Es lo que tiene preguntar en foros, que recibes opiniones que no te gustan ;)))
Cuando decia lo de tu tio, me referia a que desde hace años (más de cuatro), y por peticion que se le hizo al tito Botin en una JGA, la transmisión hereditaria de acciones SAN está exenta de esa comisión del 1%. (el resto de acciones, no).
Está recogido en el punto 7 de las faqs sobre la accion SAN, de la web del banco:
http://www.santander.com/csgs/Satellite/CFWCSancomQP01/es_ES/Corporativo/Accionistas-e-Inversores/Accionistas/Espana/Preguntas-frecuentes.html
Comentas si podrías vender las acciones antes de que las pusieran a tu nombre. En principio, no se pueden vender, pero existe una salvedad, por la que si que se pueden vender acciones antes de cambiar de titularidad, y que quizás puedas aplicar. Es el caso de que se vendan para el pago del Impuesto de Sucesiones.
Pongo un enlace, que aunque se refiere al caso de venta de participaciones de FI, es aplicable tambien a acciones.
http://www.lavanguardia.com/20081008/53555014903/venta-de-fondos-de-inversion-para-pago-del-isd.html
En cuanto a lo de la doble comision, no estimo que sea tal, pues realmente se hacen dos operaciones diferentes.
Entre tu y yo, ahora que es tarde y no nos lee nadie: Se puede solicitar que directamente las acciones heredadas se depositen en otro broker distinto. Si en la sucursal tienen dudas, que lo pregunten donde corresponda. Otra cosa: la comision de traspaso publicada de 100 € es la máxima. De facto, se cobran 30 euros mas IVA.
Espero que esta opinión, que tampoco has pedido, te sea de utilidad ;)))
Saludetes