Yo no tengo cuenta en el CIC Iberbanco pero en el borrador también me han "recordado" que tengo una cuenta en el extranjero.
Creo que es debido simplemente a haberla declarado en el Modelo 720.
Saludos.
La presentación del modelo 720, «Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero», se realizará entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente a aquel al que se refiera la información a suministrar.
http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-954
Pregunta: Una vez se ha presentado la primera declaración del Modelo 720 correspondiente a un ejercicio ¿se debe volver a presentar cada año? ¿Respecto a qué información se debe volver a presentar?
Respuesta: Una vez presentada la declaración del Modelo 720 respecto de una o varias de las obligaciones de información contenidas en el mismo, solamente deberá volver a presentarse este Modelo, cuando en relación con una o varias de estas obligaciones se produzca un incremento del límite conjunto establecido para cada bloque de información superior a 20.000 euros respecto del que determinó la presentación de la última declaración.
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/_Configuracion_/_Acceda_directamente/_A_un_clic_/Modelos_y_formularios/Declaraciones/Todas_las_declaraciones/Resto_de_modelos/Resto_de_modelos/720/Preguntas_frecuentes/Preguntas_frecuentes__Modelo_720/Frecuencia_en_la_presentacion_de_la_declaracion.shtml
A ver,
"cuando el importe no supere el millón de euros la declaración solo se enviará al Banco de España a requerimiento expreso de este"
o sea, para transacciones o saldos inferiores a 1.000.000 €, sólo se debe presentar a requerimiento del Banco de España, si no os lo piden no debéis enviar nada.
En cambio, para importes (a 31 de diciembre o medios anuales) superiores a 60.000 € (sumando todas las propiedades o valores en el extranjero)sí se debe hacer la declaración Modelo 720 para la Agencia Tributaria (y mucho ojito que las sanciones son totalmente desproporcionadas).
Pongo aquí dos webs de este otro banco de Malta. Entiendo que captan pasivo para inversión y sus principales accionistas són fondos árabes (Kwait y Bahrain). Tiene una especie de "cuenta con disponibilidad" al 2% TAE y depósitos a plazo fijo(2,6% 3 meses 2,8% 1 año TAE). No hay gastos de ningún tipo. En la primera web está la información comercial orientada a extranjeros, parece fácil abrir cuenta. https://www.easisave.com/ http://www.fimbank.com/home En la segunda web están las cuentas desde 2001 hasta 2013. Cotiza en la bolsa maltesa (es muy ilíquida). La mala noticia es que en 2013 tuvo pérdidas, y por cierto abultadas. En 2012 tuvo beneficios. Tier 1 Capital Ratio de 11.44% Junio 2013 Rating: BB with a Stable Outlook (Fitch) Grado especulativo http://www.reuters.com/article/2014/02/06/fitch-affirms-fimbank-at-bb-outlook-stab-idUSFit69010920140206 http://en.wikipedia.org/wiki/Fimbank
Estoy de acuerdo con DavidR, incluso creo que es claramente ventajoso repartir el patrimonio en bancos de varios países (dos como mínimo) y evitar así acumular todos los riesgos en un mismo país.