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Pérdidas en CFD's 2014. ¿Lo que no pueda compensar este año, quedará para el año que viene?

21 respuestas
Pérdidas en CFD's 2014. ¿Lo que no pueda compensar este año, quedará para el año que viene?
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Pérdidas en CFD's 2014. ¿Lo que no pueda compensar este año, quedará para el año que viene?
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#1

Pérdidas en CFD's 2014. ¿Lo que no pueda compensar este año, quedará para el año que viene?

Estoy en pérdidas en CFD's durante este 2014.
No voy a poder compensar la totalidad, con las ganancias que tengo durante este 2014 con acciones de menos de un año.

¿Lo que quede "colgado" de pérdidas de este año en CFD's ¿lo podré compensar el año que viene?.

Ya que el 2015, no diferenciará entre menos de un año con más de un año.

Gracias y saludos

#2

Re: Pérdidas en CFD's 2014. ¿Lo que no pueda compensar este año, quedará para el año que viene?

Tendrás cuatro años para compensar las pérdidas pendientes y a partir del próximo año será más sencillo porque no habrá diferencia entre ganancias de hasta un año y más de un año.

Saludos.

#3

Re: Pérdidas en CFD's 2014. ¿Lo que no pueda compensar este año, quedará para el año que viene?

Como te dice Empty, aunque en 2015 y siguiente ya no se haga la distinción entre pérdidas a corto y a largo plazo, vas a poder compensar estas pérdidas pendientes durante 4 ejercicios, con la totalidad de ganancias patrimoniales generadas.

Un saludo,

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

#4

Re: Pérdidas en CFD's 2014. ¿Lo que no pueda compensar este año, quedará para el año que viene?

Gracias por vuestras respuestas.

Cuando dices "compensar estas pérdidas con la TOTALIDAD de las ganancias patrimoniales",
¿se incluirán los intereses de LOS DEPOSITOS?

Saludos

#5

Re: Pérdidas en CFD's 2014. ¿Lo que no pueda compensar este año, quedará para el año que viene?

Los intereses de depósitos, no son ganancias patrimoniales.

Son rendimientos de capital mobiliario.

Saludos.

#6

Re: Pérdidas en CFD's 2014. ¿Lo que no pueda compensar este año, quedará para el año que viene?

¿Se podrán compensar, a partir del 2015, los exedentes de pérdidas del año con los rendimientos de capital, con un límite del, creo, 25% de éstos?

¿Y las perdidas pendientes de compensar de 2011-12 que formaban parte del ahorro, o las de 2013 y 14 de menos de una año?

Ya ha salido la ley, pero como hace constante referencia a otros artículos me pierdo y no acabo de tenerlo claro.

#7

Re: Pérdidas en CFD's 2014. ¿Lo que no pueda compensar este año, quedará para el año que viene?

-Para alcanzar el 25%, tiene que pasar todavía un tiempo.

En el año 2015, el límite será del 10%.

En el año 2016, el límite será del 15%.

En el año 2017, el límite será del 20%.

En el año 2018, el límite será del 25$.

-Las pérdidas pendientes de años anteriores, las podrás compensar con ganancias independientemente del plazo en que se hayan originado.

Saludos.

#8

Re: Pérdidas en CFD's 2014. ¿Lo que no pueda compensar este año, quedará para el año que viene?

Hola. Tengo la siguente duda:
Me pueden decir que tratamiento fiscal reciben los CFD y si como en las acciones, si vendes con perdidas, no se puede comprar las mismas acciones en mas de 2 meses si se quieren contabilizar como perdidas.
Muchas gracias.

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