Buenas tardes,
Retomo el tema ya que las acciones que vendió mi padre eran "regalo" por tener otras acciones, no sé si me explico por lo que ¿el precio de compra es 0 o es el precio que tenían cuando se las regalaron?.
Gracias de antemano
En mi nómina yo tengo un concepto en la nómina de "complemento de movilidad" pero me lo meten dentro de la base imponible. Entonces, ¿habría posibilidad de sacarlo?
Yo tengo justificante del ingreso y tengo también contrato privado de alquiler porque lo quisimos hacer legal pero, ¿en qué concepto me lo puedo desgravar si ya me estoy desgravando el otro piso como vivienda habitual? Entiendo que funcionaría como alguien que alquila un apartamento en la playa en vacaciones ¿no?
Gracias y un saludo
Buenos días,
Pues Berebere no estaba equivocado. He llamado a la entidad y lo que ofrecen es lo siguiente:
3.10% a 6 meses
3 a 12,25 y 36 meses
Osea una m...
Me han hablado de los pagarés, pero eso es otra historia...
Muchas gracias Enrique por tu rápida respuesta. Con respecto a lo del rendimiento de capital mobiliario, en las claúsulas que vienen en la página web aparece lo siguiente:
"El artículo tiene consideración de rendimiento del capital mobiliario según la legislación fiscal vigente, con el consiguiente ingreso a cuenta. Este ingreso lo realizará el banco en nombre del cliente, sin coste alguno para él".
Entiendo que a mi no me cuesta nada, verdad?
Por otra parte, me acaban de llamar y me han dicho que la emisión y mantenimiento de la tarjeta de débito es gratuita. La de crédito cuesta a partir del 2º año, pero es opcional.
Pues por lo que veo Hacienda contesta dependiendo del funcionario que te atienda... Mi marido ha estado esta mañana y le ha dicho que, desde el matrimonio, si se paga con gananciales, hay que ir al 50%... No sé muy bien a quién hacerle caso entonces
Esta misma pregunta la hice yo hace unos meses, en agosto cuando me casé, y todas las respuestas fueron que, de agosto en adelante, nos tendríamos que desgravar al 50% cada uno, pero ahora me hacéis dudar...
No sé si te servirá de ayuda pero el año pasado declaré la ayuda ya que leí por aquí a alguien que le estaban investigando por el tema, además me dio algo de miedo y decidí hacerlo ya que no hay mucha información clara al respecto...
Muchas gracias! esa era una duda que aún no me había surgido, lo que me refería era al hecho de que él amortizara deuda a fin de año para llegar a los 9000 € y deducirse el 15% por ello y yo no hacerlo. Pero claro, eso sería muy difícil de demostrar, no?
Gracias y un saludo
Muchas gracias por tu respuesta Empty. Pero entonces, ya que según la ley si amortizo hipoteca tengo que devolver las ayudas pero, ¿si amortiza él? o al ir al 50% tenemos que aportar lo mismo y amortizar lo mismo?
Saludos
Buenos días,
Muchas gracias por vuestras respuestas. Os digo un poco más cual es el sentido de la pregunta. Por una parte a lo que me ha contestado Empty, lo entiendo todo pero al poner la titularidad de la vivienda en la declaración no sé como tengo que hacerlo. La vivienda costó 125.000 €, de los cuales yo entregué unos 34.000 € a la firma, más otros 2.000 € de amortización que he entregado hasta agosto. De agosto a diciembre se amortizarán unos 1.000 €, por tanto en la titularidad de la vivienda sería 36.000 /125.000 = 28.8 % mía y el resto a partes iguales? ¿O sólo sería a partes iguales los 1000 € que entreguemos hasta diciembre, es decir un 0.4%? y el resto sería todo mía y el porcentaje de mi marido iría subiendo cada año... lo necesito para saber qué tengo que poner en la declaración de la renta.
Entonces ya dudo también con lo que me dices, Mouser, y no sé si tengo que dar explicaciones en este sentido en la declaración o pongo la deducción y la vivienda toda a mi nombre y ya está.
Entonces hacer la declaración individual o conjunta repercute algo en estos datos?
Gracias de verdad, no sabéis lo que me estáis ayudando