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Banco Popular (POP) Seguimiento del valor

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Banco Popular (POP) Seguimiento del valor
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Banco Popular (POP) Seguimiento del valor
Página
481 / 699
#3841

Re: Banco Popular (POP) Seguimiento del valor

Interesante pregunta
Yo estoy igual

#3842

Re: Banco Popular (POP) Seguimiento del valor

Hola buenos días:

Yo también estoy igual... entre los dos que comentáis y esperando a ver las condiciones de la OCU que no las conozco (no sé si ya son públicas) Lo que creo será común para todos será el poder notarial.

Gracias y saludos.

#3843

Re: Banco Popular (POP) Seguimiento del valor

Pero por la informacion que he recibido de Ampopular, me parece que no es necesario el poder notarial si no que solo es NECESARIO  UNA HOJA DE ENCARGO PROFESIONAL, realmente desconozco cuales serian las diferencias, no me dedico a estos temas, por lo que en principio es mas comodo y sin tener que ir al notario.

Pero habra que decantarse por alguna plataforma.

#3844

Re: Banco Popular (POP) Seguimiento del valor

Hay que ir de cabeza a los de mayor autoridad en la responsabilidad de los hechos, cnmv, frob, bde, bce, jur, etc., por ahora los que más me convencen son duran duran y bernardo cremades, pero buscaré otros, a ver teseoconsulting..

#3845

VOZPOPULI :" Felix Revuelta no va por la via penal" o sea va por la via civil

http://www.vozpopuli.com/economia-y-finanzas/empresas/despachos-Banco-Popular-presionar-Santander_0_1039097438.html

Felix Revuelta se considera un SUSCRIPTOR DE LA AMPLIACION DE CAPITAL DE 2016 y va por la via civil contra banco popular, consejo de administracion de Angel Ron y Emilio Saracho  y auditor.

LOS COMPRADORES-VEASE ESPECULADORES BURSATILES pueden ir por la via civil penal  y contencioso administrativo.

Por la via contencioso es complicado pero va el especulador ANDRONICO LUKSIC y es una via lenta y muy dificil por las actuales leyes sobre resolucion de Bancos.

Por la via penal el bufete Ybancos&abogados presento querella el 8 de junio de 2017 en la audiencia nacional.

Por la via civil hay que pedir la nulidad del contrato por error o vicio en el consentimiento, y lo que se alegan son una sarta de mentiras, como que las cuentas eran falsas, pero no eran falsas sino supervisados por Banco de España y un auditor, LAS CUENTAS ESTABAN INFRAPROVISIONADAS y despues el comprador dio su dinero a un especulador SIN INTERVENCION DE GESTOR PERSONAL DEL BANCO POPULAR ESPAÑOL, vease productos bankia  se decia "mi gestor personal de Bankia me engaño, pido la nulidad" pero aqui son COMPRAS ESPECULATIVAS hechas por internet con riesgo 6  de 6 y el banco no ha cogido el dinero del comprador sino que el dinero ha ido a otro especulador vendedor.

La via civil si no se cumple condiciones claras para la nulidad esta perdida, porque los JUECES ya saben lo que es especular en bolsa, y en los juicios sale el HISTORIAL FINANCIERO DEL DEMANDANTE, ademas el caso POPULAR no es el caso BANKIA, sino es el caso BANCO MADRID, donde el banco mas solvente de España, BANCO MADRID e INTERDIN, fueron liquidados y ningun accionista y bonista ha conseguido indemnizacion alguna. 

#3846

Re: Banco Popular (POP) Seguimiento del valor

Creo que en todos los casos va a ser necesario un poder notarial.

El poder notarial es a favor de abogados y procuradores con nombres concretos, por lo que creo que no es un poder notarial común, sino que, si se va con un despacho de abogados, hay que hacer un poder notarial para los abogados y procuradores que indique ese despacho, y, si se va con otros abogados, el poder es diferente ya que es para otros abogados y procuradores diferentes.

Por tanto, para no tener que pedir tantos poderes notariales es mejor tener claro con qué despacho de abogados se va a pleitear para pedir el poder en favor de los abogados y procuradores que ese despacho de abogados indique.

En ampopular piden. (i)  una hoja de encargo profesional y (ii) un poder notarial a favor de ciertos abogados y procuradores cuyos nombres ellos indican.

#3847

En los juzgados se firman los APUD ACTA, en las notarias los poderes notariales

En el decanato de un juzgado se puede apoderar a un abogado o procurador de otro juzgado, ejemplo en el decanato de bilbao se puede apoderar a un procedimiento del juzgado de Sevilla. Coste cero euros

Otra opcion es el poder notarial en una notaria, suele ser muy amplio y suele ser pro forma y cuesta unos 25-40 euros.   Todo conforme al articulo 24 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

http://guiasjuridicas.wolterskluwer.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAMtMSbF1jTAAAUNTQ2NztbLUouLM_DxbIwMDCwNLIyOQQGZapUt-ckhlQaptWmJOcSoAqu2XljUAAAA=WKE

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