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Será obligatorio hacer el modelo 720 para los titulares o autorizados en cuentas en el extranjero cuyo saldo conjunto sea superior a 50.000 euros. También será obligatorio presentar esta declaración cuando el valor de alguno de los bloques supere los 50.000€ o su valor se incremente en más de 20.000€ de un ejercicio a otro. Sin embargo, si no tienes que hacer el 720, tendrás que indicar los rendimientos dinerarios obtenidos a la Hacienda en España dado que al no ser una entidad española no aparecerán dichos rendimientos en el borrador.Para la retirada fondos no cobran comisión pero dado que es una transferencia SEPA puede tardar entre uno y dos días hábiles y dependiendo de los horarios de apertura de tu banco.