Tristan te diria que a pesar de tu ultimo comentrio "las clavao"...Ha explicado bien el tema...Hay que tener en cuenta de la solidaridad en cuanto a los deudores si son ams de uno y a los fiadores....En cuanto a la ejecución de las hiptoecas, hay varios procedimeintos , el judicial ordianrios, como hacias mención en tu articulo, el especial sumario y el extrajudicial...Normalmente se usa el especial sumario de ejecución contra deudas garantizadas con hipoteca sobre bienes inmuebles.... vease el Codigo Civil, rara vez el extrajudicial y casi nunca el ejecutivo ordinario,... lo se de "buena tinta", hago las inscirpciones de adjudicaciónes en un Registro de la Propiedad...La cantidad no recuperada del crédito, garantizado con la hipoteca, en la que debe incluirse como decias los intereses, de ambas clases, ordianrios y de demora, mas las costas, normalmente se reclaman, una vez terminado los dos procedcimientos especiales, pues una vez subastado los bienes hiptoecados y realizada la liqudiación de costas, y de la deuda... se sabe cuanto aun le "debemos" al banco, y este nos puede reclamar....Ah, puede ocurrir al reves, que exista sobrante en el remate, a lo cual priemramente tienen derecho los acreedores posteriores, si se han "presentado en el procedimiento", y si no los hubiera, el deudor, puede pedir que le den ese sobrante...Espero haber aclarado algo....