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Centurix

Se registró el 16/05/2019
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Centurix 09/07/19 10:04
Ha respondido al tema Arras, se resta de los gastos??
Yo entiendo que vais un poquito justos de efectivo y parte del dinero de la hipoteca se dedicará a sufragar los gastos de la misma. Si es así, el resultado final es el mismo. Tienes 25.000 euros y te los vas a gastar todos en la compraventa y la hipoteca.
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Centurix 09/07/19 09:59
Ha respondido al tema Poner vivienda a nombre de uno
Cambia de abogado. En nuestro derecho común, el orden de sucesión hereditaria sin haberse otorgado testamento pasa, en primer lugar, a los hijos o descendientes. Con los certificados de defunción literales del padre y del abuelo pides el certificado de últimas voluntades de ambos. Si no han otorgado testamento deberemos proceder a iniciar un procedimiento de declaración de herederos “ab intestato”. Este procedimiento de declaración de herederos “ab intestato”, con la actual Ley de Jurisdicción Voluntaria (Ley 15/2015) se tramitará siempre vía notarial y través de un acta de notoriedad. Y eliges un notario: donde vivía, donde está el piso o donde murió. Te acercas al notario y se lo cuentas. Y cambia de abogado.
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Centurix 01/07/19 11:41
Ha respondido al tema Terraza y catastro
  y mi casa, incluida la terraza es exactamente igual que la de arriba Si tu casa es igual que la de arriba, su terraza está sobre la tuya (tu porche). Y ahí me he perdido... Los balcones, terrazas, porches y demás elementos análogos que estén cubiertos computan al 50% de su superficie, salvo que estén cerrados por tres de sus cuatro orientaciones, en cuyo caso computan al 100%.
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Centurix 30/06/19 07:57
Ha respondido al tema Venta de piso de padres a hijos
Si es compraventa no es donación y viceversa. Olvídate de lo que es más ventajoso fiscalmente y atente a la realidad del negocio. La donación y la compraventa tiene sus ventajas e inconvenientes.
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Centurix 20/06/19 12:31
Ha respondido al tema Escritura de Aceptación y Partición de Herencia.
La escritura se la queda el Notario y lo que se entrega a los comparecientes es una copia, puesto que el documento original, llamado escritura pública o matriz, se encuaderna y se queda depositado en el protocolo notarial.  
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Centurix 08/06/19 13:08
Ha respondido al tema Recuperar vivienda por necesitad - Alquiler de vivienda
Artículo 9. Plazo mínimo. 1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a tres años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará... 3. No procederá la prórroga obligatoria del contrato si, una vez transcurrido el primer año de duración del mismo, el arrendador comunica al arrendatario que tiene necesidad de la vivienda arrendada...  El contrato que nos ocupa se firmó por tres años y no está en prórroga. El arrendatario puede desistir del contrato porque se lo permite el artículo 11: Artículo 11. Desistimiento del contrato. El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.  
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Centurix 06/06/19 13:25
Ha respondido al tema Recuperar vivienda por necesitad - Alquiler de vivienda
No estoy de acuerdo con lo que te han contado. Yo hago contrato de alquiler por un año y prorroga legal hasta cinco (ahora). La ley dice que «No procederá la prórroga obligatoria del contrato si, una vez transcurrido el primer año de duración del mismo, el arrendador comunica al arrendatario que tiene necesidad de la vivienda arrendada para destinarla a vivienda permanente». El citado texto legal, leído literalmente, lo que establece es que no « procederá la prórroga obligatoria«, lo que significa que si el contrato se ha establecido por una duración de dos o tres años, el arrendador no podrá recuperar la vivienda alquilada por necesidad hasta que no haya transcurrido dicho plazo, pues el contrato no está en prórroga.
