Una pregunta. Si me vencen en el mismo mes unas letras no competitivas a 12 meses y otras competitivas a 6 meses:a) ¿Las puedo reinvertir las dos como no competitivas al mismo plazo?b) ¿Las puedo reinvertir las dos como no competitivas a distintos plazo?c) ¿Puedo reinvertir unas como competitivas y otras como no competitivas, independientemente del plazo?Gracias.
En mi humilde opinión, creo que leéis mal lo que pone. A mi entender dice que cualquier letra podrá ser reinvertida pero sólo a 6 meses o a 12 meses, vamos, como siempre.
Buenos días. Una duda. Me vencen letras a 6 meses y otras a 12 meses en el mismo mes. ¿Puedo reinvertir ambas a 12 meses no competitivas? Lo digo porque sólo se puede hacer una petición de no competitivas para el mismo periodo y la misma subasta. Gracias.
No, te devuelve lo que tú tienes: una letra que vale 1000 euros, pero que tú la compraste más barata. El tesoro te la vendió más barata, pero te la recompra por lo que vale, que es lo que tú recibes.
Siguiente paso: que quiero otra letra. Pues no me envíes los 1000 euros, sino que compro otra letra que el tesoro me la va a volver a vender más barata. Pues como yo tenía 1000 euros me devuelve lo que me sobre.En ese caso desconozco si por transferirte lo que te sobre te cobran el 0,15 %. Por aquí creo que han dicho que sí.
Siguiente paso. Le devuelves la letra al tesoro al cabo del tiempo fijado y el tesoro por transferencia te envía tu dinero (1000 euros): por la transferencia te cobra el 0,15 %.
Yo creo que no es difícil de entender. Tú le compras al tesoro una letra que vale 1000 euros, pero que el tesoro te la vende pongamos, por ejemplo, a 970 euros porque te hace un descuento del 3%. Cuando pase el periodo establecido el tesoro te va a pagar los 1000 euros que vale la letra que compraste. Chim pum. Por otra parte, como el tesoro no sabe el descuento que te va a hacer te pide que le envíes por lo menos lo que vale (1000 euros) y ya después de la subasta te devuelve lo que te haya sobrado de la compra.
¿Queda alguien al que le hayan devuelto los sobrantes y aún no vea reflejada la adjudicación en la posición integral? Sabéis cuál es el orden: en mi caso solicité la compra el último día disponible por la web.
Yo creo que realmente no te están adelantando nada, sino que compras algo (la letra a, pongamos, 970 euros) y la vendes luego a 1000 euros. En ese momento está la ganancia, por lo que por eso supongo que declaras la ganancia en el irpf el año que la vendes, y no el que la compras, como he leído más arriba. El tesoro te hace un descuento, vamos, que te la vende más barata:"Son valores emitidos al descuento o a premio, por lo que su precio de adquisición puede ser inferior o superior al importe que el inversor recibirá en el momento del reembolso"
Buenas. Dudas con relación a la reinversión: Ante el vencimiento de unas letras, ¿se puede reinvertir parte en letras a 6 meses y parte a letras a 12 meses? Incluso ¿parte a un tipo, parte a otro y dejar sin reinvertir parte de la cantidad? Gracias.