Por si le queda a Ud. mas claro.Ud. Tienen la Nuda Propiedad. (Se llama así). Nuda propiedad es aquel derecho de una persona sobre una cosa en la que su relación con ella es de ser sola y únicamente propietario, (propietario de ese 35%). Como propietario (aunque no sea usuario), tiene el dominio sobre la cosa, pero no ostenta la posesión por haber sido cedida dicha posesión a través de un derecho llamado usufructo a favor de su madre.Ese derecho que UD tiene, la nuda propiedad tiene un valor económico (ya que por ejemplo podria vender ese 35%). ¿Cuanto vale su nuda propiedad desde el punto de vista de Hacienda?. La nuda propiedad se calcula como la diferencia entre el valor total del bien y el valor del usufructo. Eso será importante cuando Ud. venda el piso. O si Ud. estuviera obligado a hacer Impuesto de Patrimonio. Todo esto es bueno que lo sepa pero no significa que Ud tenga una "segunda vivienda" sobre la que imputar rentas como Ud piensa. (no está a su disposición, está a disposición de su madre que la usa)¿Entonces...Como afecta eso a su IRPF? Segun lo que Ud expresa. Entiendo que en su caso, el inmueble en nuda propiedad no le genera rendimientos, por lo que Ud no tiene que tributar nada, en todo caso quien debe tributar, si fuera el caso, es la persona usufructuaria al disponer del derecho de uso y disfrute (es decir su madre).Salud.