Si tienes nuda propiedad podrías venderlo si encuentras quien acepte con el usufructo de quien se lo reservó al donarte la vivienda.Lo que podría generar una reacción de los donantes que, según cómo se hiciera la donación, podrían intentar revertirla.
¿Tú confiarías que el vendedor se hiciera cargo de registrar la compraventa a cambio de un descuento equivalente en el precio?Por eso cada cual se responsabiliza de registrar (y por tanto pagar) aquello que le conviene.
Tener menos deuda inicial es mejor que amortizar durante los primeros meses.La idea de no apurarse con la entrada es conservar liquidez para afrontar pagos sin ahogos por imprevistos.
¿Qué ventaja tiene aplazar la donación? Al revés, si por cualquier causa se retrasara o no acabara produciéndose tendrías un problema para culminar la operación.
A parte del lio registral, si tuviera obligación de contribuir de alguna manera, también tendría derecho a participar de la elección del prespuesto, aunque al ser una participación menor, vuestro criterio sería preponderante.
Lo que debe quedar claro en el contrato es que alquilas con consentimiento de tu hermana. Y con las condiciones que indicas. No sea que luego alguien te reclame el 70% de lo que ingreses por el alquiler o que has dispuesto de la propiedad unilateralmente sin consentimiento de la mayoría de la misma.
Si no se hace ”a beneficio de inventario" con la herencia se asumen bienes y deudas que se deben atender con patrimonio propio.Podrías consultar al propio registro de la propiedad a un notario si pretendes ahorrarte una consulta a un abogado particular.
No pueden forzarte a contratar ningún tipo de producto junto a la hipoteca. De todos modos avisando FEHACIENTEMENTE antes de un mes del vencimiento del seguro para el próximo año ya cumples con el preaviso legal y nada pueden reclamarte.Otro asunto es que te bonifiquen un poco el tipo de interés que te cobran si contratas con ellos.