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Srheathcliff

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Srheathcliff 08/04/21 18:05
Ha respondido al tema IRPF rentas alquiler local CB
Gracias por tu respuesta! Efectivamente creo que es como tú dices. Las rentas imputadas a los comuneros sí aparecen en renta web, sin embargo las retenciones no. Hay que meterlas a mano a pesar de que en el 184 ya las incluimos. Hoy he consultado el 184 por si había que modificar algo pero no, está todo bien. El problema es que al inicio de la declaración te salen todos los inmuebles de tu titularidad y te da a escoger cuáles incluir. La lógica parece decir que tendrías que incluir todos pero si lo haces así, entre las opciones que te da para dar de alta el inmueble; ninguna se ajusta al alquiler en régimen de atribución de rentas y si lo das de alta como arrendado y metes otra vez las rentas pues claro, estás duplicando datos. El caso es que si incluyes el inmueble sin más, el apartado de rendimientos inmobiliarios te queda en "pendiente" y no te deja acabar. Creemos que la solución es no incluir el local al principio porque en realidad ya aparece en la sección de régimen de imputación de rentas aunque algo escondido. Seguiremos investigando a ver si es así. Si no, tocará pedir cita pero esa es la suerte del pajarito porque dependiendo de quien te toque, igual te lía más. Gracias de nuevo por la respuesta.
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Srheathcliff 07/04/21 11:56
Ha respondido al tema IRPF rentas alquiler local CB
Gracias por responder. Sí, ya metimos las retenciones en el 184. Nuestra duda es si hay que reflejarlas también en la declaración del IRPF o con lo declarado en el 184 es suficiente. El.problema creo yo que puede ser que el local lo incluimos en la declaración como arrendado y quizás haya que meterlo como "afecto a actividad económica". ¿Puede ser eso‽ Si lo hacemos así, no aparece nada pendiente pero claro, no sabemos si es lo correcto.
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Srheathcliff 16/05/19 04:06
Ha respondido al tema Retención IRPF por arrendamiento de local
Muchas gracias por tu respuesta. En cuanto a darse de alta en hacienda, entiendo que con dar de alta a la CB sería suficiente, no? Porque será ella la que liquide el IVA. Es así?
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