin bonificación: 2.652,48 €Cuota a pagar (con bonificación del 95%): 132.64 €Debe realizarse en escritura públicaAcude al órgano tributario de tu comunidad autónoma y que te hagan los cálculos
La información de las bonificaciones de la Comunidad de Castilla la Mancha, las tienes aquí:https://portaltributario.jccm.es/informacion-tributaria/beneficios-fiscales-en-el-impuesto-sobre-sucesiones-y-donacionesY los modelos:https://portaltributario.jccm.es/informacion-tributaria/donaciones
La obligación de presentar el modelo 720 es independiente de la obligatoriedad de presentar declaración de la renta. Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos:Artículo 42 bis. Obligación de informar acerca de cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero.Las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español, los establecimientos permanentes en dicho territorio de personas o entidades no residentes y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, vendrán obligados a presentar una declaración informativa anual referente a la totalidad de las cuentas de su titularidad, o en las que figuren como representantes, autorizados o beneficiarios, o sobre las que tengan poderes de disposición, o de las que sean titulares reales conforme a lo señalado en el párrafo siguiente, que se encuentren situadas en el extranjero, abiertas en entidades que se dediquen al tráfico bancario o crediticio, a 31 de diciembre de cada año .....No existirá obligación de informar sobre ninguna cuenta cuando los saldos a 31 de diciembre a los que se refiere el apartado 2.d) no superen, conjuntamente, los 50.000 euros, y la misma circunstancia concurra en relación con los saldos medios a que se refiere el mismo apartado. En caso de superarse cualquiera de dichos límites conjuntos deberá informarse sobre todas las cuentas
En principio no tiene mayor importancia que no te den el documento. No lo necesitas para nada!La inscripción de la cancelación ya está hecha, y no la pueden anular.Si en un futuro pides una nota simple, va a salir que no existen cargas.
"Como la puntualidad es algo que nos gusta tanto como a ti, en ING recibes tus transferencias también los sábados. Así tienes tu dinero disponible el fin de semana, que es cuando más se disfruta"
No tienes nada claras las cosas....Mayo 2023: " Yo todos los años subo y bajo dos veces. En verano y en Navidades "11/03/2024: " en mi casa tenemos todos american express al igual que en mi familia y la mía quizás es en la que no subo y bajo tantas veces. "15/03/2024 15:27: " Y ese no es el motivo porque en mi cuenta no he subido en ningún momento o bajado de categoría"
En las condiciones generales, en el apartado 12 (página 12/19), se establece:Iberia Cards podrá ejercer este mismo derecho de resolución siempre que se comunique esta circunstancia al titular del contrato con al menos 2 meses de antelación a la fecha prevista de terminación. https://www.iberiacards.es/tablon-anuncios/ccgg/tarjetas-personales
Cualquier entidad financiera puede cancelar un contrato con un preaviso de 2 meses, sin ningún tipo de explicación. Tú, tienes derecho a que te cancelen el contrato en 24 horas. (Ley de Servicios de Pago).No tiene ninguna lógica que amex cancele una tarjeta por "tener muchos viajes". Amex no asume ese riesgo, el riesgo los asume la seguradora, en este caso Inter Partner Assistance SA (Bélgica).
La cobertura de los seguros de Amex-Platinum comparada con los de la Iberia Icon o wizink oro, no tiene nada que ver, según mi opinión. Si bien todo depende de las coberturas que quieras tener cubiertas, yo no calificaría de "muy buenos" esos seguros. El detalle de las pólizas está en:https://www.americanexpress.com/content/dam/amex/es/beneficios/infotitulares/pdfs/platinum_insurance_082020.pdfhttps://www.iberiacards.es/ventajas/seguros-gratuitos/files/mapfre-seguros-ibc.pdfhttps://www.wizink.es/content/published/api/v1.1/assets/CONTEE856B9A2DEE493CB445EBD23C1EA9E4/native/Extracto+seguro+Accidentes+Tarjetas+Oro+2024.pdf?channelToken=3394f3ed97ae4110bf5a42e43424c00cÚnicamente, por ejemplo, el seguro de asistencia sanitaria de amex es 1.000.000 €, mientras que el de la de wizink es 45.000 € de y el de la icon 9.015 €. Yo no estaría nada tranquilo con estos importes para viajes fuera de la UE. Imagina cualquier problema en Estados Unidos!
En el mes de mayo de 2023 indicaste:" Buenas noches!Yo todos los años subo y bajo dos veces.En verano y en Navidades.No hay permanencia solo te cobrarían la cuota de los meses que estés con ellos. Lo único malo es si tienes bonificado la gold o algo así o ya tienes pagada la anualidad de la gold lo pierdes.Una vez tengas la platinum tienes el bono de 250€ en viajes y la promoción de bienvenida.Una vez vuelves a bajar a gold no tienes promo de bienvenida pero si el abono en restaurantes y los 100€ en viajes online. "No se habrán cansado de tanto cambio de gold-platinum-gold?
En principio una AMEX emitida en España no es la mejor opción para pagar fuera de la zona euro. Se llevan una comisión del 2.90%.Tienes otras tarjetas que no te cobran comisiones por utilizarlas fuera de la zona euro: Revolut, N26, Bank Norwegian,...
Artículo 80.3 del Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: " La oficina gestora que hubiese practicado las liquidaciones podrá autorizar, a solicitud de los interesados, deducida dentro de los ocho días siguientes al de su notificación, a las Entidades financieras para enajenar valores depositados en las mismas a nombre del causante y, con cargo a su importe, o al saldo a favor de aquél en cuentas de cualquier tipo, librar los correspondientes talones a nombre del Tesoro Público por el exacto importe de las citadas liquidaciones "
Si consideras que ese seguro no cumple con tus necesidades, puedes intentar buscar otro seguro que no excluya a los mayores de 70 años ni preexistencias. Lo vas a tener complicado.Con respecto al tema de protección de datos, señalar que mi opinión es que la compañía de seguros está legitimada a solicitarte el historial médico en el caso de que tenga que pagarte una asistencia médica, dado que uno de los requisitos es que la patología no sea preexistente. ¿Cómo verifica que se cumple con las condiciones firmadas y no estás intentando cometer un fraude? Con tu historial médico. No obstante si consideras que la compañía de seguros vulnera la normativa de protección de datos puedes presentar la oportuna denuncia a la Agencia Española de Protección de Datos
Ya se ha pronunciado:https://www.eleconomista.es/legal/noticias/12640426/01/24/el-tjue-dice-que-el-plazo-para-reclamar-los-gastos-hipotecarios-comienza-cuando-el-cliente-conoce-su-abusividad.html
No, no han modificado nada.Todas las bonificaciones las tienes en https://tributos.jcyl.es/web/es/informacion-tributaria/sucesiones.html y https://servicios4.jcyl.es/sirijcyl/usuario/DescargaPDF?modelo=660&pageOperation=DESCARGARINSTRUCCIONES