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Centurix 01/06/19 17:52
Ha respondido al tema Pago plusvalia a Hacienda exticion condominio
¿Cuando dices plusvalía te refieres al "impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana" y hacienda a la "Hacienda Municipal"? En el supuesto de que una comunidad de bienes esté constituida únicamente por un bien inmueble, la adjudicación del mismo a uno de los comuneros con compensación económica al otro, no produce la sujeción al IIVTNU por no existir una transmisión de la propiedad entre los comuneros, ni civil ni fiscalmente, sino que se trata de una mera especificación o concreción de un derecho abstracto preexistente que ya ostentaba cada uno de los comuneros.
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Centurix 18/05/19 10:52
Ha respondido al tema Pago de contrato de las arras
Exagerando es como si le pones una cláusula diciendo que pague tus impuestos aunque los descuente del precio "Del precio convenido la parte compradora retiene la cantidad de xx.xxx euros para la cancelación de la hipoteca y el pago de las tasas e impuestos que correspondan a dicho hecho" Pues sí, he pagado impuestos de otro con SU dinero que no llegó a salir de mi bolsillo. Pues sí que sois quisquillosos algunos.
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Centurix 18/05/19 10:43
Ha respondido al tema Pago de contrato de las arras
En escritura he hecho yo dos cheques, uno al propietario y otro a la inmobiliaria. Por el TOTAL de la vivienda. Yo pago como me pide el propietario, y a mi me da igual quien sea el titular de las cuentas con tal de que quede reflejado que yo pago.
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Centurix 18/05/19 10:11
Ha respondido al tema Compraventa de proindiviso de herencia
Sí, en la Adjudicación y Aceptación de herencia pusimos un valor lligeramente superior al real de mercado. Pues a eso me refiero, un valor algo superior al de mercado para el pleno dominio. A eso debes descontarle el usufructo, por lo que nunca compensarás a valor de mercado. Yo no compro hoy la nuda propiedad de un piso habitado por una mujer de 65 años a precio de mercado pues tardaré unos 20 años en obtener el pleno dominio. De hecho, pienso que les haces un favor a tus hermanos, ellos no lo verán así, pero lo es.
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Centurix 17/05/19 12:21
Ha respondido al tema Compraventa de proindiviso de herencia
Yo no tengo ni idea de estos temas, pero por lo leído en este foro, lo que me dicen en la notaría y lo que me dijeron en la propia CAM, para aplicar el AJD debe ser disolución de condominio total. Eso pasa muchas veces pero nos lleva al absurdo. Sois 5 hermanos, dos venden y pagan ITP; quedan tres. Otro vende y paga ITP; quedan dos. Disuelven finalmente el condominio y pagan AJD. Como comentas que estás en Madrid, puedes intentarlo pues el Tribunal Superior de Justicia de Madrid entiende que la extinción parcial del condominio sobre un bien inmueble no tributa por la modalidad transmisiones patrimoniales onerosas del ITP y AJD, siendo de aplicación el art. 1062 CC. No obstante el TS debe resolver en breve un recurso de casación que aclarará los casos similares al tuyo: o AJD o TPO. Liquidáis por AJD y si el supremo falla en contra ya hacéis la complementaria.
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Centurix 17/05/19 07:14
Ha respondido al tema Compraventa de proindiviso de herencia
Pues yo entiendo que la extinción parcial del condominio es factible (Artículo 400 CC: Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad) y solo pagáIs AJD. No sé si la vivienda se adjudicó en un precio en el momento de la aceptación de la herencia, y si ese precio corresponde al pleno derecho o solo a la nuda propiedad ya que el usufructo vitalicio es de tu madre. Como hablamos de la extinción del condominio sobre un derecho (la nuda propiedad) el precio de compensación puede ser el que ambas partes acuerden pues tu madre puede vivir muchos años y, aunque venda por debajo del precio de mercado del pleno derecho, hacer un gran negocio HOY.
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Centurix 16/05/19 06:25
Ha respondido al tema Pago de contrato de las arras
Es correcto siempre que quede reflejado tanto en ese contrato como en la escritura que los 8.000 euros forman parte del precio de compra; es decir, que has pagado 15.000 euros como arras
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