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Abognet 24/06/14 14:30
Ha comentado en el artículo Historia de Aristodemo el Tembleque y su reflejo en las subastas judiciales
ay... Tristán, los de la PAH... uno que es de oficio y que se deja los cuernos por los ejecutados... Me he encontrado con designaciones a menos de un mes del lanzamiento estando los clientes personados en la ejecución desde el inicio mismo con los de la PAH, pero que luego les dejan colgados. Al final tengo que ser yo, el abogado de oficio, quien a la desesperada intente suspender el lanzamiento. Eso sí, les pasan a los ejecutados "modelitos" para que ellos mismos los rellenen a mano y los metan por decanato cuando, en teoría, tienen un procurador que les representa y un abogado que les redacte estos escritos. Vaya morro!! También les engañan asegurándoles la viabilidad de un archivo del procedimiento por la existencia de las cláusulas abusivas (muy muy complicado) y, a veces, ni tan siquiera llegan a interponer el incidente de oposición (en mi ultimo caso, al abogado de la PAH se le pasó el plazo extraordinario de un mes para la interposición de la oposición, concedido por la DT de la ley 1/2013 para las ejecuciones en trámite) Otros clientes, se asesoran por estos abogados de la PAH (imagino que cobrando) al margen del letrado que está defendiendo en los autos sus intereses interponiendo los incidentes y los recursos, sin informar absolutamente de nada, como si no existiéramos. estos de la PAH merecen un post.. un saludo Tristán!
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Abognet 02/04/13 07:45
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
la cuestión, Kretan, es que a jubilados de toda España(da igual que jueguen al mus o no), "su banco" de toda la vida, le colaron un producto por medio de engaño, como si fuera un plazo fijo. la pregunta es sencilla: se les informó a los preferentistas, que esto de las participaciones preferentes consiste una deuda perpetua que el banco contrae con el cliente y que, si la entidad no quiere, no tiene ninguna obligación de devolver? esto lo entendemos todos. No hace falta ser un fiera de las finanzas. Y te aseguro que el 99 por ciento de los minoristas, de haber sabido esta información, no hubieran metido ahí su dinero. Fueron claramente inducidos, Kretan, aprovechando la confianza de ser viejos clientes. En mi caso, alcanza a 72000 euros estafados a mis padres por Caja Madrid, por la misma sucursal de la que son clintes desde 1958. A pesar de que yo soy abogado y tengo un hermano subdirctor de banco, mis padres confiaron en el director de su banco, no en nosotros, y por ello les engañaron.
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Abognet 10/03/11 13:20
Ha comentado en el artículo ¿Cómo eliminar la cláusula suelo hipotecario?
No solo es la cantidad a devolver, sino también la que vas a dejar de pagar de más durante la vida del crédito. Respecto a las costas, obvimente quien contrate un abogado para que le lleve este asunto, que se cuide bien que cuantifique la demanda con cuantía INDETERMINADA (las costas en caso de desestimación son 3.000 euros + iva), no sea que al compañero se le ilumine la cartera y cuantifique con el valor del préstamo hipotecario; por que la cornada, no hay que olvidar, se la lleva siempre el cliente. también entiendo conveniente no limtarse a la declaración de nulidad de la cláusula suelo, sino también cualquier otra abusiva de la escritura de hipoteca (al respecto, sirve del base la reciente Sentencia del TS, creo que bien conocida por todos), para al menos logarar una estimación parcial y que no haya costas judiciales para el cliente.
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Abognet 21/04/10 09:19
Ha respondido al tema Valor de adjudicacion de un piso embargado
¿Estás seguro que se despachó deuda por 88.000 euros? porque el banco, como ya te hemos comentado, se la querrá adjudicar por el 50 por ciento del valor de tasación (47.500 euros) perviviendo el resto de la deuda respecto a la cantidad no satisfecha por el ejecutado, hasta esos 88.000 euros. El banco, por tanto, no se quita de encima la deuda (podrá perseguir más bienes del deudor) sino que hace negocio (se adjudica por el 50, vende por el 95, y aún sigue siendo acreedor del ejecutado) Si ya se ha celebrado la subasta, y ha pujado el banco (sinceramente no lo creo) y la cantidad ofrecida no alcanza el 70 por ciento, el ejecutado tiene 10 días para presentar tercero que mejore la oferta. si es más del 70 te lo aprueban. Si es inferior, pero supera el 50 por ciento (por ejemplo el 60 por ciento que dices dispuesto a pagar), y en banco no ejerce su facultad de quedarselo por el 70, oídas las partes se estará a lo que diga SSª (normalmente te lo aprobarán) Lo que no queda claro en la LEC, es el trámite en caso de no haber postores y quedar subasta desierta; pero entiendo que aún así, el juzgado debería aceptar si el deudor se presenta con tu oferta superior a ese 50 por ciento, porque, en teoría, beneficia a todas las partes.
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Abognet 20/04/10 14:29
Ha respondido al tema Valor de adjudicacion de un piso embargado
En efecto, te han intentado colocar el mochuelo. En primer lugar, cualquiera puede acudir a subasta (la proxima vez, mejor que contactar con el acreedor ejecutante, comunicate con el deudor, quien estará encantado de pasarte los autos y que haya alguien que puje) Si la subasta está desierta, en efecto el banco se adjudica la vivienda or el 50 por ciento del valoe de la tasación o por la deuda si no llega a esa cantidad, más interese y costas. El banco, naturalmente, NO LE INTERESA que haya un tercero por medio, porque si hay una puja, se lo deberá adjudicar por 70 por ciento. Nunca te fíes de los bancos saludos
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