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estovapeor 27/06/17 17:36
Ha respondido al tema Declaración en IRPF de preferentes cuyo contrato ha sido declarado nulo
  Buenas noches, jlopezhe: Ante todo he de decirte que las respuestas, por parte de la comunidad de Rankia no existieron, quizá, supongo, por lo enrevesado del tema, pero contestare a tu pregunta lo mejor que sepa y pueda;  1º Los teóricos 8.479 € de importe (7 % + IVA de lo recuperado), de la minuta del abogado, tras consulta con hacienda, no podían ser considerados pérdidas patrimoniales por tanto fue un gasto que no se consideró, a efectos IRPF, en este asunto y por tanto perdidas que tiene que asumir el contribuyente sin más (espero que los declarase al abogado como ingresos, y que de no hacerlo sea su problema).   2º Consultado, también con hacienda, los 22.000 € abonados como intereses legales, aunque estos fueron pagados en el ejercicio siguiente, como correspondían a ejercicios anteriores, después de hacer la declaración de ese año conforme a la situación del 31 de enero, en la que salió a devolver una cantidad, y al amparo de una disposición publicada a finales de mayo de ese año, se presento una complementaria fuera del plazo de presentación del IRPF junto con un formulario (no recuerdo ahora canal) que permitía hacerlo durante los tres meses siguientes a la entrada en vigor de la disposición. Todo el importe íntegro paso a engrosar en la declaración el capítulo de ganancias del ahorro lo que ocasiono, dada su cuantía, que el importe a devolver, y aun mas por la obligación de hacerlas individuales, el importe a pagar que aun descontado el de devolver de la normal salió, como supondrá un pico de los de no te menees.   Al poco tiempo, para eso muy rápidos ellos, carta certificada pidiendo intereses de la diferencia, recurso y petición anulada por haberse hecho conforme a esa disposición, aunque consultada hacienda no tenían claro si el caso concreto entraba en ella, pero vamos era de cajón, puesto si bien la disposición se refería a unos asuntos muy diferentes relacionados con las artes escenicas, con calzador estaba metido el tema para la regulación del entuerto de las preferentes. 3º Las pérdidas sufridas por las acciones, si se podían deducir, pero en este caso con un máximo del 10 % creo recordar, durante cuatro años, lo que hace muy difícil, por no decir imposible, hacerlo en su totalidad, cosas del la Ley del IRPF. En definitiva muchas sumas y pocas restas, palo por todos los lados y encima agradecidos. Como comprenderá esto, que para eso se toman su tiempo, están en estudio, o como se quiera decir todas las declaraciones del proceso pues aun pueden dar algún sustillo mas, como lo de los gastos ganados en sentencia de los que aparte de lo pagado como adelanto para tasas y procurador, no he vuelto a saber nada de nada porque al parecer es integro para el abogado, sin que el cliente tenga a derecho a saber, en mi caso, ni cuanto se ha reclamado como honorarios ni si esto ha sido o no abonado, espero que, contrario algunas informaciones, Hacienda lo tenga en cuenta y reclame lo que sea a quien se lo ha embolsado (ya, ya se que es pedir peras al olmo), porque yo por mi parte ya le he pagado, sus honorarios y esos nadie me los reconoce como perdidas a efectos del IRPF (7 % del principal mas IVA). Toda una aventura para un jubilado que lo único que desea es vivir lo más tranquilo posible con hacienda, mis semejantes y Dios, por este orden, aunque lo ideal fuese exactamente lo mismo pero en orden invertido. Espero lo entienda, porque yo he de reconocer, he tenido que hacer un esfuerzo de memoria (de lo que solo deseo olvidar), para poder responder lo más fiel a lo sucedido desde entonces.  
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estovapeor 08/04/17 14:15
Ha respondido al tema ¿Dónde se ponen las pérdidas en bolsa de años anteriores en la Renta 2016?
Tienes razon, pero haz la prueba la ponlo como he dicho en post anterior, despua veras que el resultado es igual y si miras en la casilla 396 a la que previamente, habras anulado la cantidad, observaras que ha vuelto a aparecer y en este caso tienes el remanete como he escrito en la 407 pero si solo lo pones en eñ despliegue de captura datos de la 396, aunque no se reflejara nada en la 396 ni en la 407. No se si sera fallo o que, pero ambas cantidades no se suman y a la vez estan en la 340, 341 y el despliegue de captura de la 396 si bien aparecera en su captura solo aparece lo del los apartado A y B.
