No sólo puedes, debes. Date cuenta que todo este tiempo que el coche ha estado a tu nombre, reparado y funcionando con seguro, de haber habido algún siniestro con culpa en el que se excluyera cobertura de RC o la aseguradora accediera a aplicar el derecho de repetición de la indemnización pagada (ejemplo, alguien con tu coche va bebido y tiene un accidente, todos los daños están excluidos por el alcohol, dicho de otro modo, excluidos NO porque la RC es obligatoria peeero, una vez pagados los daños por la aseguradora ésta puede (y suele) repetir contra conductor y/o propietario de ser distintos). Si en este caso que te explico el conductor es insolvente irían por tu patrimonio.
Por tanto, estás cometiendo una GRAVE NEGLIGENCIA en contra de tus interés y patrimonio.
Procedimiento baja: El que quieras, siempre que sea FEHACIENTE y que acompañe, a la carta de anulación, documento justificativo de la baja, venta o demás (documento que te da el desguace cuando te recoge el coche).
Si no tienes más documento que el propio expediente del siniestro, BUROFAX con acuse de recibo de entrega y lectura de texto indicando que desde la fecha de accidente tu coche fue "vendido, cedido etc.." a un tercero y no está en tu posesión; esto no te libra de la culpa, pero al menos tienes algo que aportar en caso de que te venga un MARRONCITO.
Añadido a eso, haz las gestiones oportunas YA para el cambio de propietario, con desguace o quien quiera que tenga TU coche, hasta hoy.
Saludos,