Un lector me escribe, vía e-mail, la siguiente nota: ¿Se puede usar el dinero procedente de la venta de un departamento para pagar una hipoteca existente en la casa que habitamos y que la compramos hace tres años y todavía solicitar la aplicación del código 1031 del IRS, que nos exoneraría del pago del impuestos a la ganancia de capital?
Ante todo, estimado lector, permítame aclarar que la utilización del Código 1031 del Servicio de Rentas Internas (IRS) no exonera al contribuyente del pago de impuestos sobre la ganancia. El código 1031 del IRS permite solamente diferir el pago de la ganancia de capital obtenido en la venta de una propiedad inmobiliaria, como ya he señalado en trabajos anteriores (véase paginas 175 a 178 del libro “Bienes raíces. Manual práctico de compra, venta y administración.” Cuarta edición.
En cuanto a la pregunta que me hace, la respuesta es “sí.” Usted puede utilizar las ganancias obtenidas en la venta de un inmueble para pagar una hipoteca existente y con el dinero restante realizar un intercambio de propiedades acogiéndose al código 1031 del IRS. La forma de hacerlo es la siguiente:
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Su abogado debe tener toda la información disponible para liquidar la actual hipoteca que usted detenta en la casa en que actualmente habita.
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Una compañía calificada, reconocida y autorizada por el IRS debe representarle como “Intermediario”, para tramitar el intercambio de propiedades que usted pretende hacer, para diferir el pago de impuestos.
Veamos un supuesto ejemplo:
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La ganancia de capital que usted registrará en la venta del inmueble será de $200.000.00.
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La hipoteca que usted desea liquidar y que usted detenta en su actual residencia tiene un remanente de $75.000.00.
$200.000.00 - 75.000.00= $125.000.00
Impuesto a la ganancia de capital: 20%
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Capital a diferir, utilizando el código 1031 del IRS: $125.000.00
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Conjugando los factores tendremos: $75.000.00 X 20%= $15.000.00 (pago de ganancia de capital).
Con los elementos delimitados, un equipo de profesionales capacitado para realizar intercambios de propiedades inmobiliarias y siguiendo las estrictas regulaciones que para diferir el pago de impuestos el Servicio de Rentas Internas impone, no le será difícil realizar su objetivo.
¡Buena suerte!
J. A. “Tony” Ruano es autor del libro “Bienes raíces. Manual práctico de compra, venta y administración.”
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