Muchas gracias. Sí, es lo que pensaba, pero prefería asegurarme. Pues por una razón muy sencilla: por motivos familiares y laborales -se iba fuera de España y allí sigue- quería el dinero que acordamos de su parte a la mayor brevedad. Yo accedí pero naturalmente puse de requisito firmar antes la extinción de condominio para que la casa, una vez hecho el pago de su parte, ya figurara enteramente a ni nombre. Accedió y ya está. Ella sabe que tengo un trabajo absolutamente estable -funcionario- y pago la hipoteca con relativa facilidad. Supongo que ello le daría cierta tranquilidad a la hora de acceder.
Ella vive de alquiler hace tiempo y como digo no tengo noticia alguna, era una duda "preventiva" que me ha venido a la cabeza leyendo cosas.
Yo la novación como digo la voy a hacer, pero naturalmente cuando me convenga.