Ha respondido al tema Venta Inmueble: Reparto entre la madre y los dos hijos
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Buenos días;Tu madre constituye con la ganancia obtenida una renta vitalicia, por lo que estará exenta de tributación la ganancia patrimonial obtenida por la venta del inmueble."Quedan exentas de gravamen las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de elementos patrimoniales por contribuyentes mayores de 65 años, siempre que el importe total obtenido por la transmisión se destine a constituir una renta vitalicia asegurada a su favor" (máximo 240.000,- euros).En vez de realizar donaciones, vuestra madre os hace un préstamo a tipo de interés 0, por el importe que queráis. Formalizáis contrato privado de préstamo, liquidáis el ITP en la Comunidad Autónoma (exento ) y vais devolviendo parte del préstamo anualmente (según contrato) para evitar que el mismo pueda ser considerado como una donación.Cuando vuestra madre fallezca... el importe del préstamo se adicionará a la Base Imponible de ISD, pero la tributación por sucesiones tiene un menor gravamen que donaciones, generalmente.Saludos