Tanto la vía del FOGAIN como de la personación concursal dan una solución bastante adecuada al problema de cómo recuperar las inversiones realizadas. El Fondo da una cobertura de hasta 100.000 € por inversor y cuenta y el resto de lo invertido irá como crédito ordinario contra la masa activa del concursado Banco de Madrid. En cuanto se inicie la vía concursal, los titulares de los fondos podrán pedir la separación de sus bienes del resto de los acreedores y que no vayan al resto del patrimonio de Banco Madrid.
Todo esto se puede hacer, pero hay que saber cómo, pues a veces en los mínimos detalles está la diferencia entre poder recuperar o no lo invertido. Por eso es mejor ponerse en manos de los profesionales.
Espero poder ayudar.
Un saludo.