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estovapeor 22/01/13 19:30
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Hola compañeros de sufrimiento: Hoy continuare con mis “apreciaciones” de situación económica en este “gran” país “magníficamente” gestionado por los “mejores” gestores. Perdonar si veo las cosas del color más apropiado para expresar mis “rarezas”, empleando un lenguaje poco docto, menos financiero pero entendible por los ciudadanos honrados (trabajadores, pensionistas, emprendedores, ahorradores, etc.) a quienes los “democráticos políticos de eficacia demostrada” y “gestores financieros de similar condición “ayudan” con la complicidad de que “Europa lo manda”,a estar tan “contentos”. El Estado ha colocado, a un interés muy “bajo” deuda a años vista, que bien verdad, debemos “felicitarnos” por ello. Como en otro post he comentado soy de pueblo y poco entiendo, pero como algo pienso, he pensado; ¿Qué pasará de haberse colocado entre las entidades financieras, intervenidas o no, a las que se las ha dado liquidez mediante fondos y más fondos y el límite de interés en los depósitos ya que no está nada bien que se “peleen” por (desprenderse de) ella otros inversores foráneos?. Como pienso “bien” y mi “optimismo” (por la experiencia que tengo) no tiene parangón, a lo gallego me he respondido con otra pregunta; ¿No será que las “garantías” ofrecidas para captar liquidez (incluido el Fondo de Garantía de Depósitos) sea precisamente los títulos (cromos) de la deuda adquirida?. Es muy probable que esas entidades financieras, “por ordenarlo Bruselas” tengan que sustituir los Euros que les confiemos, por títulos (cromos) adquiridos en las subastas de deuda de las variadas administracionesde de “países”, “naciones”, ”autonomías”, etc. (en eso estamos sobrados), con necesidad de muchos fondos para “administradores”. Me pondré al día, ¿alguien sabe, como cotizan los “Cromos” en los mercados Primarios, Secundarios, Terciarios y demás …..arios que puedan existir?. Conclusión, rápidamente poner los pocos ahorros de los que aun dispongo, a salvo de los “señores” del "cortijo". Saludos y mucha suerte a todos.
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estovapeor 21/01/13 16:40
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Hola compañeros de sufrimiento: Hace unos días en el post de mi presentación ante todos vosotros, ceje caer algunas ideas de lo que creo es más conveniente y único que podemos hacer sobre el tema que nos quita el sueño a mucha gente, las dichosa preferentes de Bankia y situación actual des sistema político–financiero español. Creo honestamente que nos están haciendo la p…. de nuevo los responsables de solucionar el timo de las preferentes, no hace falta ser profeta, solo hay que ver los movimientos diarios de la cotización de Bankia para darse cuenta que se está manteniendo, con auto-cartera, el precio de las acciones, acciones, que sin duda nos endosaran, a precio medio conseguido con esta maniobra, en el canje después de la quita “ordenada por Bruselas”, si “Bruselas” ordena muchas cosas, que según al colectivo que afecte se aplica con dureza extrema con propina incluida o se ignora, eso sí, que no intervengan que se nos acaba lo de conceder, a ya sabemos quienes, sueldos, sobresueldos, dietas, pleitesía de demás prebendas acordes con la “austera” vida que nos merecemos por el esfuerzo que hacemos, pues no en vano alguien destacado del muy influyente del colectivo dijo en su día, “aquí todos somos necesario, nadie sobra” (como no hay déspotas, chorizos, inútiles, vividores, metepatas, etc.), todos personas de gran “reputación” suficientemente demostrada. La situación actual, me recuerda un montón a la que existía cuando nos endosaron las Preferentes, habían llegado al acuerdo de no fomentar, por aquel entonces, los intereses de nuestros ahorros y nos ofrecían ridiculeces para llevarnos al redil que nos tenían preparado ante la falta de liquidez del sistema (suena de lago esto), nos lo vendieron como un producto alternativo con las mismas características que el plazo fijo con más interés y que se recuperaría inmediatamente y que a los cinco años en que la entidad lo asumiría devolviéndonos nuestra inversión (esto también suena verdad), no es necesario que relate la situación actual pues es sobradamente conocida (estamos muy “contentos”). Ahora el BdE, ha limitado los intereses de los depósitos (previa propuesta claro esta de los responsables financieros de este país y si no es así sin su interesada oposición), ante la falta de rendimiento de nuestros ahorros se inventaran cualquier cosa, como por ejemplo, esos magníficos fondos de interés fijo con capital asegurado (que en mi caso ya me han ofrecido). Como obligado, como la mayoría de nosotros, a hacer un curso intensivo básico de economía, “confiando” en que volvían por sus fueros los cantadores de coplas, esta vez pregunte solo por preguntar que soy de pueblo y mucho no entiendo, ¿En qué se va a invertir ese fondo para asegurar interés y capital?..., respuesta, mayoritariamente en diferentes productos de deuda del estado (Al asesor se le “olvido” informar, que el estado por interés general, puede suspender pago de intereses y/o someter a la inversión a una quita o reducirla a cero, un pequeño detalle sin importancia) y por supuesto dije que preparara los papeles que “mañana” volvía mientras hacia mentalmente la siguiente analogía; Fondo de interés fijo=Preferentes de interés fijo (mientras se engaña).- Capital garantizado, por solvencia del estado=Garantía de inversión por más que sobrada solvencia de la entidad que nos las coloco. Conclusión, tengo rápidamente que poner los pocos ahorros que aun me han quedado, lo mas legal (en nada me parezco a ellos) y lejos posible de los “Grandes” pensadores de este país. Saludos y mucha suerte a todos.
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