Se ha hablado de todo, creo, y todo basado en lo que les han dicho por telf a otros rankianos y en lo que ofrece BIG en Portugal, que lo puedes ver en su web o en este mensaje de @monillo
www.rankia.com/foros/depositos/temas/5275264-que-opinais-deposito-remunerado-banco-big?page=32#respuesta_58651051000€ para el depo de 3 meses y 25k para el de 6
No olvidemos que toda esta info de momento es telefónica, no hay nada por escrito, y a mucha gente le han dicho que para los ya clientes estudiarían caso por caso. Quiero decir que a lo mejor llega un antiguo cliente con 75k y le permiten abrir el depo y a otro con 20k le exigen alguna vinculación...
No veo el problema, si se tienen que cumplir esas tres condiciones quiere decir que puedes ser francés o italiano pero debes tener residencia fiscal en España, igual con un vasco que tenga residencia fiscal en otro punto de España
Yo me imagino que la "discriminación" viene por el hecho de que para poder pasarle los datos a hacienda (que seguramente será un requisito para que les permitan operar) necesitarán adaptar los sistemas del banco y a lo mejor han calculado que para el número de clientes potenciales de esas regiones pues no les compensa el gasto, o al menos que no es una prioridad.
¿Seguro? Lo que yo tengo entendido es que las comisiones de un banco no pueden generar descubiertos, pero eso no quiere decir que no pueda generar una deuda con el banco.
Vaya por delante que desconozco totalmente la operativa de BIG, pero yo lo primero que haría es averiguar cuánto tiempo debe pasar para que te consideren cliente nuevo (en algunos bancos bastaba con 1 mes), luego ver si aún estás en plazo de desistir del depo, y si lo estás , solicitarlo con la esperanza de que te oferten algo mejor. Y si ves que tienes tiempo de sobra para desistir puedes llamar antes para ver si te mejoran por las buenas.Si no te mejoran, cerrar la cuenta cuanto antes para que empiece a contar el tiempo para ser considerado cliente nuevo. Las nuevas condiciones de BIG según otro usuario las ofertarán dentro dos semanas, así que con que las mantengan otro par ya se pasa un mes. Mientras tanto el dinero a alguna cuenta remunerada.Respecto al desistimiento, si no estás en plazo siempre puedes cancelar, aunque perderás algunos intereses y lo peor es que tendrás que estar pendiente de que Hacienda te devuelva lo retenido (aunque en tan poco plazo serán 4 duros)En cualquier caso lo más difícil supongo que será que te consideren cliente nuevo , porque seguramente un mes sea poco... No obstante, si no cuela, tampoco creo que sea difícil encontrar alternativa a ese 2,5
La verdad es que como decía no está redactado de manera clara, y lo que más me escama es la palábra "mínimo": "Cálculo de devengo de intereses según el saldo medio mínimo diario del trimestre de la cuenta remunerada por el tipo de interés nominal (expresado en tanto por cien), desde 3.000 a 30.000€" Si es el saldo medio del trimestre no tendría sentido hablar de "mínimo" porque saldo medio solo hay uno, si por el contrario el saldo medio se calcula cada mes habría 3 medias y cogerían la mínima de esas 3.Como digo, si pusieran un par de ejemplos (un caso típico y alguno extremo) ayudaría mucho a entender lo que quieren decir. 😄
Una barbaridad? una barbaridad es lo que ha subido el aceite de oliva (un 100%), la realidad es que con la inflación que tenemos sigues "perdiendo dinero" con ese 4%😋
Creo que lo interpretáis mal, pone que el saldo medio diario a remunerar debe estar en esa horquilla, es decir si el saldo medio es 3000, ese saldo es el que se remunera, si fuese 2999 ya no.Es verdad que tal como está redactado es algo confuso, estaría bien que pusieran algún ejemplo para aclararlocc: @piqueras
Ojo! Para los ingresos de Openbank, si no recuerdo mal, en las condiciones indicaban que no se aceptan transferencias normales, deben ser de tipo nómina y mínimo 900€